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Palmicultores afrontan sobrecostos por cierre de la vía al Llano

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Según Fedepalma, ascienden a $7.200 millones por mes

En medio del difícil panorama económico que representa el cierre de la vía al Llano para la agroindustria de la palma de aceite, los sobrecostos que enfrenta el sector palmero agudizan más la situación, ya que estos oscilan entre $4.800 y 7.200 millones al mes, aseguró Jens Mesa Dishington, Presidente Ejecutivo de Fedepalma.

Indicó que estos montos se explican teniendo en cuenta que los sobrecostos en los fletes fluctúan entre $80.000 y $120.000 por tonelada dependiendo de la subzona de producción donde esté ubicada la planta de beneficio de fruto de palma de aceite.

“Es decir que los tiempos de entrega del aceite de palma de los Llanos orientales a Bogotá que estaban en alrededor de 6 horas, se han triplicado y actualmente son de 18 horas, afectándose la rotación de vehículos de carga y siendo necesario un mayor número de los mismos para transportar dichos aceites, por lo cual la calidad y la oportunidad en la entrega del producto a los clientes, se está viendo seriamente comprometida”, expuso el dirigente gremial.

Manifestó que la palma de aceite es el primer renglón agrícola en área sembrada del departamento del Meta y el segundo del Casanare, toda vez que la agroindustria palmicultora contribuye con 35 % y 25 % del PIB agropecuario de los departamentos de Meta y Casanare, respectivamente.

En efecto, los Llanos orientales representan 40 % de la producción de aceites de palma del país y produjeron alrededor de 670.000 y 45.000 toneladas de aceites de palma y palmiste en 2018, las cuales se destinan para el mercado local y de exportación, señaló Mesa Dishington.

El promedio mensual del volumen de aceites de palma y palmiste comercializado de los Llanos orientales es de cerca de 56.000  y 3.750 toneladas, respectivamente, que corresponde a alrededor de $125.000 millones y equivale a cerca de 1.870 viajes mensuales.
Capacidad de almacenamiento y propuesta del gremio de vías alternas

En lo que respecta a la capacidad de almacenamiento de aceite de palma en la zona oriental, cabe decir que es de 64.644 toneladas y los inventarios físicos en tanques son de 12.000 toneladas aproximadamente, lo que implica que se está usando actualmente 18,5 % de la capacidad.

Jens Mesa Dishington subrayó que la vía alterna Aguazul-Pajarito-Aquitania-Sogamoso tiene tráfico interrumpido y se requiere mayor fluidez para disminuir tiempos de espera de los carrotanques, así como inversiones que verdaderamente permitan el uso alterno de esta vía en situaciones como la actual.

“Igualmente hay preocupación con el estado del puente de Guacavía entre los municipios de Cumaral y Paretebueno por el tránsito que está teniendo que soportar en la coyuntura”, dijo el vocero del gremio de los palmicultores.

Mesa Dishington terminó señalando que complementario a la vía Aguazul-Pajarito-Aquitania-Sogamoso, que conectaría el centro del país con Villavicencio, es necesario considerar alternativas para la conectividad al interior de los Llanos orientales.

“En este sentido, la vía Puerto Gaitán – La Pollata – Maní – Aguazul se convierte en una necesidad para permitir que la producción del Casanare no tenga que desviarse por Cabuyaro – Villanueva. Esta vía, que actualmente se encuentra pavimentada entre Maní y Aguazul, no solo sería una alternativa frente a los cierres de la vía al Llano, sino que generaría una nueva ruta de salida de los Llanos a distintas regiones del país”, puntualizó.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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JEP ordena plan para ubicar y atender a mujeres víctimas de violencia sexual en Puerto Gaitán

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La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP ordenó poner en marcha un plan de acción que permita ubicar, identificar y caracterizar a mujeres víctimas de estigmatización y violencia sexual en Puerto Gaitán, quienes fueron estigmatizadas como ‘Las calvas’ cuando eran niñas o adolescentes, por parte de grupos paramilitares que operaron en la zona, entre 2002 y 2004.

Según expedientes de la justicia ordinaria e informes de organizaciones de víctimas entregados a la JEP, las Autodefensas Unidas de Colombia que operaban en ese departamento implementaron medidas de control social, reclutamiento, abuso sexual y violencia de género contra mujeres, niñas y adolescentes. Los relatos allegados a la Jurisdicción indican que las autoridades del municipio tenían conocimiento de estos crímenes y no tomaron medidas para evitarlos ni para perseguir o castigar a los grupos ilegales que ejercían estos delitos.

Estas mujeres víctimas eran señaladas por los grupos de cometer “actos de desobediencia, faltar al colegio, ingresar a bares”, y por ello las sometieron a castigos como apartarlas de su núcleo familiar contra su voluntad para someterlas a trabajos forzados; también eran reclutadas por los grupos ilegales y sometidas a abuso y violencia sexual; otras, fueron expuestas al escarnio público rapándoles la cabeza, de allí el término estigmatizante con el que fueron conocidas por los pobladores de la región en aquella época.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas considera que estos hechos son de interés del Caso 08, que investiga los crímenes cometidos por la fuerza pública o agentes del Estado, en asocio con grupos paramilitares o terceros civiles; y del Caso 11, que investiga la violencia basada en género, incluyendo violencia sexual y reproductiva, y crímenes cometidos por prejuicio.

Bajo ese contexto, la Sala convoca la articulación entre los despachos relatores de estos dos macrocasos con las siguientes dependencias de la JEP: Departamento de Atención a Víctimas (DAV), la Comisión de Género, la Comisión de Participación, la Oficina Asesora en Justicia Restaurativa, el Departamento de Enfoques Diferenciales y el Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD) Representación de Víctimas.

A través de esta articulación se busca definir una metodología que facilite la ubicación de las víctimas y, en caso de que así lo deseen, ofrecerles asesoría para participar en los casos 08 y 11, en caso de que estos hechos sean priorizados por la Sala de Reconocimiento para ser investigados. Además, este plan de atención y tratamiento a las víctimas se abordará aplicando los enfoques diferenciales de género, étnico racial, territorial e interseccional; incluyendo, además, espacios de pedagogía.

La decisión de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas se toma en el marco del estudio de solicitud de sometimiento a la JEP de Édgar Humberto Silva González, quien se desempeñó como personero municipal de Puerto Gaitán durante la época de los hechos. Silva aún no ha sido aceptado en la Jurisdicción en calidad de agente del Estado no integrante de la fuerza pública. La aceptación de su sometimiento queda condicionada a los ajustes al régimen de condicionalidad, en materia de aportes efectivos de verdad y propuestas de reparación, que presente ante la sala.

Fuente: Jurisdicción Especial para la Paz – JEP

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‘Otoniel’ entregó información relevante sobre ‘falsos positivos’ en el Meta

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La JEP llevó a cabo la toma de testimonio de Dairo Antonio Úsuga, conocido como ‘Otoniel’, durante el cual el antiguo comandante paramilitar brindó información relevante sobre operaciones conjuntas para cometer asesinatos y desapariciones forzadas que eran presentados como supuestas bajas en combate por integrantes de la fuerza pública en Meta, y sobre su participación en la victimización contra miembros del partido Unión Patriótica.

La toma de testimonio se llevó a cabo los pasados 9, 10 y 11 de abril, en la Penitenciaria de Máxima Seguridad ‘ADX’ o ‘Supermax’, de Florence, Colorado, Estados Unidos. Allí, ante los magistrados Alejandro Ramelli y Gustavo Salazar, de la Sala de Reconocimiento de la JEP, Úsuga también ratificó su testimonio dado ante la JEP en 2022.

En ese entonces señaló vínculos de miembros de la fuerza pública, de políticos del nivel nacional y regional, y de terceros civiles con los grupos armados ilegales a los cuales perteneció; es decir, con el Ejército Popular de Liberación (EPL), las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) y el Clan del Golfo. Dichos señalamientos fueron objeto de compulsa de copias de la JEP a las autoridades correspondientes en abril de 2022.

Esta toma de testimonio, de carácter reservada, se realizó con la colaboración del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, en el marco de los Casos 03, subcaso Meta, que investiga ‘falsos positivos’, y el Caso 06, que investiga la victimización contra miembros de la Unión Patriótica.

La JEP garantizó la participación de las víctimas acreditadas en estos macrocasos, y de sus representantes judiciales, para que formularan preguntas por escrito; esto en vista de la restricción del Departamento de Justicia estadounidense de hacer grabaciones o conexiones vía internet durante estas diligencias en su sistema penitenciario.

Una vez la información suministrada por Úsuga sea analizada y valorada, la magistratura de la JEP obrará de conformidad con la metodología de investigación de cada macrocaso, según los deberes establecidos en la ley y los principios de la Justicia Transicional Restaurativa.

Fuente: Jurisdicción Especial para

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Mediación permitió liberación de 34 soldados retenidos en Vista Hermosa

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Luego de la mediación de una comisión humanitaria liderada por la gobernación del Meta, fueron liberados 34 soldados de tropas de la Fuerza de Tarea Conjunta Omega, que habían sido retenidos el viernes anterior, en el municipio de Vista Hermosa.

Así lo confirmó el general Carlos Marmolejo, comandante de la Fuerza de Tarea Conjunta Omega, en comunicación a la gobernadora del Meta, Rafaela Cortés Zambrano, quien celebró la noticia.

El alto oficial reveló que los uniformados se encuentran en buenas condiciones de salud y que conservan su material y equipos completos.

La mandataria de los metenses agradeció el trabajo conjunto de la Defensoría del Pueblo, la ONU, el alcalde de Vista Hermosa, la Personería, Ejército y la Policía Nacional.

Fuente: Gobernación del Meta

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