CASANARE
ICA fijó requisitos para movilización de animales a zona libre con vacunación

El ICA actualizó los requisitos sanitarios para la movilización de animales susceptibles a fiebre aftosa y sus productos, desde la zonas de protección, que incluye algunos municipios de Norte de Santander y la anteriormente llamada zona de alta vigilancia, que comprende un área de 15 km desde la frontera con Venezuela, en los departamentos de Arauca, Vichada, y el municipio de Cubará, en Boyacá, hacia el resto del país.
Para la movilización de rumiantes y porcinos domésticos con destino a predios en las zonas libres con vacunación, la persona interesada deberá realizar una solicitud por escrito ante la oficina del ICA en donde esté registrado el predio de origen de los animales.
Para expedir la autorización, el ICA verificará que:
- El predio esté registrado ante la Entidad.
- Se hayan vacunado todos los bovinos contra la fiebre aftosa en los últimos cuatro ciclos.
- Los animales estén identificados con los dispositivos oficiales.
- Los animales se aislaron en una explotación durante los 30 días anteriores al embarque.
- Todos los animales aislados dieron resultados negativos en las pruebas de diagnóstico para la detección del virus de la fiebre aftosa.
- El Instituto hará la verificación de la condición sanitaria de los animales y la supervisión de embarque, así como el precintado de los vehículos.
- Para el caso de la movilización de rumiantes y porcinos domésticos desde las zonas de protección con destino directo a plantas de beneficio ubicadas en las zonas libres con vacunación y que cumplan con todos los requisitos anteriormente mencionados, no se aplicará la exigencia de deshuesar las canales, ni la retención de vísceras, cabezas, patas y hueso.
La movilización de rumiantes y porcinos domésticos desde las zonas de protección con destino directo a plantas de beneficio ubicadas en las zonas libres con vacunación deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Los predios deben tener la Autorización Sanitaria y de Inocuidad o estar certificados en Buenas Prácticas Ganaderas.
- Los animales han permanecido en la explotación de origen por lo menos tres meses antes del transporte a la planta de beneficio.
- Durante los 30 días anteriores al transporte, no haber introducido en la explotación de origen ningún animal susceptible a la fiebre aftosa y ningún animal de la explotación de origen debe haber manifestado signos clínicos de la enfermedad.
- Los animales se transportan directamente de la explotación de origen a planta de beneficio, bajo supervisión de la autoridad veterinaria, en un vehículo previamente lavado, desinfectado, y sin tener contacto con otros animales susceptibles a la fiebre aftosa.
Una vez finalizado el sacrificio, para la comercialización de las carnes frescas de estos animales se debe cumplir con:
deshuesado de las canales, retiro de los principales nódulos linfáticos, ser sometidas, antes del deshuese, a un proceso de maduración a una temperatura superior a +2 grados centígrados durante un periodo mínimo de 24 horas después del sacrificio, y en las que el pH de la carne, medido en el centro del músculo longissimus dorsi en cada mitad de canal, era inferior a 6.0.
Otros productos obtenidos de estos animales como vísceras, cabezas, patas y hueso deben ser retenidos y destruidos por representar un riesgo sanitario.
Para el caso de la movilización de rumiantes y porcinos domésticos desde la zona libre de fiebre aftosa con vacunación con destino a planta de beneficio dentro de las zonas de protección, se elaborará en conjunto con las plantas de beneficio, el Invima y el ICA un protocolo con el fin de permitir el sacrificio de animales para la comercialización en el resto del país.
Para la comercialización de carnes frescas de bovinos y bufalinos, desde una zona de protección con destino a una zona libre con vacunación, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Las carnes frescas deben provenir de canales deshuesadas, de las que se retiraron los principales nódulos linfáticos, que se sometieron, antes de ser deshuesadas, a un proceso de maduración a una temperatura superior a +2 grados centígrados durante un periodo mínimo de 24 horas después del sacrificio, y en las que el pH de la carne, medido en el centro del músculo longissimus dorsi en cada mitad de canal, era inferior a 6.0.
Otros productos obtenidos de estos animales como vísceras, cabezas, patas y hueso deben ser retenidos y destruidos por representar un riesgo sanitario.
Fuente: ICA
CASANARE
Mujer perdió la vida en choque de motocicletas en Yopal, conducidas por menores de edad

