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Supersalud interviene la EPS Sanitas por problemas financieros y vulneración de derechos de sus afiliados

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La Superintendencia Nacional de Salud realizó la intervención forzosa administrativa de la EPS Sanitas y ordenó la toma de posesión de sus bienes y negocios a nivel nacional.

La decisión se tomó luego de evidenciar el estado de su situación financiera, el incumplimiento del indicador patrimonial y el creciente número de quejas de sus usuarios, todo lo cual pone en riesgo la prestación de servicios a su población afiliada, estimada en 5,7 millones de personas.

“La EPS Sanitas no cumplía con los requisitos de habilitación financiera, principalmente frente al patrimonio adecuado y frente a las reservas técnicas de las que tanto se ha hablado”, destacó el superintendente nacional de Salud, Luis Carlos Leal, en una declaración ofrecida esta noche en la Casa de Nariño.

Leal señaló que la decisión se basa en múltiples razones analizadas al interior del Comité de Medidas de la Superintendencia, y afirmó que “las personas afiliadas a esta EPS no encontraban una adecuada satisfacción a sus derechos al interior de la misma”.

Por otra parte, indicó que las deudas que tenía esta EPS con los hospitales, clínicas y con todos los prestadores de servicios de salud se venían incrementando. Para diciembre del año pasado cerraron por encima de los 2 billones de pesos, “lo que claramente afecta a la prestación de servicios de salud”.

Mensaje de tranquilidad a usuarios

El funcionario dejó en claro que “esta decisión no afecta para nada a los afiliados de la EPS y que en ningún momento se va a dejar de prestar los servicios de salud y que los usuarios y los prestadores van a poder tener la garantía de que su funcionamiento va a continuar de una manera adecuada”. El superintendente advirtió que la decisión se tomó “con el ánimo de proteger el derecho fundamental a la salud de todas las personas”.

En ese sentido se pronunció el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo. “Aquí los servicios, tanto de la EPS como de la prepagada, se van a continuar prestando sin ningún inconveniente”, recalcó.

Y puntualizó: “Pueden tener la absoluta seguridad y la tranquilidad de que estaremos muy atentos para que ustedes, los ciudadanos que hoy están afiliados a esta EPS, puedan seguir contando con los servicios, con la atención, y podamos solucionar los problemas que hoy tiene la EPS”.

Se crea junta asesora para el agente interventor

El superintendente nacional de Salud, Luis Carlos Leal, reveló que hoy, con la intervención, fue relevado del cargo el representante legal, la junta directiva y la asamblea de accionistas de la EPS Sanitas.

“Se ha designado también un agente interventor que ha tenido intervenciones previas de manera exitosa y que viene de recuperar hospitales públicos que hoy están prestando un servicio de calidad a la población”, sostuvo.

Con la adopción de la medida, la Superintendencia designó como interventor a Duver Vargas para que adelante la toma de posesión de los bienes, haberes y negocios y lleve a cabo el proceso de intervención.

Leal indicó que “el objetivo que tiene la Superintendencia Nacional de Salud con esta intervención es tomar medidas adecuadas y oportunas para evitar que el colapso financiero al que iba la EPS afecte la prestación de servicios de salud para todas las personas”, así como de los afiliados a la prepagada.

Aseguró que el proceso de intervención se realizará con una vigilancia estricta y un acompañamiento por parte de la Superintendencia, que, además de nombrar un agente interventor, por primera vez se utiliza la herramienta que da “el Estatuto Orgánico Financiero, que nos permite la creación de una junta asesora para este agente interventor, donde están representados los cinco principales acreedores. Nos va a permitir hacer una comunicación entre las aseguradoras y los prestadores de servicios de salud”.

