CASANARE
ICA fijó requisitos para movilización de animales a zona libre con vacunación
El ICA actualizó los requisitos sanitarios para la movilización de animales susceptibles a fiebre aftosa y sus productos, desde la zonas de protección, que incluye algunos municipios de Norte de Santander y la anteriormente llamada zona de alta vigilancia, que comprende un área de 15 km desde la frontera con Venezuela, en los departamentos de Arauca, Vichada, y el municipio de Cubará, en Boyacá, hacia el resto del país.
Para la movilización de rumiantes y porcinos domésticos con destino a predios en las zonas libres con vacunación, la persona interesada deberá realizar una solicitud por escrito ante la oficina del ICA en donde esté registrado el predio de origen de los animales.
Para expedir la autorización, el ICA verificará que:
- El predio esté registrado ante la Entidad.
- Se hayan vacunado todos los bovinos contra la fiebre aftosa en los últimos cuatro ciclos.
- Los animales estén identificados con los dispositivos oficiales.
- Los animales se aislaron en una explotación durante los 30 días anteriores al embarque.
- Todos los animales aislados dieron resultados negativos en las pruebas de diagnóstico para la detección del virus de la fiebre aftosa.
- El Instituto hará la verificación de la condición sanitaria de los animales y la supervisión de embarque, así como el precintado de los vehículos.
- Para el caso de la movilización de rumiantes y porcinos domésticos desde las zonas de protección con destino directo a plantas de beneficio ubicadas en las zonas libres con vacunación y que cumplan con todos los requisitos anteriormente mencionados, no se aplicará la exigencia de deshuesar las canales, ni la retención de vísceras, cabezas, patas y hueso.
La movilización de rumiantes y porcinos domésticos desde las zonas de protección con destino directo a plantas de beneficio ubicadas en las zonas libres con vacunación deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Los predios deben tener la Autorización Sanitaria y de Inocuidad o estar certificados en Buenas Prácticas Ganaderas.
- Los animales han permanecido en la explotación de origen por lo menos tres meses antes del transporte a la planta de beneficio.
- Durante los 30 días anteriores al transporte, no haber introducido en la explotación de origen ningún animal susceptible a la fiebre aftosa y ningún animal de la explotación de origen debe haber manifestado signos clínicos de la enfermedad.
- Los animales se transportan directamente de la explotación de origen a planta de beneficio, bajo supervisión de la autoridad veterinaria, en un vehículo previamente lavado, desinfectado, y sin tener contacto con otros animales susceptibles a la fiebre aftosa.
Una vez finalizado el sacrificio, para la comercialización de las carnes frescas de estos animales se debe cumplir con:
deshuesado de las canales, retiro de los principales nódulos linfáticos, ser sometidas, antes del deshuese, a un proceso de maduración a una temperatura superior a +2 grados centígrados durante un periodo mínimo de 24 horas después del sacrificio, y en las que el pH de la carne, medido en el centro del músculo longissimus dorsi en cada mitad de canal, era inferior a 6.0.
Otros productos obtenidos de estos animales como vísceras, cabezas, patas y hueso deben ser retenidos y destruidos por representar un riesgo sanitario.
Para el caso de la movilización de rumiantes y porcinos domésticos desde la zona libre de fiebre aftosa con vacunación con destino a planta de beneficio dentro de las zonas de protección, se elaborará en conjunto con las plantas de beneficio, el Invima y el ICA un protocolo con el fin de permitir el sacrificio de animales para la comercialización en el resto del país.
Para la comercialización de carnes frescas de bovinos y bufalinos, desde una zona de protección con destino a una zona libre con vacunación, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Las carnes frescas deben provenir de canales deshuesadas, de las que se retiraron los principales nódulos linfáticos, que se sometieron, antes de ser deshuesadas, a un proceso de maduración a una temperatura superior a +2 grados centígrados durante un periodo mínimo de 24 horas después del sacrificio, y en las que el pH de la carne, medido en el centro del músculo longissimus dorsi en cada mitad de canal, era inferior a 6.0.
Otros productos obtenidos de estos animales como vísceras, cabezas, patas y hueso deben ser retenidos y destruidos por representar un riesgo sanitario.
Fuente: ICA
CASANARE
Se va Catasig de Yopal, Gestión Catastral será reasumida por el IGAC, empalme durará tres meses
Así lo dio a conocer el alcalde Marco Tulio Ruíz, en la Mesa de Diálogo sobre Catastro Multipropósito que contó con presencia de comunidad, alcaldes, gobernador de Casanare y delegadas de la Superintendencia de Notariado y Registro y del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC).
