NACIONALES
Inicia el tercer ciclo de pagos del programa Colombia Mayor
Prosperidad Social iniciará, el próximo 4 de abril, el tercer ciclo de pagos a los beneficiarios de Colombia Mayor; se realizarán hasta el 20 de abril, y beneficiarán a 1.633.264 participantes del programa. El Gobierno Nacional destinó 140.905 millones de pesos para este ciclo.
Estos son los datos clave de esta jornada de pagos:
Monto del subsidio: cada participante del programa Colombia Mayor recibirá $80.000. En Bogotá, los beneficiarios del programa recibirán, adicionalmente, $50.000, gracias al convenio de cofinanciación con la Alcaldía Mayor: $130.000 en total.
Lugar de cobro: SuperGIROS, como operador encargado del pago, cuenta con una amplia red de aliados distribuidos en todos los municipios del país, con más de 27.000 puntos de atención. La información de todos los puntos está disponible en el siguiente enlace: https://drive.google.com/file/d/17JQ1a1pMaIMp4oyMGxpFwLXd3u_bZnXC/view
Notificación de pago: los beneficiarios serán notificados sobre la disponibilidad de su pago a través de un mensaje de texto que llegará a su teléfono celular. En el punto de pago, es importante que se identifiquen como beneficiarios de Colombia Mayor, que cuenten el dinero delante del cajero y soliciten la tirilla de pago antes de retirarse.
No se requiere pago o servicios extra para acceder al subsidio: no es necesario realizar ningún pago, ni comprar productos en el punto de pago para recibir el dinero.
Entrega a domicilio para mayores de 90 años o con movilidad reducida: las personas mayores de 90 años o con dificultades de movilidad pueden solicitar la entrega del pago a domicilio. En caso de requerir esta opción, SuperGIROS se encargará de coordinar la entrega.
Actualización de datos de contacto: Prosperidad Social está actualizando los datos de contacto en el sistema de información del programa. La entidad está contactando a los números registrados para confirmar si aún están en uso. Si un participante ha cambiado su número de teléfono o dirección, debe comunicarse directamente a las líneas telefónicas de la entidad: en Bogotá, puede llamar al 601 3791088; y en el resto del país, al 018000 951100. Para consultas adicionales, los participantes pueden dirigirse a la alcaldía de su municipio y contactar al enlace del programa.
Fuente: Prosperidad Social
NACIONALES
Con proyecto de ley buscan declarar de alto riesgo la profesión de escolta
El Senador José Vicente Carreño Castro radicó el Proyecto de Ley 135 de 2025 que reconoce y establece “a los agentes de protección o escoltas requeridos como una profesión y/u oficio de alto riesgo”, en la medida que este trabajo está en proteger a personas con la posibilidad de sufrir un atentado, por lo que deben prevenir y enfrentar este tipo de eventualidad, lo que de inmediato los convierte también en blanco de los agresores.
Carreño Castro reveló que “al establecer de alto riesgo esta profesión u oficio, los agentes de protección o escoltas quedan cobijados en las ´Pensiones especiales de vejez´, establecido en los Artículos 3 al 10 del Decreto 2090 de 2003, adicionando esta iniciativa legislativa una modificación al Artículo 8 –modificado a la vez por el Artículo 1 del Decreto 2655 de 2014- en el sentido de que este régimen especial de pensión, incluye a los trabajadores vinculados a esta actividad hasta el 31 de diciembre de 2034, y no solo hasta el 31 de diciembre de 2024, como lo establece el mencionado Decreto 2655”.
La iniciativa legislativa –que ahora pasa a la Comisión VII del Senado- le fija al SENA la tarea de estructurar “un pensum académico con ciclos de competencias laborales, técnico, tecnólogo y profesional en seguridad dirigido este personal, para lo cual podrá celebrar convenios con organismos gubernamentales y no gubernamentales”, con el fin de que este ejercicio no solo sea considerado un oficio, sino además como una nueva profesión con todos la validación constitucional y legal, como la plantea el mencionado proyecto de ley.
