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CASANARE

Segregación de los llanos de Casanare del departamento de Boyacá, 1973 – 1974

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La vida jurídico-administrativa de Casanare: históricamente los territorios que hoy corresponden al departamento de Casanare siempre se han llamado los llanos de Casanare desde los tiempos de la colonia y que en lengua Achagua significa rio de aguas turbias que en algunos momentos de la historia tanto pre independentista o después de la independencia abarcó más terrenos o en otros momentos una menor extensión geográfica.

Por: JUAN MANUEL NARANJO VARGAS – RELATOS DE JUAN MANUEL

De (1821 a 1831) la Provincia de los Llanos del Casanare se denominan Provincia Autónoma dentro del departamento grancolombiano de Boyacá.

De 1830 a 1831 la provincia se declara independiente con el nombre de Gobierno unido del Casanare, que luego de su fallida secesión pasó a formar parte de la República de la Nueva Granada.

De 1831 a 1857 Casanare permaneció como provincia neogranadina

De 1857 a 1863 fue integrada al Estado Soberano de Boyacá como una de sus provincias

De 1863 a 1867 pasa a ser administrada directamente por la nación con el nombre de Territorio del Casanare.

De 1867 a 1873 es declarado departamento

De 1873 a 1892 de nuevo pasa a formar parte de los Territorios Nacionales.

En 1892 se crea la Intendencia Nacional del Casanare con capital en Orocué

En 1905 se fusiona con la intendencia de San Martin

En 1907 vuelve a ser parte de Boyacá

En 1911 hace parte de la comisaria especial de Arauca

En 1912 vuelve a ser parte de Boyacá

En 1950 se crea la Comisaría Especial de Casanare

En 1953 se crea la jefatura militar hasta el 28 de noviembre de 1973

La historia no contada de quienes hicieron posible la segregación de los llanos de Casanare del departamento de Boyacá, la vida jurídico-administrativa desde la constitución de la república de Colombia ha tenido muchos ires y devenires

Este año se cumplen los 50 años de la aprobación por parte del Congreso de la República de Colombia, de la Ley 19 de 1973 que permitió la segregación de Casanare de Boyacá. Administrativamente la Intendencia de Casanare nace el 15 de mayo de 1974, para muchos de los casanareños es un dato irrelevante y desconocido.

Pero fue una ardua lucha política de quienes soñaban con ver a Casanare segregado de Boyacá y tener una vida político- administrativa propia sin depender del vecino departamento.

¿En quiénes recaía la responsabilidad política en su momento? (1970- 1973) en Carlos Hernández Vargas (Representante de Boyacá y Casanare) pero de origen casanareño; Getulio Vargas (Diputado de Boyacá) de origen casanareño y Eduardo Fonseca Galán (Representante a la Cámara por Boyacá y Casanare) ex líder de las guerrillas liberales del 48 al 53, en el caso de este último no le hacía mucha fuerza a la idea de separarse de Boyacá, porque parte de su fortín político estaba en Boyacá.

Dentro de los lideres que representaban el poder político en Casanare existía escepticismo frente a la idea de separarnos de Boyacá porque se sentían cómodos dentro de la política Boyacense o eran ya parte del poder político, pero otros lideres creían firmemente en la idea.

Pero era una tarea titánica no solo por las diferencias políticas internas sino porque el partido de gobierno era el Conservador y Casanare se reconocía como una tierra de liberales, por la cruenta guerra que le dieron a los gobiernos conservadores durante la guerra partidista, lograr esto fue una lucha silenciosa de soñadores y podría decir que es una de las gestas más importantes dentro de la vida administrativa del departamento, estos prohombres lograron lo imposible, que en una administración conservadora, se venciera políticamente a un departamento conservador en el Congreso y convencer a Doña Bertha Hernández de Ospina senadora conservadora y líder en el Congreso del Partido Conservador, quien sin su apoyo  y de la bancada de su colectividad jamás hubiésemos sido capaces de independizarnos de Boyacá.

Respaldo político refrendado por la Ley 19 del 28 de noviembre de 1973, donde se le devolvió la independencia jurídico-administrativa a los llanos de Casanare, ratificado mediante el Decreto Presidencial 881 del 14 de mayo de 1974.

Fue un premio a una vasta región de Colombia que tiene una importancia histórica en la gesta libertadora y cultural, y geográficamente nos separa la cordillera de Boyacá; fue justo con el pueblo de Casanare, el apoyo de Misael Pastrana que pasa a la historia de este departamento como uno de los grandes presidentes

La importancia de esta lucha permitió hacia futuro que los casanareños usufructuáramos las regalías petroleras que han sido el mayor motor de desarrollo, frente a muchos años de abandono por parte del gobierno central.

La Constitución del 91 nos transformó en departamento porque ya éramos Intendencia, otra historia hubiese sido sino no nos hubiésemos separado de Boyacá, estaríamos como el Urabá Antioqueño u otras regiones que hoy piden su independencia administrativa.

