CASANARE
Personas no afiliadas al sistema de salud pueden vincularse a Capresoca
Capresoca EPS invita a las personas que no estén afiliadas a ningún sistema de salud, a que se vinculen a la entidad a través del régimen subsidiado, para que en caso de necesitar algún servicio de salud lo pueda recibir.
El proceso lo pueden hacer en las oficinas ubicadas en cada municipio del departamento o en la sede principal de Yopal, también lo pueden hacer de manera virtual descargando el formulario de afiliación de la página web www.capresoca-casanare.gov.co y lo puede enviar mediante el siguiente correo electrónico aseguramiento.covid19@gmail.com o se puede comunicar a través del celular 310 680 5416.
Una de las principales ventajas de afiliarse a Capresoca, es que es la única EPS en Casanare con presencia en los 19 municipios, donde usted podrá solicitar sus servicios cerca de su casa. Capresoca realiza movilidad entre Régimen Subsidiado y Contributivo, sin que exista interrupción en la prestación del servicio, además garantiza portabilidad en caso de cambiar de sitio de residencia.
Otra ventaja de afiliarse a Capresoca, es que brinda el mejor servicio a sus afiliados y cuenta con una amplia red de servicios de salud contratada, que los atenderán desde el primer día en baja, mediana o alta complejidad de acuerdo a su necesidad.
Los requisitos son sencillos, solo debe anexar copia de registro civil de 0 a 6 años, copia de tarjeta de identidad de 7 a 17 años, mayores de 18 años cédula de ciudadanía, debe estar en el nivel 1 o 2 del SISBEN, o pertenecer a un grupo de población especial, para el caso de migrantes deben tener el PEP (Permiso Especial de Permanencia).
Fuente: Capresoca EPS
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