De acuerdo con la Superintendencia de Notariado y Registro, la intervención solicitada desde 2025 por el alcalde Marco Tulio Ruíz Riaño, permitió activar funciones de inspección, vigilancia y control.
“Se aperturó un proceso sancionatorio administrativo al gestor; el informe evidencia falencias y vulneraciones a la norma catastral. Estamos próximos a emitir el auto de cargos”, explicó Leidy Escamilla, coordinadora del grupo de Inspección y Vigilancia de la Superintendencia de Notariado y Registro, quien también destacó el trabajo técnico de la Alcaldía de Yopal.
Durante la mesa también se confirmó que el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) asumirá el servicio catastral en Yopal, mientras avanza un proceso sancionatorio administrativo contra el actual operador Catasig por presuntas fallas en la actualización catastral urbana.
Cecilia Cogollo, directora de Gestión Catastral del IGAC, informó que ya inició el proceso de empalme con Catasig para garantizar la continuidad del servicio bajo criterios de orden y confianza ciudadana. En este contexto, el alcalde Marco Tulio Ruíz reiteró que la prioridad ha sido la defensa de los ciudadanos, decisión que se reflejó en no permitir un ajuste automático en el sector rural.
La Administración Municipal ratificó su postura ante el Gobierno Nacional: avanzar en un proceso transparente, ajustado a la norma y centrado en el bienestar de la comunidad, con el objetivo de restablecer la confianza en el sistema catastral de Yopal.
CASANARE
Rehabilitados 4,5 kilómetros de la vía de acceso a la vereda La Defensa en Yopal
La Alcaldía de Yopal, a través de la Secretaría de Infraestructura, culminó la rehabilitación de 4,5 kilómetros de vía en la vereda La Defensa, una intervención que hoy beneficia directamente a más de 70 familias, mejorando su movilidad y conexión con el casco urbano del municipio.
Estos trabajos hacen parte del plan de mejoramiento de vías rurales, enfocado en recuperar los corredores más afectados, facilitando el transporte de productos agrícolas y garantizando un acceso más seguro y en menor tiempo para las comunidades campesinas.
Durante su ejecución, el Banco de Maquinaria realizó labores de ampliación en la vía, cuneteo, extendido de material y compactación, acciones que permitieron optimizar la transitabilidad y fortalecer la estructura del carreteable, especialmente frente a las condiciones de la temporada invernal.
“Hoy entregamos una vía en mejores condiciones, que garantiza no solo la movilidad, sino la seguridad, generando oportunidades para las familias campesinas que diariamente usan este corredor, un anillo vial fundamental para el desarrollo agropecuario de la capital”, señaló la secretaria de Infraestructura, Adriana Hernández.
De esta manera, el gobierno liderado por el alcalde Marco Tulio Ruíz, continúa comprometido con el desarrollo rural, entregando soluciones concretas que impulsan la productividad del campo y mejoran la calidad de vida de las familias de la vereda La Defensa y sectores circunvecinos.
CASANARE
Alcaldía de Yopal refuerza controles frente a la Brigada 16 para no permitir estacionamiento
La Alcaldía de Yopal, a través de la Secretaría de Movilidad, adelanta jornadas de socialización y control en la Transversal 18 para garantizar el cumplimiento del Decreto 059 de 2025, que prohíbe de manera permanente el estacionamiento en este corredor vial entre las calles 6 y 10.
La medida busca mejorar la movilidad, mantener despejada una vía estratégica de la ciudad y fortalecer las condiciones de seguridad en este sector. Durante las jornadas, los agentes de tránsito desarrollan acciones de sensibilización dirigidas a usuarios y al gremio transportador.
Las autoridades también hicieron un llamado a los pasajeros para comprender que los conductores de servicio público deben cumplir la normatividad vigente, por lo que no pueden realizar paradas o estacionamientos en áreas prohibidas.
Según la administración municipal, la restricción responde a criterios técnicos y recomendaciones de seguridad relacionadas con el entorno del Cantón Militar, ubicado en esta zona de la ciudad, permitiendo reducir riesgos y mejorar el flujo vehicular.
La Secretaría de Movilidad reiteró la invitación a conductores y ciudadanos para acatar la señalización y respetar las disposiciones vigentes, recordando que el cumplimiento de estas medidas contribuye a una ciudad más organizada y segura.
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