CASANARE
ICA fijó requisitos para movilización de animales a zona libre con vacunación
El ICA actualizó los requisitos sanitarios para la movilización de animales susceptibles a fiebre aftosa y sus productos, desde la zonas de protección, que incluye algunos municipios de Norte de Santander y la anteriormente llamada zona de alta vigilancia, que comprende un área de 15 km desde la frontera con Venezuela, en los departamentos de Arauca, Vichada, y el municipio de Cubará, en Boyacá, hacia el resto del país.
Para la movilización de rumiantes y porcinos domésticos con destino a predios en las zonas libres con vacunación, la persona interesada deberá realizar una solicitud por escrito ante la oficina del ICA en donde esté registrado el predio de origen de los animales.
Para expedir la autorización, el ICA verificará que:
- El predio esté registrado ante la Entidad.
- Se hayan vacunado todos los bovinos contra la fiebre aftosa en los últimos cuatro ciclos.
- Los animales estén identificados con los dispositivos oficiales.
- Los animales se aislaron en una explotación durante los 30 días anteriores al embarque.
- Todos los animales aislados dieron resultados negativos en las pruebas de diagnóstico para la detección del virus de la fiebre aftosa.
- El Instituto hará la verificación de la condición sanitaria de los animales y la supervisión de embarque, así como el precintado de los vehículos.
- Para el caso de la movilización de rumiantes y porcinos domésticos desde las zonas de protección con destino directo a plantas de beneficio ubicadas en las zonas libres con vacunación y que cumplan con todos los requisitos anteriormente mencionados, no se aplicará la exigencia de deshuesar las canales, ni la retención de vísceras, cabezas, patas y hueso.
La movilización de rumiantes y porcinos domésticos desde las zonas de protección con destino directo a plantas de beneficio ubicadas en las zonas libres con vacunación deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Los predios deben tener la Autorización Sanitaria y de Inocuidad o estar certificados en Buenas Prácticas Ganaderas.
- Los animales han permanecido en la explotación de origen por lo menos tres meses antes del transporte a la planta de beneficio.
- Durante los 30 días anteriores al transporte, no haber introducido en la explotación de origen ningún animal susceptible a la fiebre aftosa y ningún animal de la explotación de origen debe haber manifestado signos clínicos de la enfermedad.
- Los animales se transportan directamente de la explotación de origen a planta de beneficio, bajo supervisión de la autoridad veterinaria, en un vehículo previamente lavado, desinfectado, y sin tener contacto con otros animales susceptibles a la fiebre aftosa.
Una vez finalizado el sacrificio, para la comercialización de las carnes frescas de estos animales se debe cumplir con:
deshuesado de las canales, retiro de los principales nódulos linfáticos, ser sometidas, antes del deshuese, a un proceso de maduración a una temperatura superior a +2 grados centígrados durante un periodo mínimo de 24 horas después del sacrificio, y en las que el pH de la carne, medido en el centro del músculo longissimus dorsi en cada mitad de canal, era inferior a 6.0.
Otros productos obtenidos de estos animales como vísceras, cabezas, patas y hueso deben ser retenidos y destruidos por representar un riesgo sanitario.
Para el caso de la movilización de rumiantes y porcinos domésticos desde la zona libre de fiebre aftosa con vacunación con destino a planta de beneficio dentro de las zonas de protección, se elaborará en conjunto con las plantas de beneficio, el Invima y el ICA un protocolo con el fin de permitir el sacrificio de animales para la comercialización en el resto del país.
Para la comercialización de carnes frescas de bovinos y bufalinos, desde una zona de protección con destino a una zona libre con vacunación, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Las carnes frescas deben provenir de canales deshuesadas, de las que se retiraron los principales nódulos linfáticos, que se sometieron, antes de ser deshuesadas, a un proceso de maduración a una temperatura superior a +2 grados centígrados durante un periodo mínimo de 24 horas después del sacrificio, y en las que el pH de la carne, medido en el centro del músculo longissimus dorsi en cada mitad de canal, era inferior a 6.0.
Otros productos obtenidos de estos animales como vísceras, cabezas, patas y hueso deben ser retenidos y destruidos por representar un riesgo sanitario.
Fuente: ICA
CASANARE
Ejército Nacional captura a alias Mara, presunto extorsionista en Casanare
En desarrollo de operaciones militares coordinadas con la Policía Nacional, tropas del Gaula Militar lograron la captura de un sujeto conocido con el alias de “Mara”, señalado de extorsión agravada y de emplear menores de edad en la comisión de este delito.