Los Prohombres

Luis Alberto Hernández Vargas líder político liberal e intelectual casanareño, nació en La Salina el 16 de mayo de 1916, abogado de profesión, y gestor de paz en el proceso de pacificación de los llanos con las guerrillas liberales de 1948 a 1953, también fue Secretario de Comisión en la Cámara de Representantes, ministro plenipotenciario ante las naciones unidas, representante a la cámara  por Boyacá  y Casanare quien se le da la autoría de del proyecto de ley de la creación de la intendencia.

Durante su ejercicio como representante presentó en muchas oportunidades el proyecto de separación de Casanare de Boyacá, presentando varias formulas o propuestas para dirimir las diferencias con la clase política de Boyacá, entre las propuestas que realizo se le propuso a Sogamoso ser capital de Casanare pero no aceptaron.

Fallece de manera prematura en 1969 a raíz de las lesiones causadas en el trágico accidente de inauguración del puente colgante de La Cabuya en Yopal, Casanare en 1964, y otras complicaciones de salud que padecía y luego de ser atendido en la Clínica San Pedro Claver en Bogotá, fue llevado a Estados Unidos para recibir atención médica, allí fue desahuciado, retornó a Colombia para vivir sus últimos días. Continua su gesta su hermano Carlos Hernández Vargas, médico de profesión, que siendo representante a la cámara lidera la lucha iniciada por su hermano.

En el proyecto de ley se establecieron los límites jurisdiccionales, los municipios que constituyen la nueva Intendencia y su capital, se mantuvo la dependencia de la administración de justicia del distrito judicial de Santa Rosa de Viterbo y para efectos de la jurisdicción de lo contencioso administrativo de Tunja.

¿Qué propuso Carlos Hernández Vargas para poder aprobar la ley?: que se mantuviera la circunscripción electoral de Casanare y Boyacá, algo que fue aceptado por la dirigencia de Tunja y quedó plasmado en el artículo 6 de la Ley 19 de 1973.

En el tránsito en el Congreso de la ley tuvo como ponente del proyecto en cámara, al conservador Cornelio Reyes y en el senado al conservador Jaime Serrano Rueda.

En los llanos de Casanare se conformó un comité de segregación de Casanare de Boyacá liderado por jóvenes que promovían el proyecto haciendo actividades de pregoneros y promotores, como Álvaro Riveros y Beto Barreto.

Lista de Intendentes:

·       Fabio Riveros Morales 20 de mayo de 1974 a 31 de agosto de 1974

·       Miguel Ángel Contreras 1 de septiembre de 1974 a 24 de julio de 1975

·       Edgar Solano Chaparro 25 de julio de 1975 a 13 de septiembre de 1976

·       Homero Abril Riaño 14 de septiembre de 1976 a 20 de agosto de 1977

·       Álvaro Bacca Barrera 21 de agosto de 1977 a 22 de abril de 1978

·       Alí de Jesús Dalel Barón 23 de abril de 1978 a 11 de marzo de 1979

·       Getulio Vargas Barón 12 de marzo de 1979 a 12 de marzo de 1981

·       Edilberto Pérez Suárez 13 de marzo de 1981 a 6 de abril de 1981 (e)

·       Oscar Celio Mora Vargas 7 de abril de 1981 a 31 de julio de 1982

·       Nelson Ossa Suárez 1 de agosto de 1982 a 18 de octubre de 1982 (e)

·       Luz Marina González Valcárcel 19 de octubre de 1982 a 10 de octubre de 1984

·       Antonio José Gómez Corredor 11 de octubre de 1984 a 24 de septiembre de 1986

·       Pedro Julio Flórez Hernández 25 de septiembre de 1986 a 12 de julio de 1988

·       Alicia Ramírez de Traslaviña 13 de julio de 1988 a 17 de agosto de 1988 (e)

·       Fabio Pinilla Castellanos 18 de agosto de 1988 a 30 de octubre de 1990

·       Jorge Prieto Riveros 31 de octubre de 1990 a 4 de julio de 1991

Hoy podemos decir que gracias a esta gesta de estos prohombres somos un departamento autónomo, e independiente con el periodo más largo de la historia de su vida jurídico-administrativa con una estabilidad territorial (1974- 2023) a partir de la creación de la Intendencia y posterior transformación en departamento de Casanare por la constitución de 1991.

Bibliografía

Barreto, B. (2023, febrero 17). Comunicaciones personales. Yopal, Casanare.

Congreso de la republica de Colombia . (1973, noviembre 28). Ley 19. Bogota.

Congreso de la republica de Colombia. (1991). Constitucion Politica de Colombia. Bogota.

E.Hernandez. (2023, marzo 10). Comunicaciones personales. Yopal,Casanare.

Gobernacion de Casanare. (marzo de 2023). Gobernacion de Casanare. Obtenido de Lista de Intendentes de Casanare: https://www.casanare.gov.co/Paginas/default.aspx

Republica deColombia. (1974, mayo 14). Decreto 881. Bogota.

