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Se mantienen los controles de carga entre Villavicencio – Yopal, informó Covioriente
La Concesionaria Vial del Oriente -Covioriente- aclaró que la entrada en servicio del nuevo puente sobre el río Charte no modifica la restricción de carga máxima de 52 toneladas, existente para los 266 kilómetros del corredor vial Villavicencio – Yopal, que fue reglamentada mediante la resolución 7033 de 2016 expedida por el Ministerio de Transporte, independientemente de la configuración del vehículo.
En este sentido, informó que los pasos restringidos uno a uno en los puentes sobre los ríos Guacavía (Cumaral), Túa (Monterrey) y Unete (Aguazul) se mantendrán hasta que se construyan las nuevas estructuras vehiculares en estos sectores.
Por lo anterior, los vehículos que cuenten con resolución vigente del Mintransporte bajo los lineamientos de la resolución 4959 de 2006 para trasladar cargas extrapesadas y extradimensionadas, solo podrán circular entre Aguazul y Yopal, donde se cuenta con la nueva estructura vehicular en El Charte, dado que para el resto del corredor concesionado se mantiene la restricción mencionada según resolución 7033 de 2016.
De igual forma, se recuerda a los conductores y empresarios del sector transporte que, las dimensiones y pesos máximos permitidos para los vehículos de carga se encuentran reglamentados por la resolución 4100 de 2004 y rige para todo el territorio nacional.
Para controlar las cargas, de acuerdo con lo estipulado en la ley, es de obligatorio cumplimiento el pesaje en las básculas de la Concesionaria que se encuentran entre los municipios de Aguazul y Yopal para los vehículos pesados que transiten por esa zona; igualmente, se continúa requiriendo en diferentes puntos la certificación de peso con el fin de mantener la infraestructura existente y las condiciones de seguridad en la vía concesionada.
Covioriente invitó a sus usuarios a dar cumplimiento a las normas determinadas para su seguridad, respetar las indicaciones de los controladores viales y evitar sanciones por parte de las autoridades competentes.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


