CASANARE
Tribunal Administrativo tumbó elección del Contralor Departamental por parte de la Asamblea de Casanare
Ahondando más la crisis por falta de institucionalidad en el departamento, el Tribunal Administrativo de Casanare anuló la elección del Contralor Departamental Antonio José Ortega Santos, que en su momento hiciera la Asamblea Departamental. A esto se suma la anulación de la elección de Personero de Yopal y la orden de captura contra el alcalde de Yopal, Jhon Jairo Torres, dentro del proceso por lavado de activos y enriquecimiento ilícito.
Como se recuerda, el último profesional cuya hoja de vida aparece radicada y escaneada en la lista de inscritos es quien resultó elegido como Contralor por parte de la Asamblea Departamental, por lo que los demandantes alegaban que no se inscribió a tiempo para el concurso de méritos.
El secretario de la Asamblea para la época de la convocatoria, José Félix Martínez, no supo explicar por qué no relacionó en la planilla de recepción de hojas de vida de aspirantes al cargo, la de Antonio José Ortega, que a la postre resultó elegido como Contralor Departamental, .
“Se recibió pero no se relacionó y nos dimos cuenta al final, por eso lo dejamos de últimas (sic). Cometí errores y los acepto”, dijo el entonces Secretario General de la Asamblea ante el Tribunal durante las audiencias.
El Tribunal ordenó compulsar copias a la Procuraduría General de la Nación y a la Fiscalía, para que investiguen dentro de sus competencias funcionales la actuación de cada uno de los Diputados que participó en la elección del Contralor Antonio José Ortega.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


