CASANARE
Prohíben actividades petroleras en zona arqueológica y cultural de Támara
El Tribunal Administrativo de Casanare prohibió la realización de cualquier actividad material de exploración y explotación de hidrocarburos en la zona arqueológica y cultural del municipio de Támara, al resolver una medida cautelar solicitada dentro de una Acción Popular promovida por el ciudadano Luis Arturo Ramírez Roa.
Dentro de esa jurisdicción se encuentra el proyecto Niscota Nueva, el cual es operado por Equión Energía Limited y el cual se ejecuta en los municipios de Yopal, Támara, Nunchía y Paz de Ariporo (Casanare) y Paya (Boyacá).
Según la Procuraduría dentro del proceso, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA- concedió Licencia Ambiental al proyecto sin tener en cuenta Ordenanzas y Acuerdos asumidos por la Asamblea Departamental de Casanare y los Concejos Municipales de Támara (Casanare) y Paya (Boyacá), que establecían restricciones a la exploración, explotación y desarrollo de proyectos de hidrocarburos en algunos puntos de su geografía, dada la fragilidad del ecosistema existente y la vulnerabilidad del medio ambiente.
Agrega en su intervención la Procuraduría, que ANLA a pesar de estar obligada a aplicar el principio de precaución establecido en el numeral 6 del artículo 1° de la Ley 99 de 1993, inexplicablemente no lo hizo “lo cual es inadmisible”. Deduce la Procuraduría, que ANLA al conceder la Licencia Ambiental violó los actos administrativos mencionados y los principios aludidos.
Las petroleras involucradas en el proyecto solicitaron al Tribunal Administrativo de Casanare negar las medidas cautelares, señalando que “hay temeridad y mala fe de parte del accionante”, quien solicitó tales medidas “utilizando falsas afirmaciones, especulaciones y conjeturas subjetivas, sin fundamento técnico alguno y sin allegar prueba que demuestre la afectación, amenaza o peligro inminente de los derechos colectivos invocados”.
Precisan además que se hicieron todos los estudios técnicos ambientales antes de acceder a la Licencia Ambiental, además que no desconocen que existen dentro del proyecto áreas establecidas como reservadas, excluidad y/o protegidas. Agregaron también, que pese a tener la Licencia Ambiental Equión no ha ejecutado ninguna actividad de perforación exploratoria en el área asociada al proyecto, y antes de hacerlo deberá presentar el Plan de Manejo Ambiental específico para el proyecto.
Consideró el Tribunal Administrativo de Casanare, que sobre las demás zonas protegidas a través de Ordenanzas y Acuerdos Municipales, a excepción de la zona arqueológica y cultural del municipio, por ahora no hay elementos de juicio que permitan establecer su afectación, por lo que, por ahora, la protección y exclusión se hará solo sobre éstas áreas, es decir, la zona arqueológica y cultural.
Así las cosas, se prohibió la realización de cualquier actividad material de exploración y explotación de hidrocarburos pero solo en la zona arqueológica y cultural del municipio de Támara, hasta tanto se tenga claridad sobre la no afectación de la misma a causa de la ejecución del Contrato ya mencionado.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales
La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.
Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.
La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.
Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.
Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.
CASANARE
Discusión en una tienda terminó en homicidio en Tauramena, homicida está identificado
CASANARE
Condenado a más de 30 años de cárcel por feminicidio de su compañera sentimental en Yopal
-
CASANARE12 horas agoDiscusión en una tienda terminó en homicidio en Tauramena, homicida está identificado
-
CASANARE12 horas agoCondenado a más de 30 años de cárcel por feminicidio de su compañera sentimental en Yopal
-
CASANARE13 horas agoEn Boyacá, fingía vender minutos para perfilar víctimas y asesinarlas, integraba las Autodefensas de Casanare
-
REGIÓN13 horas agoJudicializada familia señalada de estafar a 45 personas con falsas promesas de vivienda en Duitama
-
CASANARE13 horas agoCaen presuntos extorsionistas en Aguazul: exigían $20 millones a su víctima
-
CASANARE8 horas agoSecretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales


