CASANARE
Ordenan suspender elección de Contralora (e) de Casanare, órgano de control está acéfalo
A la ya larga novela de elección del nuevo Contralor Departamental de Casanare, se suma un nuevo capítulo tras la admisión de una demanda electoral interpuesta por el ex vicecontralor Robinson Luna Parra, contra la elección de la Contralora (e) Carmen Lucía Bernal, el pasado 07 de enero de 2020.
Alega Luna Parra en su demanda, que la Asamblea Departamental eligio como Contralora (e) a Carmen Lucía Bernal, quien venía desempeñándose en una subdirección de la entidad, cuando lo que ordena la ley es que ante la falta del Contralor titular por haber terminado su periodo el pasado 31 de diciembre de 2019, debió haberse designado por parte de la Duma a quien en ese momento ostentaba el cargo de Vicecontralor Departamental, es decir, a Robinson Luna Parra, situación que no se dio, por cuanto los diputados Olfan Bocanegra, York Cortés, Marco Tulio Ruíz, Lady Patricia Bohórquez Cuevas, Esmeralda Bohórquez Peña y Blanca Lilia Vargas, votaron por Carmen Lucía Bernal, designándola como Contralora (e).
En el mismo auto que admitió la demanda electoral, el Tribunal Administrativo de Casanare decretó la suspensión provisional de la Resolución mediante la cual la Asamblea Departamental encargó a Carmen Lucía Bernal como Contralora hasta que se surtiera la elección del Contralor en propiedad, lo cual significa que en este momento no hay Contralor Departamental en Casanare.
La elección del Contralor Departamental en propiedad está programada para el próxmo martes 11 de febrero de 2020 a partir de las 7:00 am, y la terna está integrada por los abogados Cipriano Castro Medina, Yaneth Constanza Olguín, y Carmenza Motta Rodríguez, quienes serán escuchados en entrevista antes de la elección.
Por demandas de pérdida de investidura, los diputados Marco Tulio Ruíz y Lady Patricia Bohórquez Cuevas no podrán participar en la elección del nuevo Contralor Departamental.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


