CASANARE
Se mantienen los controles de carga entre Villavicencio – Yopal, informó Covioriente
La Concesionaria Vial del Oriente -Covioriente- aclaró que la entrada en servicio del nuevo puente sobre el río Charte no modifica la restricción de carga máxima de 52 toneladas, existente para los 266 kilómetros del corredor vial Villavicencio – Yopal, que fue reglamentada mediante la resolución 7033 de 2016 expedida por el Ministerio de Transporte, independientemente de la configuración del vehículo.
En este sentido, informó que los pasos restringidos uno a uno en los puentes sobre los ríos Guacavía (Cumaral), Túa (Monterrey) y Unete (Aguazul) se mantendrán hasta que se construyan las nuevas estructuras vehiculares en estos sectores.
Por lo anterior, los vehículos que cuenten con resolución vigente del Mintransporte bajo los lineamientos de la resolución 4959 de 2006 para trasladar cargas extrapesadas y extradimensionadas, solo podrán circular entre Aguazul y Yopal, donde se cuenta con la nueva estructura vehicular en El Charte, dado que para el resto del corredor concesionado se mantiene la restricción mencionada según resolución 7033 de 2016.
De igual forma, se recuerda a los conductores y empresarios del sector transporte que, las dimensiones y pesos máximos permitidos para los vehículos de carga se encuentran reglamentados por la resolución 4100 de 2004 y rige para todo el territorio nacional.
Para controlar las cargas, de acuerdo con lo estipulado en la ley, es de obligatorio cumplimiento el pesaje en las básculas de la Concesionaria que se encuentran entre los municipios de Aguazul y Yopal para los vehículos pesados que transiten por esa zona; igualmente, se continúa requiriendo en diferentes puntos la certificación de peso con el fin de mantener la infraestructura existente y las condiciones de seguridad en la vía concesionada.
Covioriente invitó a sus usuarios a dar cumplimiento a las normas determinadas para su seguridad, respetar las indicaciones de los controladores viales y evitar sanciones por parte de las autoridades competentes.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales
La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.
Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.
La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.
Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.
Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.
CASANARE
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