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Secretaría de Educación de Yopal reitera que Colegios no pueden devolver estudiantes por falta de uniformes
Desde el año 2010 el Ministerio de Educación Nacional, definió que los establecimientos educativos, podrían incluir una regulación sobre la utilización de uniformes en el manual de convivencia de cada institución, previa aceptación de los padres de familia.
Adicionalmente el Ministerio señala que solo se podrá exigir un uniforme para el uso diario y otro para actividades de educación física, recreación y deporte. El no portarlo por condiciones económicas, no será causal para negar el cupo o la asistencia del estudiante al establecimiento educativo.
Cabe destacar que los establecimientos educativos, tienen prohibido exigir y por ende los padres de familia no están obligados a adquirir para los uniformes de sus hijos, prendas exclusivas o de marcas definidas.
Desde la Secretaría de Educación de Yopal, afirmaron que en el marco de garantizar los derechos fundamentales de los niñ@s y adolescentes, si el estudiante no porta el uniforme por la situación económica de su familia, no se puede permitir que el niñ@ o adolescente sea privado del derecho a la educación.
Por el hecho de que un estudiante no porte el uniforme para el uso de diario o el uniforme de actividades de educación física de una específica marca, no puede ser discriminado, porque esta actuación vulneraría los derechos fundamentales de los niñ@s y adolescentes.
Si por alguna razón, alguna persona conoce una situación particular en donde no se atienda estas instrucciones emanadas del Ministerio de Educación Nacional, la información se debe poner en conocimiento de la Secretaría de Educación de Yopal, para que el área de inspección y vigilancia atienda el requerimiento de manera inmediata.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Cinco muertos dejaron accidentes de tránsito en Yopal durante la Navidad
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Más de 35 años de cárcel para hombre que mató a su mamá por asfixia en Yopal
Luego de acoger las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, un juez de conocimiento condenó a Juan Manuel Sánchez López a 35 años y 10 meses de prisión, como responsable del delito de homicidio agravado.
Como se informara en su momento, el 18 de junio del 2023 en una vivienda de Torres de San Marcos en Yopal, Sánchez
López de 28 años, le causó la muerte a su mamá a través de asfixia mecánica.
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Uniformados de la Policía Nacional acudieron a la vivienda tras una alerta recibida por una agresión que se estaba presentando en el lugar, sin embargo, al llegar la víctima ya había fallecido.
El juez del caso condenó al agresor a la inhabilitación del ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 20 años, y la suspensión de todo tipo de mecanismo sustitutivo de la pena.
Esta decisión es de primera instancia y sobre ella proceden los recursos de ley.
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Casa por cárcel para auxiliar del INPEC sorprendido con estupefacientes en La Guafilla
La Fiscalía General de la Nación judicializó a Johan Merchán Jaimes, auxiliar del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), quien, al parecer, tenía en su poder estupefacientes, durante su guardia en la cárcel donde trabaja.
Un fiscal de la Seccional Casanare le imputó el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes. El procesado no aceptó los cargos.
Los hechos ocurrieron el pasado 11 de diciembre, cuando la guardia del Inpec capturó en flagrancia al auxiliar, después de que encontraron en su poder, al parecer, aproximadamente 3 kilos de marihuana y cocaína, además equipos de comunicación.
Un juez de control de garantías le impuso medida privativa de la libertad en su lugar de domicilio.


