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Plan Nacional de Vacunación anti Covid tiene nuevos lineamientos

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Hay nuevos lineamientos contemplados dentro del Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19, los cuales han sido emitidos por el Ministerio de Salud y la Protección Social, mediante la resolución 1426 del año 2021.

De esta forma se encuentra distribuida la vacunación para los colombianos:

• Población de 18 años en adelante debe recibir las dosis de las casas farmacéuticas Janssen, AstraZeneca y Sinovac.

• Población de 12 a 17 años recibe Pfizer y moderna.

• Población de área rural y rural dispersa mayor de 18 años, debe recibir la vacuna Janssen.

• Las Gestantes deben recibir su inmunización con Pfizer.

Respecto a las interdosis se recomienda por el mayor beneficio, la aplicación de la segunda dosis de las vacunas Pfizer, moderna y AstraZeneca, a los 84 días de la aplicación de la primera dosis. Sin embargo, el usuario podrá optar por recibir la segunda dosis en el siguiente intervalo: para Pfizer entre 21 a 84 días y para Moderna y AstraZeneca entre 28 a 84 días.

Por su parte, los adultos mayores de 70 años recibirán una tercera dosis a partir de los 6 meses de haber completado el esquema primario.

La dosis de refuerzo podrá ser homóloga o heteróloga:

Primera Dosis

Segundas Dosis

Terceras dosis

Plataforma

ARNm (PfizerModerna)

ARNm (PfizerModerna)

ARNm (PfizerModerna)

Homóloga

Vector Viral (AstraZeneca – Janssen)

Vector Viral (AstraZeneca – Janssen)

ARNm (PfizerModerna)

Heteróloga

Vector Viral (AstraZeneca – Janssen)

Homóloga

Virus lnactivado (Sinovac)

Virus lnactivado (Sinovac)

ARNm (PfizerModerna)

Heteróloga

Virus lnactivado (Sinovac)

Homóloga

Homóloga: el término se refiere a la aplicación de vacuna de una misma casa farmacéutica o con ARN mensajero similar.

Heteróloga: dosis diferente a la aplicada en el esquema anterior.

¿Quién se debe aplicar el refuerzo?

Población en condición clínica específica podrá recibir su refuerzo a los 30 días después de completar el esquema de vacunación, dentro de estas se encuentran personas con: trasplante de corazón, trasplante de riñón, trasplante de páncreas, trasplante de pulmón, trasplante de intestino, trasplante de hígado, trasplante de médula ósea en los 2 años anteriores o que reciben tratamiento de inmunosupresión, leucemia o quimioterapia, mieloma en quimioterapia, linfoma en quimioterapia, síndrome mielodisplásico en quimioterapia.

Igualmente, pacientes con enfermedades autoinmunes como: artritis reumatoide, lupus eritematoso sistémico o esclerosis múltiple, población con trasplante de órgano sólido, población de trasplante de progenitores de hematopoyéticos, pacientes con neoplasia hematológica en quimioterapia activa y pacientes con inmunosupresión severa, como anti-CD 20.

El Dato: Las personas que asistan para aplicar la segunda dosis de la vacuna a un lugar diferente a aquel en el que recibieron su primera dosis, incluso si esta fue aplicada en otro país, podrán ser vacunadas y registradas, si el prestador cuenta con una vacuna del mismo laboratorio. Si la persona agendada no asiste a la cita asignada o por algún motivo no fue vacunada, el prestador de servicios de salud debe reagendar la cita, de acuerdo con la disponibilidad de la vacuna contra la COVID-19.

Fuente: Gobernación de Casanare

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Procuraduría formula cargos a exalcalde de Hato Corozal, por presunto incumplimiento del PAE

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dario Garcia Alcalde

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el exalcalde de Hato Corozal, Darío Yesid García Barray, por presunto incumplimiento en la prestación del servicio de alimentación escolar, en 2022.

Según la Procuraduría, al parecer, el Programa de Alimentación Escolar (PAE), que beneficia a los estudiantes de las instituciones educativas del área urbana del citado municipio, no se habría iniciado oportunamente y, en consecuencia, solo se prestó el servicio durante seis jornadas escolares del mes de octubre y 17 en noviembre, de ese año.

