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Yopal estará sin motos la Navidad y el fin de año, toque de queda empezará a las 12 de la noche
La Alcaldía de Yopal dio a conocer el Decreto 303, mediante el cual se imparten las normas para la conservación del orden público ciudadano en el municipio de Yopal durante la época de Navidad y el fin de año, teniendo en cuenta la emergencia que se vive por efectos del Covid_19.
El mencionado Decreto contempla que en Yopal habrá toque de queda a partir del día 22 de diciembre hasta el 16 de enero, en el horario comprendido entre las 23:59 horas y las 5:00 horas del día siguiente.
De igual manera, queda prohibida la circulación de motocicletas en la franja horaria entre las 10:00 de la noche y las 05:00 de la mañana del día siguiente, los días 24, 25, 26 y 31 de diciembre de 2020; y los días 1, 6 y 7 de enero de 2021.
De acuerdo con la norma, quedan exceptuadas del toque de queda las personas que estén en ejercicio de las siguientes actividades: asistencia y prestación de servicios de salud; distribución de medicamentos y productos farmacéuticos; servicios de emergencia médicas y veterinarias; organismos de seguridad y socorro; servicios funerarios; operación – mantenimiento – almacenamiento – abastecimiento de la prestación de servicios públicos de internet y telefonía; distribución y comercialización de combustibles; servicios de vigilancia y seguridad privada
La fuerza pública hará cumplir lo dispuesto en el mencionado Decreto, para lo cual deberán realizar operativos de rigor en todo el municipio de Yopal.
Por último, la Administración Municipal le reitera a la comunidad el acatamiento de las normas para evitar multas. De igual modo, se hace un llamado al uso e implementación de los protocolos de bioseguridad, para controlar la propagación del Covid-19.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


