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Toque de queda entre semana y prohibición de carros y motos los fines de semana en Yopal
La Alcaldía de Yopal dio a conocer el Decreto 143, mediante el cual adoptó nuevas medidas para la conservación del orden público, en virtud de la emergencia sanitaria por Covid_19.
En la medida se decretó toque de queda de lunes a jueves, de 7:00 pm a 5:00 am del día siguiente. Esta disposición estará vigente hasta las 5:00 am del jueves 15 de julio.
Los establecimientos y locales gastronómicos podrán operar hasta las 10:00 pm de lunes a jueves, siempre y cuando lo hagan a puerta cerrada, única y exclusivamente a través de domicilios.
Pico y Cédula
El Decreto contempla de igual manera la medida de Pico y Cédula para la realización de actividades en establecimientos de comercio en general, estableciéndose de acuerdo con el último dígito de la cédula, es decir, días pares con números pares, días impares con números impares. Esta medida estará vigente hasta el jueves 15 de julio.
Se contempla de igual manera, que el uso del tapabocas es de obligatorio cumplimiento, so pena a la imposición de sanciones contempladas en el Código Nacional de Policía.
Durante el fin de semana (viernes, sábado y domingo), podrán funcionar los establecimientos que ejerzan la comercialización y venta de bebidas alcohólicas (bares), desde las 10:00 am y hasta las 11:59 pm. Entre tanto, los clubes podrán funcionar durante el fin de semana, desde las 9:00 pm hasta las 2:00am del día siguiente.
Sin carro y sin moto
Por último, queda prohibida la circulación de toda clase de vehículos particulares y motocicletas durante los fines de semana (viernes, sábado y domingo), de 7pm hasta las 5am del día siguiente.
Esta medida estará vigente hasta el jueves 15 de julio de 2021.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


