CASANARE
Nueva inhabilidad para exgobernador Nelson Mariño decidió la Procuraduría General
En decisión de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general por el término de 13 años al exgobernador de Casanare, Nelson Ricardo Mariño Velandia, por irregularidades en la contratación para el abastecimiento de aguas subterráneas para el acueducto de Yopal.
En el mismo fallo el Ministerio Público destituyó e inhabilitó por 10 años a Helver Rosell Martínez Bohórquez y Gustavo Adolfo Lara Sepúlveda, exgobernador (e) y exjefe Jurídico de la Gobernación de Casanare.
Las sanciones se derivan por la firma del contrato con la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal (EAAAY), para la construcción de los cuatro pozos profundos para abastecer el acueducto del municipio, aun cuando la Empresa no tenía la capacidad, idoneidad y experiencia para ejecutar el negocio jurídico, y por lo tanto, según el organismo de control, no era viable esta forma de contratación directa, y lo procedente era haber realizado una licitación pública para la escogencia del contratista.
Para el Ministerio Público al suscribir dicho contrato por un valor de $22.752 millones con una empresa sin la suficiente experiencia, los funcionarios violaron “el principio de responsabilidad de la contratación estatal y con ello su compromiso con los habitantes del Yopal”. Así mismo, según las pruebas recaudadas, la Procuraduría encontró que la EAAAY se comportó como una empresa de tercerización para administrar recursos públicos, mientras otra sociedad ejecutó el objeto del convenio.
La Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal calificó la conducta de los tres investigados como gravísima a título de culpa gravísima. Contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación.
Fuente: Prensa Procuraduría General de la Nación
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


