CASANARE
ICA fijó requisitos para movilización de animales a zona libre con vacunación
El ICA actualizó los requisitos sanitarios para la movilización de animales susceptibles a fiebre aftosa y sus productos, desde la zonas de protección, que incluye algunos municipios de Norte de Santander y la anteriormente llamada zona de alta vigilancia, que comprende un área de 15 km desde la frontera con Venezuela, en los departamentos de Arauca, Vichada, y el municipio de Cubará, en Boyacá, hacia el resto del país.
Para la movilización de rumiantes y porcinos domésticos con destino a predios en las zonas libres con vacunación, la persona interesada deberá realizar una solicitud por escrito ante la oficina del ICA en donde esté registrado el predio de origen de los animales.
Para expedir la autorización, el ICA verificará que:
- El predio esté registrado ante la Entidad.
- Se hayan vacunado todos los bovinos contra la fiebre aftosa en los últimos cuatro ciclos.
- Los animales estén identificados con los dispositivos oficiales.
- Los animales se aislaron en una explotación durante los 30 días anteriores al embarque.
- Todos los animales aislados dieron resultados negativos en las pruebas de diagnóstico para la detección del virus de la fiebre aftosa.
- El Instituto hará la verificación de la condición sanitaria de los animales y la supervisión de embarque, así como el precintado de los vehículos.
- Para el caso de la movilización de rumiantes y porcinos domésticos desde las zonas de protección con destino directo a plantas de beneficio ubicadas en las zonas libres con vacunación y que cumplan con todos los requisitos anteriormente mencionados, no se aplicará la exigencia de deshuesar las canales, ni la retención de vísceras, cabezas, patas y hueso.
La movilización de rumiantes y porcinos domésticos desde las zonas de protección con destino directo a plantas de beneficio ubicadas en las zonas libres con vacunación deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Los predios deben tener la Autorización Sanitaria y de Inocuidad o estar certificados en Buenas Prácticas Ganaderas.
- Los animales han permanecido en la explotación de origen por lo menos tres meses antes del transporte a la planta de beneficio.
- Durante los 30 días anteriores al transporte, no haber introducido en la explotación de origen ningún animal susceptible a la fiebre aftosa y ningún animal de la explotación de origen debe haber manifestado signos clínicos de la enfermedad.
- Los animales se transportan directamente de la explotación de origen a planta de beneficio, bajo supervisión de la autoridad veterinaria, en un vehículo previamente lavado, desinfectado, y sin tener contacto con otros animales susceptibles a la fiebre aftosa.
Una vez finalizado el sacrificio, para la comercialización de las carnes frescas de estos animales se debe cumplir con:
deshuesado de las canales, retiro de los principales nódulos linfáticos, ser sometidas, antes del deshuese, a un proceso de maduración a una temperatura superior a +2 grados centígrados durante un periodo mínimo de 24 horas después del sacrificio, y en las que el pH de la carne, medido en el centro del músculo longissimus dorsi en cada mitad de canal, era inferior a 6.0.
Otros productos obtenidos de estos animales como vísceras, cabezas, patas y hueso deben ser retenidos y destruidos por representar un riesgo sanitario.
Para el caso de la movilización de rumiantes y porcinos domésticos desde la zona libre de fiebre aftosa con vacunación con destino a planta de beneficio dentro de las zonas de protección, se elaborará en conjunto con las plantas de beneficio, el Invima y el ICA un protocolo con el fin de permitir el sacrificio de animales para la comercialización en el resto del país.
Para la comercialización de carnes frescas de bovinos y bufalinos, desde una zona de protección con destino a una zona libre con vacunación, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Las carnes frescas deben provenir de canales deshuesadas, de las que se retiraron los principales nódulos linfáticos, que se sometieron, antes de ser deshuesadas, a un proceso de maduración a una temperatura superior a +2 grados centígrados durante un periodo mínimo de 24 horas después del sacrificio, y en las que el pH de la carne, medido en el centro del músculo longissimus dorsi en cada mitad de canal, era inferior a 6.0.
Otros productos obtenidos de estos animales como vísceras, cabezas, patas y hueso deben ser retenidos y destruidos por representar un riesgo sanitario.
Fuente: ICA
CASANARE
A la cárcel administradores de hotel en Yopal por explotación sexual de menores
A la cárcel fueron enviados Ana Elvia Mejía Chaparro y Libardo Chaparro Flórez, los administradores de un hotel en Yopal que estarían implicados en la explotación sexual de menores de edad.
Según las acciones investigativas desplegadas por la Fiscalía General de la Nación, estas dos personas, en medio de engaños, aprovecharon la condición de vulnerabilidad de una niña de 14 años, de nacionalidad venezolana, que llegó sola a la ciudad y le brindaron alojamiento.