La operación se efectuó en el municipio de Paz de Ariporo. De acuerdo con las investigaciones, este individuo realizaba de manera reiterada cobros extorsivos a comerciantes de la región. El capturado fue puesto a disposición de las autoridades competentes para adelantar el proceso de judicialización correspondiente.
Con esta acción se mitiga el crecimiento delictivo de los grupos de delincuencia común en el departamento, se afecta su cadena criminal mediante la judicialización de sus integrantes y se fortalece la confianza institucional ante la población civil. De igual manera, se robustece la campaña Yo No Pago, Yo Denuncio, disponible a través de la línea 147 del Gaula Militar.
El Ejército Nacional reafirma su compromiso con la seguridad y la tranquilidad de los habitantes de Casanare, e invita a quienes sean víctimas o tengan conocimiento de estas prácticas delictivas a denunciarlas de manera oportuna.
CASANARE
A la cárcel mujer involucrada en asalto a mano armada de una finca en Sabanalarga
Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra Diana Carolina Díaz Peña, presunta responsable de participar en el hurto a una finca ubicada la vereda San Pedro, en zona rural de Sabanalarga (Casanare).
Un fiscal de la Seccional Casanare le imputó los delitos de secuestro simple y hurto calificado; ambas conductas agravadas; además de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. La mujer no aceptó los cargos.
Los hechos ocurrieron el pasado 23 de noviembre, cuando Díaz Peña llegó, en compañía de tres hombres en motocicletas, a la finca. Al parecer, ingresaron y amenazaron a cuatro personas, entre las cuales había dos menores de edad.
Los presuntos atacantes retuvieron a las víctimas por varias horas, a quienes encerraron en una habitación. Además, al parecer, se apoderaron de varios elementos de valor y dinero en efectivo, avaluados en más de 8 millones de pesos.
La Policía Nacional logró la captura en flagrancia de esta mujer cerca de un peaje del sector y le incautaron un revólver, munición dinero en efectivo y una motocicleta.
CASANARE
Cusianagas hace claridades sobre el precio del gas natural vehicular en Yopal
Desde Cusianagas informan a los usuarios de gas natural vehicular-GNV y a la comunidad en general de Yopal, que continúan trabajando para lograr las mejores condiciones de suministro, para los clientes de las estaciones de servicio.
Se conoce que una vez finalizado el Plan de Mando Unificado-PMU, tanto las agremiaciones de transportadores como la comunidad desean conocer el valor del metro cúbico de gas para el mes de diciembre de 2025 y para el año 2026.
En este punto, brindan algunas claridades:
El pasado 30 de noviembre de 2025 finalizó el contrato suscrito con Ecopetrol mediante el cual Cusianagas atendía la demanda de GNV en Yopal. Dicho contrato ofrecía un precio particularmente favorable, ya que fue firmado en 2019, en un contexto de alta oferta de gas que permitió acceder a condiciones económicas más bajas.
A partir del 01 de diciembre de 2025 y hasta febrero de 2026 se presenta un incremento en el precio teniendo en cuenta las condiciones ofertadas por Ecopetrol en el proceso de comercialización fuente Floreña publicado en el mes de septiembre de 2025.
Sin embargo, de acuerdo con las contrataciones realizadas por Cusianagas con otro agente del mercado, se logrará a partir del mes de marzo de 2026 y hasta noviembre del mismo año, un precio más favorable sobre la molécula de gas. Ese beneficio se trasladará al precio final en el componente de generación de gas, constituyendo un aspecto positivo para Yopal.
Es importante mencionar que cuando hablan de mercado regulado como el del gas domiciliario y del no regulado como el del gas vehicular, no quiere decir que este último no tenga unos parámetros definidos en la regulación.
En este sentido, los otros componentes del GNV como el Transporte y la Distribución sí son definidos a través de regulación nacional.
Finalmente, está el componente de la Comercialización, que se determina no solo con la estructura de costos de cada Estación de Servicio, sino además, con observancia al comportamiento de las variables macroeconómicas que se actualizan al cierre de cada año.
Desde Cusianagas ratifican el compromiso de trasladar a sus usuarios los beneficios asociados a la obtención del gas, así como de impulsar todas las acciones necesarias para facilitar su acceso a condiciones de mercado más favorables.
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