CASANARE
Por obra inconclusa condenan fiscalmente a exdirector de contratación de la Gobernación de Casanare
Por la no ejecución del contrato de Obra Pública 0332 de 2011, celebrado para la construcción de restaurante escolar y aulas de la institución educativa de la Turúa en el municipio de Aguazul, la Contraloría General de la República profirió fallo con responsabilidad fiscal en cuantía de $1.395 millones.
El organismo de control evidenció que la obra, financiada con recursos de regalías, se encontraba en deterioro y abandono sin prestar ningún servicio a la comunidad educativa, situación ocasionada por una mala planeación por parte del ente territorial, una indebida ejecución por parte del contratista y falta de seguimiento por la interventoría, pese al desembolso de los recursos a título de anticipo, los cuales no fueron amortizados.
La Gerencia Departamental Colegiada de la CGR en Casanare profirió fallo con responsabilidad fiscal, a título de culpa grave, en cuantía de mil trescientos noventa y cinco millones, cincuena y seis mil setecientos ochenta y dos pesos, con seis centavos M/CTE ($1.395.056.782.06), en forma solidaria, contra:
1. RODRIGO TADEO FLECHAS RAMÍREZ, en calidad de exdirector de contratación del Departamento de Casanare.
2. INGECOL S.A., integrante de la UNION TEMPORAL LATURUA 2011.
3. COOPERATIVA DE EGRESADOS DE LAUSCO Y PROFESIONALES DEL SUR DE COLOMBIA L.T.D.A. “CREER EN LO NUESTRO”.
Igualmente se declaró como tercero civilmente responsable a la ASEGURADORA LA EQUIDAD SEGUROS, en su calidad de garante.
El fallo fue confirmado en grado de consulta a través del Auto No. URF2-259 del 27 de febrero de 2023.
Fuente: Contraloría General de la República
CASANARE
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CASANARE
Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