A juicio del ente disciplinario, el PAE, para las instituciones educativas urbanas de Hato Corozal, debió darse desde el primer día de inicio de clases, según las normas generales establecidas y, al parecer, solo se habría cumplido en la parte final del año.

La Procuraduría Regional de Instrucción de Casanare calificó provisionalmente la aparente conducta como falta grave a título de culpa gravísima.

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Desde Casanare y Bogotá evadieron impuestos por $155.000 millones con empresas de papel

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La Fiscalía General de la Nación judicializó a seis personas señaladas de crear y administrar una red de 185 sociedades de papel con las que empresas del sector real se apropiaron ilegalmente del impuesto a las ventas y redujeron la base gravable del impuesto de renta, causando un perjuicio al Estado que podría superar los $155.000 millones de pesos.

Según la investigación, los procesados figuraban como socios o representantes legales de compañías de fachada que no contaban con capacidad económica, logística ni operativa. Entre 2012 y 2022 habrían simulado operaciones comerciales millonarias para respaldar maniobras fraudulentas, utilizando diversos objetos sociales sin actividad real.

De acuerdo con la Fiscalía, los procesados habrían cobrado entre el 1% y el 5% del monto total de lo facturado irregularmente. Ninguno de las empresas vinculadas tiene proveedores nacionales ni son importadores, por lo que no tendrían nada que vender.

Con apoyo del CTI, la Fiscalía estableció que a través de estas sociedades se reportaron operaciones inexistentes por más de $843.164 millones de pesos. Entre los judicializados están Jairo Bernal Manrique, Jaime Javier Sánchez Sánchez, Nidia Pineda Villamil, Fany Rodríguez Corrales, Edgardo Lozano Hastamorir y Jeik Donovan Yepes Albarracín, quienes habrían asumido roles de coordinación financiera, intermediación y representación legal.

Los implicados fueron capturados en diligencias de registro y allanamiento en Bogotá y Casanare, y les fueron imputados los delitos de concierto para delinquir con fines de enriquecimiento ilícito, enriquecimiento ilícito de particulares en favor de terceros y lavado de activos. Un juez de control de garantías impuso medidas privativas de la libertad —cinco domiciliarias y una en centro carcelario— y ordenó la suspensión de la personería jurídica de 162 empresas vinculadas.

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Yopal fortalece procesos de resocialización, se donaron elementos de aseo, alimentos y ropa

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La Secretaría de Desarrollo Social de Yopal, a través del programa habitante de calle y con el apoyo de la gestora social Paula Ruíz, impulsó la estrategia “diciembre es amor, y en familia es mejor”. Se realizó una jornada de donación de elementos de aseo, alimentos no perecederos y ropa, destinada a usuarios de la Fundación Caminos de Vida que adelantan procesos de desintoxicación y resocialización.

Esta iniciativa busca fortalecer las acciones humanitarias y el acompañamiento integral a quienes transitan procesos de recuperación del consumo de sustancias psicoactivas y habitabilidad en calles. La Administración Municipal reafirma su compromiso de brindar herramientas para reconstruir proyectos de vida, ofrecer segundas oportunidades y transmitir un mensaje de esperanza y solidaridad.

Durante la jornada, diversas entidades y personas, incluyendo ciudadanos, empresas, comerciantes y funcionarios públicos, aportaron insumos esenciales. Estas donaciones son clave para mejorar las condiciones de bienestar de los beneficiarios y contribuir a su permanencia en el proceso terapéutico.

La Secretaria de Desarrollo Social, Marcela Hernández Forero, enfatizó la relevancia de sumar esfuerzos interinstitucionales y comunitarios para dignificar la vida de quienes enfrentan desafíos. “Estas donaciones representan más que elementos materiales; son un mensaje de esperanza para quienes están dando pasos valientes hacia su recuperación”, expresó.

Finalmente, la administración municipal hizo una invitación a toda la ciudadanía, empresas y organizaciones a unirse a estas acciones solidarias. El objetivo es claro: transformar vidas y generar oportunidades reales para que las personas puedan reinsertarse positivamente en la sociedad de Yopal.

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