Los elementos materiales probatorios indican que días después de tenerla en el establecimiento la habrían inducido a frecuentar un parque para ofrecer servicios sexuales a hombre mayores, con el supuesto de que el dinero recibido sería destinado para cubrir el hospedaje y la manutención.
Asimismo, se conoció que Chaparro Flórez presuntamente abusó sexualmente de la víctima en una oportunidad.
Una fiscal de la Seccional Norte de Santander les imputó los delitos de trata de personas agravada y estímulo a la prostitución de menores. Adicionalmente, a Chaparro Flórez le fue formulado el cargo de acceso carnal abusivo con menor de 14 años.
Por disposición del juez de control de garantías que dirigió las audiencias concentradas, los dos procesados deberán cumplir medida de aseguramiento en centro carcelario.
CASANARE
Joven de 19 años fue asesinada a tiros en Yopal, sin mediar palabra le dispararon
Las autoridades avanzan con la investigación del homicidio sucedido en horas de la tarde del sábado 27 de diciembre, en la calle 50 con carrera 3, a la altura del puente de ingreso a la invasión Mi Nueva Esperanza en Yopal, donde fue ultimada con arma de fuego una mujer identificada como Jineth Alejandra Alcalá Buitrago, de 19 años, conocida con el alias de “Aleja DT”, quien recibió tres impactos de bala y falleció en el lugar de los hechos.
De acuerdo con la información preliminar, la joven se encontraba en el sitio conversando con otra persona cuando fue abordada por dos hombres que se movilizaban en una motocicleta. El parrillero descendió del vehículo y, sin mediar palabra, le disparó en repetidas ocasiones con un arma de fuego tipo revólver.
Tras cometer el ataque, los agresores huyeron del lugar en contravía, con rumbo hacia la carrera 1, sin que hasta el momento se conozca su paradero. Las autoridades fueron alertadas de inmediato y acordonaron la zona para adelantar los actos urgentes.
Se conoció que la víctima se desempeñaba como trabajadora sexual en el sector del parque La Estancia. Las autoridades competentes asumieron la investigación para esclarecer los móviles del crimen y dar con la identificación y captura de los responsables.
CASANARE
Alcaldía de Yopal mantiene restricción al tránsito de motocicletas el 31 de diciembre y 01 de enero
La Alcaldía de Yopal, a través de la Secretaría de Movilidad, lamentó el trágico balance de seguridad vial registrado durante las festividades del 24 y 25 de diciembre, donde en tan solo 48 horas, cinco personas perdieron la vida en siniestros viales diferentes, una cifra que enciende las alarmas de las autoridades municipales.
El reporte oficial indica que la mortalidad en las vías de la capital casanareña ha experimentado un crecimiento crítico. En lo que va del año 2025, 73 personas han fallecido en accidentes de tránsito, superando las 67 víctimas registradas en el mismo periodo de 2024. Este aumento del 9% refleja la necesidad de un cambio drástico en el comportamiento ciudadano.
Ante esta situación y con el objetivo de salvaguardar la vida de los ciudadanos durante el cierre de año, la Administración Municipal reitera la vigencia del Decreto 184 de 19 de diciembre de 2025, el cual establece la restricción de circulación de motocicletas desde las 10:00 p.m. del 31 de diciembre hasta las 5:00 a.m. del 1 de enero y el jueves 01 desde las 10:00 p.m hasta las 5:00 a.m del viernes 02 de enero del 2026.
“La seguridad vial es un compromiso de todos. Instamos a los conductores a respetar las normas de tránsito y a ser conscientes de que su imprudencia no solo pone en riesgo su integridad, sino la vida de los demás”, declaró Michael Castro, Secretario de Movilidad de Yopal.
Intensificarán operativos de control
Igualmente, se intensificará los operativos de control en puntos estratégicos de la ciudad, se mantendrán las campañas de sensibilización y se aplicarán sanciones severas a quienes infrinjan la Ley.
Es de vital importancia el respeto a los límites de velocidad, la tolerancia cero al alcohol, el uso de elementos de protección (casco y cinturón) y evitar la fatiga o distracciones como el celular.
Se invita a la comunidad a denunciar conductas irresponsables y a multiplicar el mensaje de prevención entre familiares y amigos.
-
CASANARE19 horas agoJoven de 19 años fue asesinada a tiros en Yopal, sin mediar palabra le dispararon
-
CASANARE20 horas agoAlcaldía de Yopal mantiene restricción al tránsito de motocicletas el 31 de diciembre y 01 de enero
-
CASANARE14 horas agoA la cárcel administradores de hotel en Yopal por explotación sexual de menores
-
CASANARE21 horas agoGobernación de Casanare entrega polos apícolas para fortalecer la conservación ambiental