NACIONALES
Icetex abre convocatorias de créditos educativos para miembros y exmiembros de la Fuerza Pública
Dos nuevas convocatorias de los fondos para personas que brindan o prestaron su servicio a la fuerza pública, abrieron su etapa de inscripciones. Estas oportunidades son la apertura de postulaciones de los fondos en administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 y Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019, que brindan crédito condonable del 90 % para estudios de educación superior.
Las convocatorias destinan su apoyo financiero a los nuevos beneficiarios/as a partir del primer semestre académico de 2026 y apoyará los estudios de educación superior de los colombianos/as seleccionados.
Cada fondo cubre hasta por 11 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) destinados a cubrir el valor de la matrícula ordinaria por cada período académico semestral a cursar. Los beneficiarios/as también recibirán apoyo de sostenimiento por un (1) SMMLV por período académico y gastos de derechos de grado, así como una prima de garantía que ampara riesgos en caso de muerte, invalidez física o mental del estudiante.
“Desde el Gobierno nacional y con la gestión administrativa y sostenible del ICETEX, seguimos impulsando oportunidades de educación que transforman vidas a quienes han hecho parte de la fuerza pública. Como nación y desde el sector institucional estamos honrando el servicio que han brindado al país para garantizar la seguridad y el bienestar de sus habitantes”, resaltó el presidente del ICETEX, Álvaro Urquijo.
Los dos programas y sus públicos objetivos son los siguientes:
1. Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 – Ministerio de Defensa Nacional / ICETEX
Financiado por MinDefensa y administrador por el ICETEX, este fondo está dirigido a pensionados/as por invalidez y/o su hijo menor de 25 años con cesión de beneficios. También está destinado a viudas/os, huérfanos/as o padres del miembro de la fuerza pública que haya fallecido o desaparecido en servicio activo, únicamente por acción directa del enemigo o en combate, ya sea en tareas de mantenimiento o restablecimiento del orden público, o en conflicto internacional. Los aspirantes deben pertenecer a estratos socioeconómicos 1, 2 o 3.
Estas personas deben estar cobijadas por el artículo 2 de la Ley 1699 de 2013, e los artículos 28 y 29 de la Ley 1979 de 2019.
Este Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 apoya los gastos para estudios de pregrado o educación para el trabajo y desarrollo humano en el país.
2. Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019 – Ministerio de Defensa Nacional / Ministerio de Educación Nacional / ICETEX
Es financiado por MinDefensa y MinEducación y administrador por el ICETEX. Está dirigido a veteranos/as con asignación de retiro, pensionados por invalidez, reservistas de honor y víctimas en los términos del artículo 3 de la Ley 1448 de 2011, por hechos ocurridos en servicio activo y en razón en ocasión del mismo. También, está dirigido a viudas, huérfanos o padres del miembro de la fuerza pública que hayan fallecido o desaparecido en servicio activo, únicamente por acción directa del enemigo o en combate o en tareas de mantenimiento o restablecimiento del orden público o en conflicto internacional. También, los aspirantes deben pertenecer a estratos 1, 2 o 3.
Estas personas deben estar cobijadas por el artículo 2 de la Ley 1979 de 2019.
El Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019apoya los gastos para estudios de pregrado o posgrado.
Condiciones para la inscripción
Los aspirantes a los dos fondos deben estar admitidos o matriculados en la institución de educación superior donde van a estudiar (y que sea reconocida por el Ministerio de Educación). Ellos deben haber presentado la prueba Saber 11 (en caso de aplicar para estudios de primer semestre académico) o haber aprobado el período académico anterior (en caso de aplicar para estudios de segundo semestre en adelante).
¿Cómo se obtiene la condonación?
El beneficio de condonación es del 90 % del valor del crédito educativo y se otorga luego de que el beneficiario culmine con grado su programa financiado. La solicitud de condonación (con carta), así como la certificación o copia de diploma y de acta de grado (o su certificado equivalente en el caso de haber realizado un programa de educación para el trabajo y el desarrollo humano).
