CASANARE
Se mantienen los controles de carga entre Villavicencio – Yopal, informó Covioriente
La Concesionaria Vial del Oriente -Covioriente- aclaró que la entrada en servicio del nuevo puente sobre el río Charte no modifica la restricción de carga máxima de 52 toneladas, existente para los 266 kilómetros del corredor vial Villavicencio – Yopal, que fue reglamentada mediante la resolución 7033 de 2016 expedida por el Ministerio de Transporte, independientemente de la configuración del vehículo.
En este sentido, informó que los pasos restringidos uno a uno en los puentes sobre los ríos Guacavía (Cumaral), Túa (Monterrey) y Unete (Aguazul) se mantendrán hasta que se construyan las nuevas estructuras vehiculares en estos sectores.
Por lo anterior, los vehículos que cuenten con resolución vigente del Mintransporte bajo los lineamientos de la resolución 4959 de 2006 para trasladar cargas extrapesadas y extradimensionadas, solo podrán circular entre Aguazul y Yopal, donde se cuenta con la nueva estructura vehicular en El Charte, dado que para el resto del corredor concesionado se mantiene la restricción mencionada según resolución 7033 de 2016.
De igual forma, se recuerda a los conductores y empresarios del sector transporte que, las dimensiones y pesos máximos permitidos para los vehículos de carga se encuentran reglamentados por la resolución 4100 de 2004 y rige para todo el territorio nacional.
Para controlar las cargas, de acuerdo con lo estipulado en la ley, es de obligatorio cumplimiento el pesaje en las básculas de la Concesionaria que se encuentran entre los municipios de Aguazul y Yopal para los vehículos pesados que transiten por esa zona; igualmente, se continúa requiriendo en diferentes puntos la certificación de peso con el fin de mantener la infraestructura existente y las condiciones de seguridad en la vía concesionada.
Covioriente invitó a sus usuarios a dar cumplimiento a las normas determinadas para su seguridad, respetar las indicaciones de los controladores viales y evitar sanciones por parte de las autoridades competentes.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Diputados Mancipe y Henry Pérez “se dijeron cositas” por elección del nuevo Contralor de Casanare
El presidente de la Asamblea de Casanare, Henry Pérez Hernández, respondió a los cuestionamientos del anterior presidente de la corporación, Juan Fernando Mancipe, sobre los avances en el proceso de elección del Contralor Departamental, señalando que al asumir la presidencia se identificaron inconsistencias que ponían en riesgo la seguridad jurídica de la convocatoria.
El cabildante explicó que, tras la revisión, la Mesa Directiva decidió revocar la convocatoria, aunque el contrato suscrito con la Universidad Distrital por Mancipe durante su presidencia se mantiene vigente. No obstante, indicó que, en su calidad de supervisor, solicitó a la institución una terminación anticipada bilateral debido a las situaciones detectadas que podrían comprometer la legalidad del proceso.
Piden intervención de la Procuraduría
El presidente de la Asamblea también informó que, actuando con diligencia, se radicó ante la Procuraduría General de la Nación una solicitud de conciliación extrajudicial, trámite necesario al tratarse de entidades públicas. Asimismo, advirtió que se evalúan posibles acciones por presuntas irregularidades como prevaricato, celebración de contratos sin el lleno de requisitos y eventual adulteración de firmas.
Pérez Hernández aseguró que la corporación ha actuado conforme al debido proceso y confía en que las autoridades competentes resuelvan la situación en los tiempos establecidos. Añadió que, una vez superados los trámites legales, se podrá avanzar en una nueva convocatoria que permita garantizar la elección del Contralor Departamental con plena seguridad jurídica.
Mancipe se defiende
CASANARE
Yopal asegura $15.000 millones tras fallo a favor en disputa con Asobancaria, por tarifa del ICA para los bancos
La Alcaldía de Yopal ha logrado un importante triunfo jurídico en su prolongada disputa con Asobancaria por el cobro del impuesto de industria y comercio (ICA).
Esta decisión, ratificada por la Corte Constitucional, reafirma la facultad del municipio para aplicar una tarifa del 20 x 1.000 a las entidades financieras que operan en la ciudad.
El fallo no solo garantiza ingresos anuales cercanos a los 15.000 millones de pesos, que serán vitales para financiar inversiones en infraestructura vial, vivienda y educación, sino que también establece un precedente jurídico de alcance nacional. Otras capitales del país podrán ahora referenciarse en esta decisión, fortaleciendo su autonomía fiscal.
La Administración Municipal destacó el arduo trabajo de su equipo legal, subrayando la defensa de los intereses de Yopal frente a una de las organizaciones más poderosas del país. En adelante, las entidades financieras deberán acatar las disposiciones del Estatuto de Rentas vigente.
El caso se originó cuando Asobancaria demandó el artículo 18 del Acuerdo 022 de 2021, argumentando que la tarifa máxima debía ser del 14 x 1.000. Sin embargo, las autoridades judiciales reconocieron la autonomía tributaria de Yopal para fijar tarifas dentro del rango permitido por la ley, que para ciudades capitales puede llegar hasta el 30 x 1.000 si se justifica ante el Concejo Municipal.
CASANARE
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