Por: JUAN MANUEL NARANJO VARGAS – RELATOS DE JUAN MANUEL

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Con Acción Popular buscan definir si deudas con el IFC de hace cerca de 20 años son irrecuperables

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leonardo infante

El concejal de Yopal, Leonardo Infante, interpuso una acción popular con el objetivo de proteger el patrimonio público y la moralidad administrativa frente a los cobros que viene adelantando el Instituto Financiero de Casanare (IFC) sobre antiguas carteras crediticias. Según explicó, la iniciativa surge tras evidenciar inconsistencias entre decisiones de juzgados administrativos, que negaban mandamientos de pago, y juzgados civiles que sí los otorgaban, permitiendo embargos a ciudadanos por deudas que podrían estar prescritas.

Infante señaló que el IFC ha continuado con procesos de cobro, incluso mediante la modalidad de cobro coactivo, afectando a numerosos casanareños con embargos sobre cuentas, viviendas, vehículos y salarios, en algunos casos por valores superiores a las deudas originales. Además, advirtió que varias decisiones judiciales recientes han empezado a revertir estos procesos, ordenando levantar embargos, devolver recursos retenidos y condenar en costas al Instituto, es decir, que el IFC debe asumir los costos del abogado del demandante.

Que se haga claridad sobre las deudas

El cabildante también cuestionó el actuar jurídico del IFC, al asegurar que se estarían utilizando sentencias desactualizadas para sustentar cobros, pese a existir fallos posteriores que las contradicen. A su juicio, esta situación no solo genera incertidumbre jurídica, sino que podría derivar en un detrimento patrimonial para la entidad, teniendo en cuenta los costos de los procesos y eventuales demandas de los afectados.

Con la acción popular, el concejal busca que la justicia defina de fondo si estas deudas deben seguir siendo cobradas o si, por el contrario, deben ser consideradas irrecuperables. Asimismo, pretende que se establezca un criterio unificado que brinde claridad tanto a la administración departamental como a los ciudadanos, muchos de los cuales han accedido a acuerdos de pago o han sido objeto de medidas cautelares en medio de un panorama jurídico aún incierto.

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Delincuente herido tras fallido asalto a SuperGIROS en Yopal; Policía busca a su cómplice

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Un hombre herido por arma de fuego llegó al Hospital Central de Yopal (Antiguo Materno Infantil) tras ser abandonado por su cómplice, luego de un fallido intento de hurto registrado en pleno centro de la ciudad la noche del martes santo. Las autoridades confirmaron que el sujeto estaría implicado en el asalto frustrado a un punto de Supergiros ubicado en pleno centro de la ciudad, por lo que de inmediato se desplegó un operativo para ubicar al segundo responsable.

El hecho se presentó en la calle 10 con carreras 20 y 21, donde dos hombres que se movilizaban en motocicleta ingresaron al establecimiento aprovechando la lluvia que a esa hora caía sobre la ciudad. Según información preliminar, los individuos portaban armas traumáticas e intimidaron al personal con la intención de cometer el robo.

La rápida reacción del vigilante evitó el hurto. El guarda de seguridad accionó su arma de fuego e impactó a uno de los atacantes en una pierna, generando un intercambio de disparos en el lugar. Durante el enfrentamiento, uno de los delincuentes disparó contra el trabajador, quien recibió un impacto en el pecho, pero el proyectil, al parecer de goma, fue contenido por su chaleco de protección.

Tras lo ocurrido, los sospechosos huyeron sin lograr su objetivo, mientras la Policía adelanta las investigaciones para esclarecer los hechos y dar con el paradero del segundo implicado.

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Estos son los nuevos plazos para descuentos en pago del Impuesto Predial en Yopal

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En plenaria del Concejo Municipal fue aprobado el Proyecto de Acuerdo No. 005, una medida que amplía los plazos para que los contribuyentes de Yopal accedan a descuentos por pronto pago del impuesto predial, así como a la opción de pago por cuotas sin intereses.

La decisión representa un alivio para los ciudadanos, quienes ahora contarán con más tiempo para ponerse al día con sus obligaciones tributarias y aprovechar los incentivos económicos dispuestos por la alcaldía de Yopal, en cabeza del mandatario Marco Tulio Ruíz.

De acuerdo con lo aprobado, los predios no sujetos a los límites de la ley 44 de 1990 tendrán un descuento del 30% si realizan el pago antes del 31 de mayo de 2026 (este beneficio es aplicable únicamente para quienes cancelaron la vigencia 2025 en octubre del año anterior). posteriormente, podrán acceder a un 20% de descuento antes del 31 de julio y un 10% antes del 30 de septiembre de 2026.

Por su parte, los predios sujetos a los límites legales contarán con un 15% de descuento si pagan antes del 31 de mayo, un 10% antes del 31 de julio y un 5% si cancelan antes del 30 de septiembre del 2026. Además, el acuerdo contempla la ampliación de los plazos para el pago por cuotas sin intereses, una alternativa que busca facilitar el cumplimiento de esta obligación, especialmente para quienes requieren distribuir el valor del impuesto en varios periodos.

Desde la Administración Municipal se destacó que esta medida no solo brinda mayor flexibilidad a los contribuyentes, sino que también contribuye a fortalecer la cultura de pago y el recaudo de recursos que se destinan a la inversión social y al desarrollo de la ciudad.

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