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ICA fijó requisitos para movilización de animales a zona libre con vacunación

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El ICA actualizó los requisitos sanitarios para la movilización de animales susceptibles a fiebre aftosa y sus productos, desde la zonas de protección, que incluye algunos municipios de Norte de Santander y la anteriormente llamada zona de alta vigilancia, que comprende un área de 15 km desde la frontera con Venezuela, en los departamentos de Arauca, Vichada, y el municipio de Cubará, en Boyacá, hacia el resto del país.

Para la movilización de rumiantes y porcinos domésticos con destino a predios en las zonas libres con vacunación, la persona interesada deberá realizar una solicitud por escrito ante la oficina del ICA en donde esté registrado el predio de origen de los animales.

Para expedir la autorización, el ICA verificará que:

  • El predio esté registrado ante la Entidad.
  • Se hayan vacunado todos los bovinos contra la fiebre aftosa en los últimos cuatro ciclos.
  • Los animales estén identificados con los dispositivos oficiales.
  • Los animales se aislaron en una explotación durante los 30 días anteriores al embarque.
  • Todos los animales aislados dieron resultados negativos en las pruebas de diagnóstico para la detección del virus de la fiebre aftosa.
  • El Instituto hará la verificación de la condición sanitaria de los animales y la supervisión de embarque, así como el precintado de los vehículos.
  • Para el caso de la movilización de rumiantes y porcinos domésticos desde las zonas de protección con destino directo a plantas de beneficio ubicadas en las zonas libres con vacunación y que cumplan con todos los requisitos anteriormente mencionados, no se aplicará la exigencia de deshuesar las canales, ni la retención de vísceras, cabezas, patas y hueso.

La movilización de rumiantes y porcinos domésticos desde las zonas de protección con destino directo a plantas de beneficio ubicadas en las zonas libres con vacunación deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Los predios deben tener la Autorización Sanitaria y de Inocuidad o estar certificados en Buenas Prácticas Ganaderas.
  • Los animales han permanecido en la explotación de origen por lo menos tres meses antes del transporte a la planta de beneficio.
  • Durante los 30 días anteriores al transporte, no haber introducido en la explotación de origen ningún animal susceptible a la fiebre aftosa y ningún animal de la explotación de origen debe haber manifestado signos clínicos de la enfermedad.
  • Los animales se transportan directamente de la explotación de origen a planta de beneficio, bajo supervisión de la autoridad veterinaria, en un vehículo previamente lavado, desinfectado, y sin tener contacto con otros animales susceptibles a la fiebre aftosa.

Una vez finalizado el sacrificio, para la comercialización de las carnes frescas de estos animales se debe cumplir con:

deshuesado de las canales, retiro de los principales nódulos linfáticos, ser sometidas, antes del deshuese, a un proceso de maduración a una temperatura superior a +2 grados centígrados durante un periodo mínimo de 24 horas después del sacrificio, y en las que el pH de la carne, medido en el centro del músculo longissimus dorsi en cada mitad de canal, era inferior a 6.0.

Otros productos obtenidos de estos animales como vísceras, cabezas, patas y hueso deben ser retenidos y destruidos por representar un riesgo sanitario.

Para el caso de la movilización de rumiantes y porcinos domésticos desde la zona libre de fiebre aftosa con vacunación con destino a planta de beneficio dentro de las zonas de protección, se elaborará en conjunto con las plantas de beneficio, el Invima y el ICA un protocolo con el fin de permitir el sacrificio de animales para la comercialización en el resto del país.

Para la comercialización de carnes frescas de bovinos y bufalinos, desde una zona de protección con destino a una zona libre con vacunación, se deben cumplir los siguientes requisitos:

Las carnes frescas deben provenir de canales deshuesadas, de las que se retiraron los principales nódulos linfáticos, que se sometieron, antes de ser deshuesadas, a un proceso de maduración a una temperatura superior a +2 grados centígrados durante un periodo mínimo de 24 horas después del sacrificio, y en las que el pH de la carne, medido en el centro del músculo longissimus dorsi en cada mitad de canal, era inferior a 6.0.

Otros productos obtenidos de estos animales como vísceras, cabezas, patas y hueso deben ser retenidos y destruidos por representar un riesgo sanitario.

