CASANARE
Toque de Queda hasta el 31 de octubre y Ley Seca este fin de semana en Yopal
El alcalde de Yopal Luis Eduardo Castro decretó Toque de Queda, como acción transitoria de Policía para la prevención del riesgo de contagio y propagación del covid-19 en la ciudad, ante el elevado incremento de casos de la enfermedad, los cuales el mandatario atribuye a la desobediencia ciudadana.
De acuerdo con el Decreto, el Toque de Queda irá entre las 10:00 pm y las 5:00 am del día siguiente, a partir del 8 de octubre de 2020 y hasta el 31 de octubre de la misma anualidad.
La noche anterior, se realizó control de seguridad en las calles de la ciudad, para verificar que los ciudadanos estuvieran cumpliendo con la medida de Toque de Queda.
Durante el recorrido se evidenció que los comerciantes, administradores y ciudadanos acataron la medida positivamente en la primera noche.
Decretan Ley Seca
De igual manera, la Administración Municipal decretó la Ley Seca o prohibición de la venta y consumo de bebidas embriagantes en toda la jurisdicción municipal, a partir de las 5:00 de la tarde de este viernes 09 de octubre de 2020, hasta las 6:00 de la mañana del próximo martes 13 de los corrientes.
Según el mandatario, las condiciones actuales de expansión del virus en la ciudad hacen que se tomen todas las medidas posibles para evitar su expansión, y por lo tanto se debe adoptar esta medida, teniendo en cuenta el juego de la Selección Colombia este viernes, y el puente festivo que se inicia.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Alcaldía de Yopal entregó 22 kilómetros de vías rurales rehabilitadas en La Porfía y La Arenosa
CASANARE
En Casanare, designados más de 7.500 jurados de votación para elecciones presidenciales
La Registraduría Nacional del Estado Civil informa que en el departamento de Casanare fueron designados un total de 7.548 jurados de votación para las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo, de los cuales 6.108 son principales y 1.440 son remanentes.
Los sorteos de los jurados de votación, que fueron previamente postulados por entidades públicas, empresas privadas, instituciones educativas y agrupaciones políticas, contaron con el acompañamiento de representantes de los entes de control, las organizaciones políticas, la Fuerza Pública, las autoridades locales, entre otras entidades.
Los ciudadanos pueden consultar si fueron designados como jurados de votación en la aplicación ‘aVotar’, la cual se puede descargar de manera gratuita en Google Play y App Store, y en la página web de la Registraduría Nacional, www.registraduria.gov.co, haciendo clic en el botón ‘Consulta jurado de votación’.
Además, allí se informará el lugar, la fecha y la hora de la capacitación. Es importante reiterar que prestar el servicio de jurado de votación es de carácter obligatorio y que quienes sin justa causa no asistan a desempeñar sus funciones o las abandonen podrán ser destituidos del cargo que desempeñan, en caso de ser servidores públicos, y quienes no lo sean deberán pagar una multa de hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado, el cual podrá hacerse efectivo dentro de los 45 días hábiles siguientes a la votación.


