CASANARE
Líderes comunales de Casanare llamados a ejercer control social
A propósito de la renovación de las directivas comunales, es indispensable que quienes lograron las dignidades como directivos de sus respectivas comunidades, deban prepararse académicamente para ejercer el control social y fiscal de la gestión pública.
Las Juntas de Acción Comunal, han tomado una gran importancia para ejercer el control social y la veeduría ciudadana que garantice la transparencia en el manejo de los recursos públicos, que se inviertan en sus respectivas jurisdicciones, dijo el vicecontralor departamental de Casanare José Alfredo Rojas Pérez, para responder la inquietud presentada por Ignacio Rozo, presidente de la junta de acción comunal de la vereda El Vevea, del municipio de Maní.
Agregó el alto funcionario del organismo de control fiscal que, precisamente la estrategia “La Contraloría en su Municipio”, diseñada por la contralora Yaneth Constanza Holguín, estuvo dirigida a fomentar la participación ciudadana a través de las veedurías ciudadanas y las JAC en el control social en las zonas urbanas y rurales de los municipios de Casanare.
El Vicecontralor considera que las juntas de acción comunal, son el mecanismo ideal para que la población pueda exigir el cumplimiento de los deberes y obligaciones de las autoridades territoriales, como garantes de sus derechos.
Por su parte el presidente de la vereda Bebea de Maní, Ignacio Rozo, considera a las Juntas de Acción Comunal, como los aliados de los mandatarios regionales y locales, de los contratistas y de quienes proyecten procesos de desarrollo con recursos del Estado, pues, son los líderes comunales quienes conocen de las necesidades de sus comunidades y la manera de solucionarlas.
Fuente: Contraloría Departamental de Casanare
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CASANARE
Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