Obligados a salvar el sistema de salud

Sobre esta decisión, el presidente Gustavo Petro reaccionó en su cuenta de X: “El gobierno tiene la obligación de salvar el sistema de salud, y la vida de los colombianos. El actual sistema, como desde hace años se venía denunciando desde diferentes instancias de control administrativo, judicial y político, extrajo recursos públicos por decenas de billones de pesos que no se invirtieron de acuerdo a la ley y se perdieron, y debemos de actuar de acuerdo a la ley y la Constitución y con decisión”.

Contexto de la decisión

La resolución mediante la cual la Superintendencia Nacional de Salud ordenó, por el término de un año, la medida de intervención forzosa administrativa de la EPS Sanitas señala: “La información y las situaciones evidenciadas en el marco de las funciones de inspección, vigilancia y control realizada por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS Sanitas, permite establecer un incumplimiento reiterado de la ley y concretamente de aquellas normas que rigen el aseguramiento y la prestación de servicios de salud”.

Para la Supersalud es claro que esas situaciones e indicadores de la EPS “se ven directamente reflejadas en la vulneración de los derechos de los afiliados y en el incumplimiento de las funciones indelegables de aseguramiento”.

Con corte a diciembre de 2023, la Superintendencia evidenció el incumplimiento de los indicadores de patrimonio adecuado y del régimen de inversiones de reserva técnica.

Según la evaluación hecha por la Superintendencia, la EPS Sanitas ha faltado a la obligación de pago con la red prestadora y proveedora de servicios y tecnologías en salud, lo que ha incidido particularmente en las condiciones de garantía del derecho a la salud a su población afiliada.

A diciembre de 2023, las deudas de esta EPS con las IPS ascendían a 2,04 billones de pesos, poniendo en riesgo no solo la prestación del servicio a sus afiliados sino de todos aquellos usuarios de las redes acreedoras.

“Es una intervención forzosa para poder tomar el control administrativo y corregir algunos de los errores administrativos que venían y poder garantizar y proteger el servicio y la salud de todas las personas en todo el territorio nacional”, aseguró el superintendente Luis Carlos Leal.

Alarmante aumento de quejas y tutelas

Se constató, así mismo, una alarmante escalada en la cantidad de reclamaciones dirigidas a la EPS Sanitas durante el año 2023, con un total de 185.634 reclamos y una tasa de incidencia de 321,25 por cada 10.000 afiliados, cifra que supera significativamente el promedio nacional.

Para la Supersalud, este incremento notorio en las quejas no solo refleja una crisis en la capacidad de respuesta de la EPS frente a las necesidades de sus usuarios, sino que también evidencia una profunda brecha entre los servicios de salud prometidos y los efectivamente entregados.

Dicha disparidad, sumada a una falta crítica en el cumplimiento de un sistema de gestión de peticiones, quejas, reclamos, sugerencia y denuncias y de requerimientos judiciales, como tutelas e incidentes de desacato, pone en tela de juicio la eficacia y eficiencia de la EPS en su rol como proveedor de servicios de salud, al no lograr satisfacer las demandas esenciales de atención que son cruciales para el bienestar de sus afiliados, lo que a su vez sugiere una insostenibilidad operativa que compromete su misión fundamental.

Los principales motivos de reclamaciones resaltan deficiencias críticas en áreas fundamentales como la asignación y oportunidad de citas y consultas, entrega de tecnologías en salud y en la autorización y atención de otros servicios de salud.

Tales deficiencias son indicativas de una vulneración sistemática de los principios de continuidad, disponibilidad, accesibilidad y oportunidad en la prestación de servicios de salud, contraviniendo los estándares mínimos establecidos en la legislación vigente. Este escenario refleja una violación de los derechos básicos de los usuarios.

Fuente: Presidencia de la República

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La JEP no aceptó al exjefe jurídico de la Gobernación de Casanare en gobierno de Raúl Flórez

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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento presentada por Henry Villarraga Oliveros, exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura, al considerar que no cumplió con el requisito de aportar verdad plena, presentó argumentos exculpatorios y negó la existencia de patrones macrocriminales ampliamente demostrados en su contra.

