CASANARE
Multan a la Gobernación de Casanare por extraer material del río Ariporo sin tener licencia ambiental
La Gobernación de Casanare deberá pagar una multa cercana a los $27 millones de pesos, como sanción ambiental por haber sustraído material de río sin contar con Licencia Ambiental, del río Ariporo en 2011.
Lo anterior se deriva de una denuncia anónima presentada ante Corporinoquia para esa época, donde se dejaba en evidencia que se observaron varias volquetas, algunas de ellas de propiedad de la Gobernación de Casanare, extrayendo material del lecho del río Ariporo en la vereda Santa Ana del municipio de Hato Corozal, generando un deterioro ambiental al afluente.
La corporación ambientalista adelantó la respectiva investigación, y el 14 de octubre de 2016 expidió una resolución declarando ambientalmente responsable a la Gobernación y la multó por la suma de VEINTISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($26.808.557).
La Gobernación de Casanare demandó la mencionada Resolución sancionatoria, y el 29 de noviembre de 2021 el Juzgado Segundo Administrativo de Yopal negó las pretensiones de la demanda, dándole la razón a Corporinoquia. Sin embargo, la Gobernación apeló la decisión del mencionado despacho judicial, y el pasado 04 de mayo de 2023 el Tribunal Administrativo de Casanare ratificó la decisión del Juzgado Segundo Administrativo, dejando en firme la Resolución de Corporinoquia, por lo que la Gobernación de Casanare deberá pagar la sanción.
En la decisión adoptada por el Juzgado Segundo Administrativo se lee que: “El DEPARTAMENTO DE CASANARE no desvirtuó la presunción de dolo o culpa prevista en la Ley 1333 de 2009, por lo que la decisión adoptada a través del acto administrativo acusado no se derivó de una falencia en la valoración probatoria atribuible a CORPORINOQUIA, sino que tal decisión fue consecuencia del desinterés del ente territorial en el ejercicio de sus derechos de defensa y contradicción”, es decir, le faltó defensa al departamento para evitar la sanción.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Diputados Mancipe y Henry Pérez “se dijeron cositas” por elección del nuevo Contralor de Casanare
El presidente de la Asamblea de Casanare, Henry Pérez Hernández, respondió a los cuestionamientos del anterior presidente de la corporación, Juan Fernando Mancipe, sobre los avances en el proceso de elección del Contralor Departamental, señalando que al asumir la presidencia se identificaron inconsistencias que ponían en riesgo la seguridad jurídica de la convocatoria.
El cabildante explicó que, tras la revisión, la Mesa Directiva decidió revocar la convocatoria, aunque el contrato suscrito con la Universidad Distrital por Mancipe durante su presidencia se mantiene vigente. No obstante, indicó que, en su calidad de supervisor, solicitó a la institución una terminación anticipada bilateral debido a las situaciones detectadas que podrían comprometer la legalidad del proceso.
Piden intervención de la Procuraduría
El presidente de la Asamblea también informó que, actuando con diligencia, se radicó ante la Procuraduría General de la Nación una solicitud de conciliación extrajudicial, trámite necesario al tratarse de entidades públicas. Asimismo, advirtió que se evalúan posibles acciones por presuntas irregularidades como prevaricato, celebración de contratos sin el lleno de requisitos y eventual adulteración de firmas.
Pérez Hernández aseguró que la corporación ha actuado conforme al debido proceso y confía en que las autoridades competentes resuelvan la situación en los tiempos establecidos. Añadió que, una vez superados los trámites legales, se podrá avanzar en una nueva convocatoria que permita garantizar la elección del Contralor Departamental con plena seguridad jurídica.
Mancipe se defiende
CASANARE
Yopal asegura $15.000 millones tras fallo a favor en disputa con Asobancaria, por tarifa del ICA para los bancos
La Alcaldía de Yopal ha logrado un importante triunfo jurídico en su prolongada disputa con Asobancaria por el cobro del impuesto de industria y comercio (ICA).
Esta decisión, ratificada por la Corte Constitucional, reafirma la facultad del municipio para aplicar una tarifa del 20 x 1.000 a las entidades financieras que operan en la ciudad.
El fallo no solo garantiza ingresos anuales cercanos a los 15.000 millones de pesos, que serán vitales para financiar inversiones en infraestructura vial, vivienda y educación, sino que también establece un precedente jurídico de alcance nacional. Otras capitales del país podrán ahora referenciarse en esta decisión, fortaleciendo su autonomía fiscal.
La Administración Municipal destacó el arduo trabajo de su equipo legal, subrayando la defensa de los intereses de Yopal frente a una de las organizaciones más poderosas del país. En adelante, las entidades financieras deberán acatar las disposiciones del Estatuto de Rentas vigente.
El caso se originó cuando Asobancaria demandó el artículo 18 del Acuerdo 022 de 2021, argumentando que la tarifa máxima debía ser del 14 x 1.000. Sin embargo, las autoridades judiciales reconocieron la autonomía tributaria de Yopal para fijar tarifas dentro del rango permitido por la ley, que para ciudades capitales puede llegar hasta el 30 x 1.000 si se justifica ante el Concejo Municipal.
CASANARE
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