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REGIÓN

Superfinanciera lanzó nueva alerta por captadora masiva de dinero en Boyacá

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La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) ordenó a John Emiro Rojas Cantor suspender de manera inmediata las actividades que constituyen captación masiva o recaudo no autorizado de dineros del público.

La medida, adoptada mediante la Resolución 0767 de este año, ordena también la devolución inmediata de los recursos captados de manera irregular y abstenerse de realizar operaciones de ese tipo utilizando cualquier modalidad, ya sea de manera directa o por medio de otras personas naturales o jurídicas.

«Esta Superintendencia pudo constatar que el señor John Emiro Rojas Cantor suscribió varios contratos denominados “Acuerdo de Pago” y “Asociación a Riesgo Compartido – Joint Venture”, mediante los cuales estableció un negocio jurídico a través del cual recibió recursos de terceros para la supuesta inversión en mercados bursátiles, bajo la promesa de devolución de los mismos en un tiempo determinado y del pago de un porcentaje de rentabilidad del 4 % mensual sobre el valor de la supuesta inversión», explicaron en la Superfinanciera.

Agregaron que, bajo estas modalidades contractuales, Rojas Cantor construyó una estructura de negocio mediante la cual captó de forma masiva y no autorizada un total de 1.277.414.094 pesos de por lo menos 54 personas, asumiendo obligaciones para devolverles el capital inicialmente entregado y unos rendimientos fijos, lo que supera ampliamente su patrimonio líquido.

La mayoría de los recursos fueron captados de habitantes de las ciudades de Sogamoso y Duitama, según dio a conocer la entidad del Estado.

La SFC remitió copia de la medida adoptada a la Superintendencia de Sociedades para la correspondiente intervención, a la Fiscalía General de la Nación con el fin de que se realicen las investigaciones en materia penal y a la Alcaldía de Duitama con el fin de generar mecanismos de prevención en la ciudadanía frente a estos esquemas defraudatorios, entre otros.

Las medidas adoptadas por la Superfinanciera

La SFC tomó las siguientes medidas mediante la Resolución 0767:

* Ordenar a John Emiro Rojas Cantor la suspensión inmediata de las actividades que constituyen captación o recaudo no autorizado de dineros del público, por las razones expuestas en la parte motiva de esta resolución, bajo el apremio de multas sucesivas de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en concordancia con lo establecido en el artículo 108 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

El alcance de la medida administrativa que se adopta contra Rojas Cantor es únicamente respecto de los recursos del público captados o recaudados masivamente en forma no autorizada.

La presente orden supone para sus destinatarios, la imposibilidad de realizar en adelante operaciones de captación o recaudo no autorizado de dineros del público, en forma masiva, usando cualquier modalidad, ya sea directamente o por medio de otras personas naturales o jurídicas.

* Ordenar a John Emiro Rojas Cantor realizar de manera inmediata la devolución de los recursos captados ilegalmente en el marco del respectivo proceso de intervención judicial, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 4334 del 2008.

* Ordenar la publicación de la parte resolutiva de este acto administrativo en un diario de circulación nacional, indicando que se trata de una operación de captación o recaudo no autorizado de dinero del público en forma masiva. Lo anterior, de acuerdo con lo previsto en el parágrafo 1º del numeral 1º del artículo 108 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

* Remitir a la Superintendencia de Sociedades una copia de la presente resolución y del expediente contentivo de la actuación administrativa adelantada frente a John Emiro Rojas Cantor para que dentro del ámbito de su competencia que le confiere el Decreto 4334 del 2008, adopte además de las medidas ordenadas en esta resolución, cualquiera de las señaladas en ese decreto y adelante el correspondiente proceso de intervención.

* Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo Superintendencia Financiera y en la página Web de esta última entidad.

* Remitir a la Fiscalía General de la Nación una copia de la presente resolución y del expediente contentivo de la actuación administrativa adelantada frente a John Emiro Rojas Cantor para efecto de las investigaciones propias de su competencia.

* Solicitar a la Superintendencia de Notariado y Registro su colaboración con el fin de instruir a todos los registradores de instrumentos públicos para que se abstengan de registrar cualquier acto o contrato que afecte el dominio de bienes de propiedad de John Emiro Rojas Cantor, salvo que dicho acto haya sido realizado por el agente interventor que designe la Superintendencia de Sociedades, autoridad que una vez asuma la actuación será la única competente para disponer de los respectivos activos.

* Solicitar al Ministerio de Transporte su colaboración con el fin de instruir a todas las Secretarías de Tránsito y Transporte del país para que se abstengan de registrar cualquier acto o contrato que afecte el dominio de bienes de propiedad de John Emiro Rojas Cantor, así como abstenerse de levantar dicha medida salvo que tal orden sea proferida por la Superintendencia de Sociedades o por el sgente interventor, quienes una vez asuman la actuación serán los únicos competentes para disponer de los respectivos activos.

Fuente: Boyacá 7 Días

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REGIÓN

Hacen un llamado a la prevención, ante primera temporada de lluvias del año 2025

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LLUVIAS

Corporinoquia formuló un llamado urgente a las entidades territoriales, a los actores locales y a los habitantes de la región, para que adopten medidas preventivas ante la llegada de la primera temporada de lluvias del año 2025.

Esta solicitud, se basa en los pronósticos climáticos más recientes emitidos por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), así como en informes técnicos de la Agencia Nacional Oceánica y Atmosférica de los Estados Unidos (NOAA) y el Instituto Internacional de Investigación para el Clima y la Sociedad (IRI). }

¿Qué está pasando con el clima?