Conoce toda la información sobre estas convocatorias, sus requisitos y detalle de cada convocatoria en los siguientes enlaces (en los cuales también se deben hacer las correspondientes inscripciones):
Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 – Ministerio de Defensa Nacional / ICETEX: https://web.icetex.gov.co/es/-
Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019 – Ministerio de Defensa Nacional / Ministerio de Educación Nacional / ICETEX: https://web.icetex.gov.co/es/-
NACIONALES
Más de 1.270 vacantes de carrera administrativa salen a concurso con el SENA a nivel nacional
En un trabajo articulado, la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) y el SENA ofertan un total de 1.276 vacantes para ingresar como servidor público, en los niveles de asesor, profesional, instructor, técnico y asistencial a través del Proceso de Selección SENA 4.
Dentro de las funciones a desempeñar se encuentran para el nivel técnico perfiles en apoyo administrativo, sistemas, archivo, mantenimiento y logística, entre otras; para el nivel asistencial perfiles en apoyo administrativo, atención al ciudadano, servicios generales y gestión documental, etc. Para el de instructor desarrollar funciones de formación y docencia, acompañamiento al aprendiz, diseño y actualización de currículos, y relación con el sector productivo y
articulación, entre otras.
Las inscripciones están abiertas del 27 de octubre hasta el 28 de noviembre, para que cualquier colombiano mayor de edad y que cumpla con los requisitos del empleo al que esté interesado, se postule a una de estas vacantes disponibles en más de 90 ciudades y municipios de todos los departamentos del país. Para conocer el número de vacantes disponibles en cada departamento consulte los acuerdos y anexo en la web https://www.cnsc.gov.co.
Algunas de las disciplinas o áreas de conocimiento requeridas como requisito para los empleos ofertados son Administración, Contaduría Pública, Economía, Ingeniería Industrial, Psicología, Educación, Filosofía, Sociología, entre muchas otras y los rangos salariales son de hasta $3.300.000 para el nivel asistencial, hasta $4.600.000 para el nivel técnico,$4.000.000 para el nivel instructor, hasta $9.800.000 para el nivel profesional y hasta $8.400.000 para
asesor.
Para los jóvenes que buscan su primer empleo o personas sin experiencia hay 30 vacantes en el nivel profesional, siendo una gran oportunidad para ingresar al sector público y a una de las entidades más queridas por los colombianos.
Los ciudadanos interesados en participar deberán realizar su inscripción únicamente en SIMO, así como pagar los derechos de participación, de acuerdo con el nivel para el que apliquen, en las sucursales de Bancolombia, corresponsales
bancarios, por el botón PSE y el botón Bancolombia.
Para este año, los valores son:
• Para los niveles técnico y asistencial: $47.450
• Para los empleos pertenecientes a los demás niveles jerárquicos: $71.200.
Es importante recordar que cada aspirante puede aplicar solo a una vacante y que debe realizar la inscripción con tiempo.
Requisitos generales
1.Ser ciudadano(a) colombiano(a) mayor de edad.
2.Registrarse en el SIMO.
3.Aceptar en su totalidad las reglas establecidas para este proceso de selección.
4.Presentar cumplidamente, en las fechas y bajo los parámetros establecidos por la CNSC, las diferentes pruebas y demás
actividades previstas para este proceso de selección.
5.No estar inscrito para un empleo ofertado en este proceso de selección en la modalidad de ascenso.
6.Cumplir con los requisitos mínimos del empleo seleccionado, trascritos en la correspondiente OPEC, los cuales se
encuentran establecidos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales – MEFCL vigente de la entidad
que lo oferta, con base en el cual se realiza este proceso de selección.
7.No encontrarse incurso en causales constitucionales y/o legales de inhabilidad, incompatibilidad, conflicto de intereses
o prohibiciones para desempeñar empleos públicos, que persistan al momento de posesionarse.
8.No encontrarse incurso en situaciones que generen conflicto de intereses durante las diferentes etapas del presente
proceso de selección y/o que persistan al momento de posesionarse.
9.Los demás requisitos establecidos en normas legales y reglamentarias vigentes.



