CASANARE
Renunció el Personero Municipal de Monterrey, para aspirar a la Alcaldía
El Personero de Monterrey, Óscar Eduardo Morales Romero, renunció a su cargo para ser precandidato a la Alcaldía de esa localidad, renuncia que se hará efectiva a partir del 24 de los corrientes, como reza en la misiva dirigida al Concejo Municipal.
Morales Romero fungió como Personero Municipal de Monterrey durante 2 años y 7 meses, y aunque en su carta de renuncia se aducen motivos “personales y profesionales”, El Diario del Llano conoció de buena fuente que la dimisión del cargo obedece a su intención de ser precandidato a la Alcaldía de esa localidad, por tanto renuncia un año antes de las elecciones para no inhabilitarse.
“Desarrollamos un trabajo muy cercano a las comunidades, cumpliendo a cabalidad el mandato constitucional y legal de defender los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, el derecho a las víctimas del conflicto armado”, reza la misiva dirigida al Concejo Municipal, donde notifica a los cabildantes de su decisión.
Óscar Eduardo Morales Romero es abogado egresado mediante beca de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Pamplona. Actualmente adelanta una Especialización en Gerencia Social con la Escuela Superior de Administración Pública, es nacido en Monterrey hace 35 años y el cuarto de seis hermanos. A partir del 25 de octubre será precandidato a la Alcaldía de Monterrey.
El Concejo de Monterrey deberá hacer la elección de un nuevo Personero Municipal para reemplazar al saliente representante del Ministerio Público.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Capturados por homicidios presentados en Villanueva, pretendían adueñarse del microtráfico
CASANARE
Yopal blinda la seguridad: sin barras visitantes y con estrictos controles para partido de alto riesgo
CASANARE
Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