Un trágico accidente de tránsito se registró la noche del miércoles 2 de abril en Yopal, elevando a 15 el número de fallecidos en siniestros viales en lo que va del 2025 en la capital de Casanare.
El incidente ocurrió alrededor de las 7:55 p.m. en la intersección de la calle 24 con carrera 24, donde colisionaron dos motocicletas conducidas por menores de edad.
Según informes de la Secretaría de Movilidad de Yopal, los conductores, de 14 y 17 años respectivamente, sufrieron heridas leves y fueron trasladados a un centro asistencial. Lamentablemente, Luz Aida Uribe García, de 49 años y oriunda de Bucaramanga, quien viajaba como acompañante en una de las motocicletas conducida por su nieto, perdió la vida en el lugar del accidente.
Las autoridades locales han expresado su preocupación por el aumento de víctimas mortales en accidentes de tránsito en Yopal durante el 2025. Hasta el 1 de abril, se habían reportado 14 fallecidos en siniestros viales en la ciudad. Este reciente accidente eleva la cifra a 15, superando las estadísticas del mismo periodo en años anteriores.
Las causas del accidente aún están bajo investigación por parte de las autoridades competentes. Se hace un llamado a la comunidad para reforzar las medidas de seguridad vial y evitar que menores de edad conduzcan vehículos automotores, con el fin de prevenir futuras tragedias en las vías de la ciudad.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Casanare recibe el primero de dos carrotanques gestionados para atender emergencias

El departamento de Casanare ha recibido el primero de dos carrotanques gestionados ante el Gobierno Nacional para fortalecer su capacidad de respuesta frente a emergencias.
La entrega fue realizada por la Unidad Nacional Para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) y recibida en La Guajira por el director de Gestión del Riesgo, Guillermo Velandia.
Estos vehículos estarán destinados a mitigar el desabastecimiento de agua y atender incendios forestales en los 19 municipios. La asignación de los carrotanques es el resultado de las gestiones adelantadas por el gobernador César Ortiz Zorro, quien ha trabajado para fortalecer la maquinaria disponible en la atención de emergencias. Según la UNGRD, el segundo carrotanque llegará a este departamento en las próximas semanas.
Es importante señalar que, durante el corrido del año, se han distribuido con los carrotanques de la Gobernación de Casanare, 2.300.000 litros de agua a familias vulnerables en los municipios de Yopal, Tauramena, Támara, Nunchía, Hato Corozal y Paz de Ariporo, garantizando el abastecimiento en zonas afectadas.
Con los nuevos vehículos, Casanare amplía su capacidad operativa, mejora la prevención y respuesta ante eventos naturales.
“En nombre de los casanareños agradecemos a Carlos Carrillo, director de la UNGRD, por tener en cuenta a nuestro departamento con estos equipos que son realmente muy valiosos en el desempeño de nuestro trabajo “, señaló Velandia.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Nuevos prestadores educativos de Casanare, hay talleres informativos para obtener Licencia de Funcionamiento

La Gobernación de Casanare, a través de la Secretaría de Educación, invita a los nuevos prestadores del servicio educativo a participar en una serie de talleres informativos sobre los procesos para obtener la licencia de funcionamiento, los próximos 9 y 10 de abril de 2025.
Taller para Establecimientos de Educación Formal Privada
Fecha: 9 de abril de 2025
Hora: 8:30 am
Lugar: Auditorio La Ceiba, Yopal, Casanare
Taller para Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano (ETDH) y Centros de Enseñanza Automovilística (CEA)
Fecha: 10 de abril de 2025
Hora: 8:30 am
Lugar: Auditorio La Ceiba, Yopal, Casanare
La licencia de funcionamiento es un permiso oficial que autoriza a un establecimiento educativo a operar y ofrecer el servicio público educativo. La Secretaría de Educación de la entidad territorial correspondiente es la responsable de expedir esta licencia.
Estos talleres se enmarcan en el reglamento territorial para el ejercicio de la inspección, vigilancia y control a la prestación del servicio educativo, según la Resolución N° 4037 de 2024.
Para más detalles e inscripciones, los interesados pueden comunicarse a través del correo electrónico: inspeccionyvigilancia@sedcasanare.gov.co oa la línea: 038-633339 EXT 1226
Se invita a todos los nuevos prestadores del servicio educativo a participar en estos importantes talleres de orientación.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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