CASANARE
JEP le dijo NO al exgobernador William Pérez, por no hacer aportes a la verdad
William Hernán Pérez Espinel, quien fue gobernador de Casanare entre 2001 y 2003, fue condenado por la justicia ordinaria por tener vínculos con grupos paramilitares y también por corrupción en el manejo de contratos cuando ejerció este cargo. Justamente por ese primer delito buscaba un espacio en la Jurisdicción Especial para la Paz —JEP—; sin embargo, la Sala de Definición de este tribunal le cerró la puerta el miércoles 10 de agosto.
De acuerdo con la magistratura de esta sala, Pérez Espinel no realizó ninguna contribución a la verdad adicional a la ya conocida en la justicia ordinaria; incluso, negó que hubiera nexos entre integrantes de las Autodefensas Unidas de Colombia y su candidatura a la gobernación de ese departamento más allá de que en un principio había aceptado los vínculos con integrantes de este grupo al mando de alias Martín Llanos.
Pérez Espinel, condenado a 56 meses de prisión por la Corte Suprema de Justicia en 2016, ya había tocado las puertas de la justicia especial de paz para que revisara sus expedientes, pues según su defensa, los delitos por los cuales fue sancionado guardan relación con el conflicto armado interno: reveló que, durante su campaña, mientras las AUC le brindaban proselitismo, este les otorgaba a cambio poder político, económico y libertad militar en todo Casanare.
Por otra parte, la Sala de Definición encontró que su plan de aportes a la verdad estuvo lleno de aseveraciones que no se podían comprobar; incluso, negó haber financiado a algún grupo armado en el departamento con recursos públicos. En ese sentido, el tribunal señaló que dichas afirmaciones del condenado “se apartan del deber de aportar verdad, pues implica una contradicción frente a lo que se ha propuesto en los anteriores planes, lo cual presenta retroceso para el aporte de verdad”.
Sumado a eso, la sala notó que Pérez no había hecho más confesiones sobre las intervenciones de varias cooperativas de seguridad y los contratos otorgados a las AUC financiados también con el erario.
De acuerdo con la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP, el exgobernador está vinculado a un total de 16 procesos en condición de indiciado por los delitos de enriquecimiento ilícito, contratación sin el cumplimiento de requisitos, peculado por apropiación, concierto para delinquir y concusión. En 2018 logró ver una pequeña luz en este tribunal, pues en ese año su caso fue analizado y posteriormente, determinó que debía hacer aportes más determinantes sobre sus vínculos con las autodefensas.
Sin embargo, en el auto de 60 páginas conocido en la tarde del 10 de agosto, el tribunal de justicia transicional detalla que;“Se tiene que a pesar de los múltiples requerimientos dados al señor William Hernán Pérez Espinel, (…) no proporcionó los datos específicos que permitieran verificar su dicho, las acciones que realizó y las demás personas que se vieron involucradas en los hechos relatados y no meramente aseveraciones genéricas”.
Ahora, William Pérez Espinel deberá continuar pagando su condena en un centro reclusorio hasta tanto haga un aporte diferente al ya efectuado en la justicia ordinaria. En ese sentido, el tribunal indicó que“debe señalar sobre cuáles hechos aportará relatos veraces, qué parte de la realidad del conflicto coadyuvará a esclarecer” y qué partes de esa verdad le pueden servir a los otros componentes del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.
Fuente: Con información de infobae.com
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