Según la decisión de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, Villarraga omitió información clave que habría permitido esclarecer su presunto papel en el encubrimiento de graves crímenes del conflicto armado, particularmente en el caso del coronel (r) Robinson González del Río, investigado por ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”.

La JEP recordó que contra Villarraga cursan varios procesos penales y disciplinarios por, presuntamente, ofrecer asesoría ilegal al oficial retirado y comprometerse a influir para que uno de sus procesos fuera trasladado a la Justicia Penal Militar, buscando garantizar impunidad frente a crímenes de guerra y de lesa humanidad.

El tribunal especial concluyó que el exmagistrado incumplió las condiciones básicas exigidas para acceder a los beneficios del sistema transicional, pues su aporte se limitó a justificar sus actuaciones con argumentos jurídicos y a cuestionar el trabajo de la Fiscalía General de la Nación, alegando una supuesta “guerra jurídica” contra miembros de la fuerza pública.
Para la Sala, requerir nuevamente al solicitante para que hiciera un aporte de verdad sustancial representaría un desgaste injustificado del aparato judicial, más aún cuando Villarraga ha tenido múltiples oportunidades para hacerlo en los procesos que se adelantan en su contra.

El expediente fue remitido a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, donde cursa un proceso disciplinario en etapa de acusación y otro penal cuya apertura quedó sin efectos. La JEP, además, rechazó cualquier discurso estigmatizante o desobligante frente a las víctimas, la sociedad y las instituciones del Estado.

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Con proyecto de ley buscan declarar de alto riesgo la profesión de escolta

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El Senador José Vicente Carreño Castro radicó el Proyecto de Ley 135 de 2025 que reconoce y establece “a los agentes de protección o escoltas requeridos como una profesión y/u oficio de alto riesgo”, en la medida que este trabajo está en proteger a personas con la posibilidad de sufrir un atentado, por lo que deben prevenir y enfrentar este tipo de eventualidad, lo que de inmediato los convierte también en blanco de los agresores.

Carreño Castro reveló que “al establecer de alto riesgo esta profesión u oficio, los agentes de protección o escoltas quedan cobijados en las ´Pensiones especiales de vejez´, establecido en los Artículos 3 al 10 del Decreto 2090 de 2003, adicionando esta iniciativa legislativa una modificación al Artículo 8 –modificado a la vez por el Artículo 1 del Decreto 2655 de 2014- en el sentido de que este régimen especial de pensión, incluye a los trabajadores vinculados a esta actividad hasta el 31 de diciembre de 2034, y no solo hasta el 31 de diciembre de 2024, como lo establece el mencionado Decreto 2655”.

La iniciativa legislativa –que ahora pasa a la Comisión VII del Senado- le fija al SENA la tarea de estructurar “un pensum académico con ciclos de competencias laborales, técnico, tecnólogo y profesional en seguridad dirigido este personal, para lo cual podrá celebrar convenios con organismos gubernamentales y no gubernamentales”, con el fin de que este ejercicio no solo sea considerado un oficio, sino además como una nueva profesión con todos la validación constitucional y legal, como la plantea el mencionado proyecto de ley.

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Icetex abre convocatorias de créditos educativos para miembros y exmiembros de la Fuerza Pública

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Dos nuevas convocatorias de los fondos para personas que brindan o prestaron su servicio a la fuerza pública, abrieron su etapa de inscripciones. Estas oportunidades son la apertura de postulaciones de los fondos en administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 y Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019, que brindan crédito condonable del 90 % para estudios de educación superior.

Las convocatorias destinan su apoyo financiero a los nuevos beneficiarios/as a partir del primer semestre académico de 2026 y apoyará los estudios de educación superior de los colombianos/as seleccionados.