Fuente: ICA

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Cinco muertos dejaron accidentes de tránsito en Yopal durante la Navidad

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ACCIDENTES

Una trágica racha de accidentes de tránsito en diferentes vías del municipio de Yopal que dejó como saldo cinco personas fallecidas, se registró durante la celebración de la Navidad, entre los días 24 y 25 de diciembre. Cuatro de las víctimas fatales se movilizaban en motocicletas.

La noche del 24 de diciembre perdieron la vida Fabián Andrés Castaño Reyes y Nicolás Díaz, dos jóvenes que se movilizaban por la vía que conduce hacia Sirivana, donde sufrieron un grave accidente saliéndose de la vía e impactando contra un poste. Uno de los jóvenes falleció en el lugar del accidente, mientras que el otro perdió la vida momentos después en un centro asistencial.

Al día siguiente, hacia el mediodía del 25 de diciembre, se confirmó el fallecimiento de Estiven Cárdenas, aprendiz del Sena del programa de formación Tecnólogo en Implementación y Mantenimiento en Sistemas de Instrumentación y Control de Procesos Industriales y trabajador de la Discoteca Plaza Juárez, quien se accidentó mientras se desplazaba en motocicleta por la diagonal 47 de la capital casanareña, por el sector de los bicicarriles, perdiendo el control del vehículo y golpeándose fuertemente la cabeza. Falleció en el lugar del accidente.

Sobre las 6:00 de la tarde del 25 de diciembre, se presentó otro hecho fatal en el descenso de la vereda Buenavista, donde murió William Gómez, de 65 años, conocido popularmente como “Don Cali”, experimentado conductor de una grúa. quien falleció cuando el vehículo perdió el sistema de frenos en el vertiginoso descenso y se salió de la vía, colisionando contra varios árboles y falleciendo en el lugar del siniestro.

Finalmente, en horas de la noche, se conoció el deceso en centro asistencial de Jhon López, conductor de una motocicleta que resultó gravemente herido en un accidente ocurrido en la calle 24 con carrera 19 de Yopal en choque de dos motocicletas.

Las autoridades de tránsito reiteraron el llamado a la prudencia y al respeto por las normas viales, especialmente durante temporadas festivas, al tiempo que avanzan las investigaciones para establecer las causas de cada uno de los accidentes y determinar posibles responsabilidades.

Con estas cifras, se eleva a 73 el número de personas fallecidas en Yopal durante lo corrido de 2025 en accidentes de tránsito, la gran mayoría de ellas en motocicleta.

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Más de 35 años de cárcel para hombre que mató a su mamá por asfixia en Yopal

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Luego de acoger las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, un juez de conocimiento condenó a Juan Manuel Sánchez López a 35 años y 10 meses de prisión, como responsable del delito de homicidio agravado.

Como se informara en su momento, el 18 de junio del 2023 en una vivienda de Torres de San Marcos en Yopal, Sánchez
López de 28 años, le causó la muerte a su mamá a través de asfixia mecánica.

Lea también: En lamentable hecho de intolerancia joven asfixió a su mamá en Yopal

Uniformados de la Policía Nacional acudieron a la vivienda tras una alerta recibida por una agresión que se estaba presentando en el lugar, sin embargo, al llegar la víctima ya había fallecido.

El juez del caso condenó al agresor a la inhabilitación del ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 20 años, y la suspensión de todo tipo de mecanismo sustitutivo de la pena.

Esta decisión es de primera instancia y sobre ella proceden los recursos de ley.

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Casa por cárcel para auxiliar del INPEC sorprendido con estupefacientes en La Guafilla

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La Fiscalía General de la Nación judicializó a Johan Merchán Jaimes, auxiliar del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), quien, al parecer, tenía en su poder estupefacientes, durante su guardia en la cárcel donde trabaja.

Un fiscal de la Seccional Casanare le imputó el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes. El procesado no aceptó los cargos.

Los hechos ocurrieron el pasado 11 de diciembre, cuando la guardia del Inpec capturó en flagrancia al auxiliar, después de que encontraron en su poder, al parecer, aproximadamente 3 kilos de marihuana y cocaína, además equipos de comunicación.

Un juez de control de garantías le impuso medida privativa de la libertad en su lugar de domicilio.

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