Según los expertos, el fenómeno de La Niña sigue influyendo en las condiciones climáticas del Pacífico Tropical, lo que traerá lluvias por encima de lo normal en varias regiones de Colombia, incluida la Orinoquía.

Para abril del 2025, se espera un aumento de las precipitaciones entre el 10% y el 40%, en comparación con los promedios históricos, especialmente en Casanare y en otras zonas de la región. Este incremento, se mantendrá durante mayo y junio, meses clave de la temporada lluviosa.

Aunque las condiciones de La Niña están debilitándose y podrían dar paso a una fase neutral en los próximos meses, las lluvias intensas seguirán siendo un factor a tener en cuenta.

Por lo anterior, es fundamental actuar ahora para evitar o reducir los impactos que puedan generar inundaciones, crecientes súbitas, avenidas torrenciales o deslizamientos en nuestra región.

¿Qué riesgos enfrentamos en la Orinoquía?

La temporada de lluvias puede traer consigo eventos como:

  • Inundaciones: Tanto lentas, que afectan grandes áreas durante semanas o meses, como súbitas, que llegan rápido y con fuerza tras lluvias intensas.
  • Avenidas torrenciales: Flujos rápidos de agua y sedimentos en zonas de alta pendiente.
  • Deslizamientos: Movimientos de tierra en laderas, que pueden ser lentos o repentinos.
  • Vendavales y tormentas: Vientos fuertes, granizo o rayos que afectan viviendas y cultivos.

Estos fenómenos son naturales, pero sus efectos pueden ser mayores si no estamos preparados.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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REGIÓN

Mujer cabeza de hogar será compensada por predios abandonados ante amenazas de las Farc

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Una mujer cabeza de hogar y madre de ocho hijos será compensada tras años de sufrimiento a causa de la violencia. Esta historia, que se desarrolla en la inspección de Los Alpes, en  Medina (Cundinamarca), tuvo un final feliz gracias al acompañamiento brindado por la Unidad de Restitución de Tierras (URT).

Medina, un municipio conocido como la ‘Puerta al Llano’, ha sido escenario de dolor por la presencia de grupos armados, tal como lo padecieron esta mujer y su esposo, quienes adquirieron hace varios años dos predios con una extensión de más de 38 hectáreas. En ellos construyeron su hogar, con habitaciones, cocina y sala para vivir con sus hijos. También desarrollaron cultivos de café y maíz.

Pero su tragedia comenzó cuando el Frente 53 de las Farc hizo presencia en la zona y decidió convocar a los pobladores a reuniones para inventariar sus bienes. Además, grupos paramilitares conocidos como ‘Los Carranceros’ y ‘Los Buitragueños’ también sembraron el terror en la vereda.

El 4 de julio de 1998 marcó un antes y un después en la vida de esta familia: la pareja de esposos fue interceptada por miembros de las Farc mientras se dirigía a uno de sus predios. Aquel día fatídico, le dijeron al hombre que debía hacerles un mandado y se lo llevaron; desde entonces, su paradero permanece desconocido. Ante el temor y los rumores sobre la instalación de artefactos explosivos en la vivienda, la mujer huyó con sus ocho hijos hacia otra ciudad.

Tras años de dolor, llega la reparación integral

Con la entrada en vigor de la Ley 1448 de 2011, ella decidió acudir a la Unidad de Restitución de Tierras para que llevara su caso ante la justicia. Hoy, tras la decisión del Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Villavicencio, se ordenó la compensación por sus tierras dada su avanzada edad y el hecho de que ya no desea regresar a la vereda.

El director territorial Meta de la Unidad de Restitución de Tierras, Robert Gabriel Barreto Lara, informó que “la URT comprará un nuevo terreno donde la beneficiaria elija vivir. Además, la justicia impartió otras órdenes para garantizar su reparación integral mediante acceso a la oferta institucional del Estado”.

El juez también ordenó que los predios abandonados pasen a ser administrados por el Grupo Fondo de la Unidad de Restitución de Tierras y, además, solicitó a la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas (UBPD) investigar el caso del esposo.

“Nos llena de satisfacción informar sobre esta nueva sentencia de restitución, porque nos permite avanzar en la construcción de paz y justicia para las víctimas del conflicto amado en este territorio”, puntualizó Robert Gabriel Barreto.

Fuente: Comunicaciones URT

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REGIÓN

Tribunal Administrativo de Boyacá anuló en primera instancia la elección del Alcalde de Tunja

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En decisión de primera instancia, el Tribunal Administrativo de Boyacá declaró la nulidad de la elección de Mikhail Krasnov como alcalde de Tunja, al acoger la teoría de los demandantes, de que el político se encontraba inhabilitado para ser elegido.

El Tribunal consideró que solo hasta diciembre de 2022, Krasnov terminó un contrato con la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC), yendo en contravía de la norma que señala que los candidatos a  cargos de elección popular no pueden haber contratado con el Estado en los últimos 12 meses previos a la elección.
Así las cosas, el contrato se terminó 10 meses antes de las votaciones, que fueron en octubre de 2023, por lo que su renuncia a la Universidad estuvo por fuera de los tiempos establecidos.
Los demandantes tambipén argumentaban que Krasnov no podía ser elegido por tener la doble nacionalidad ruso -ucraniana y colombiana, pero el Tribunal negó esta argumentación al aclarar que para optar por el cargo no es necesario ser colombiano de nacimiento.
Por ahora, se espera que el mandatario apele la decisión ante el Consejo de Estado, que entraría a definir en segunda instancia la continuidad de Krasnov en la Alcaldía de Tunja.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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