Cada fondo cubre hasta por 11 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) destinados a cubrir el valor de la matrícula ordinaria por cada período académico semestral a cursar. Los beneficiarios/as también recibirán apoyo de sostenimiento por un (1) SMMLV por período académico y gastos de derechos de grado, así como una prima de garantía que ampara riesgos en caso de muerte, invalidez física o mental del estudiante.

“Desde el Gobierno nacional y con la gestión administrativa y sostenible del ICETEX, seguimos impulsando oportunidades de educación que transforman vidas a quienes han hecho parte de la fuerza pública. Como nación y desde el sector institucional estamos honrando el servicio que han brindado al país para garantizar la seguridad y el bienestar de sus habitantes”, resaltó el presidente del ICETEX, Álvaro Urquijo.

Los dos programas y sus públicos objetivos son los siguientes:

1Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 – Ministerio de Defensa Nacional / ICETEX 

Financiado por MinDefensa y administrador por el ICETEX, este fondo está dirigido a pensionados/as por invalidez y/o su hijo menor de 25 años con cesión de beneficios. También está destinado a viudas/os, huérfanos/as o padres del miembro de la fuerza pública que haya fallecido o desaparecido en servicio activo, únicamente por acción directa del enemigo o en combate, ya sea en tareas de mantenimiento o restablecimiento del orden público, o en conflicto internacional. Los aspirantes deben pertenecer a estratos socioeconómicos 1, 2 o 3.

Estas personas deben estar cobijadas por el artículo 2 de la Ley 1699 de 2013, e los artículos 28 y 29 de la Ley 1979 de 2019.

Este Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 apoya los gastos para estudios de pregrado o educación para el trabajo y desarrollo humano en el país.

2. Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019 – Ministerio de Defensa Nacional / Ministerio de Educación Nacional / ICETEX 

Es financiado por MinDefensa y MinEducación y administrador por el ICETEX. Está dirigido a veteranos/as con asignación de retiro, pensionados por invalidez, reservistas de honor y víctimas en los términos del artículo 3 de la Ley 1448 de 2011, por hechos ocurridos en servicio activo y en razón en ocasión del mismo. También, está dirigido a viudas, huérfanos o padres del miembro de la fuerza pública que hayan fallecido o desaparecido en servicio activo, únicamente por acción directa del enemigo o en combate o en tareas de mantenimiento o restablecimiento del orden público o en conflicto internacional. También, los aspirantes deben pertenecer a estratos 1, 2 o 3.

Estas personas deben estar cobijadas por el artículo 2 de la Ley 1979 de 2019.

El Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019apoya los gastos para estudios de pregrado o posgrado.

Condiciones para la inscripción 

Los aspirantes a los dos fondos deben estar admitidos o matriculados en la institución de educación superior donde van a estudiar (y que sea reconocida por el Ministerio de Educación). Ellos deben haber presentado la prueba Saber 11 (en caso de aplicar para estudios de primer semestre académico) o haber aprobado el período académico anterior (en caso de aplicar para estudios de segundo semestre en adelante).

¿Cómo se obtiene la condonación? 

El beneficio de condonación es del 90 % del valor del crédito educativo y se otorga luego de que el beneficiario culmine con grado su programa financiado. La solicitud de condonación (con carta), así como la certificación o copia de diploma y de acta de grado (o su certificado equivalente en el caso de haber realizado un programa de educación para el trabajo y el desarrollo humano).

Conoce toda la información sobre estas convocatorias, sus requisitos y detalle de cada convocatoria en los siguientes enlaces (en los cuales también se deben hacer las correspondientes inscripciones):

Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 – Ministerio de Defensa Nacional / ICETEX: https://web.icetex.gov.co/es/-/administracion-del-ministerio-de-defensa-nacional

Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019 – Ministerio de Defensa Nacional / Ministerio de Educación Nacional / ICETEX: https://web.icetex.gov.co/es/-/fondo-de-fomento-de-la-educacion-superior-para-veteranos-del-ministerio-de-defensa-nacional-ministerio-de-educacion-nacional-icetex

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