CASANARE
Hoy en Yopal se realizará el Segundo Foro de Propiedad Horizontal
La Mesa Nacional de propiedad Horizontal es un espacio de participación ciudadana, creada en el 2013 por el Ministerio del Interior, está conformada por 16 regiones del pais.
Después de un exhaustivo análisis de las regulaciones contenidas en el proyecto de ley 511, que modificaría la Ley 675 de 2001 Régimen de Propiedad Horizontal, se reunirán en un evento realizado en la ciudad de Yopal, todas las regiones del país con más de 200 actores del sector en encuentro denominado SEGUNDO FORO DE PROPIEDAD HORIZONTAL, que tiene como sede el Municipio de Yopal – Casanare, pretendiendo lograr se escuche la voz de los ciudadanos que vivimos en Propiedad Horizontal, a los cuales la normatividad que se pretende aprobar, lesiona derechos de las comunidades que habitan en el Régimen de propiedad Horizontal, de los cuales referiremos algunos de los aspectos, como:
- ENTREGA DE AREAS COMUNES. El proyecto 511 pretende que el proceso de entrega comunes se realice con el ADMINISTRADOR PROVISIONAL, que, para los efectos de ley, es un contratista del Constructor, lo cual implica que las personas que adquieren vivienda sometida al régimen de propiedad horizontal, tengan que recibir las areas comunes, en las condiciones constructivas en que estén, sin la posibilidad de negarse a recibir areas comunes que no cumplan con las normas, planos o licencias y obligar al constructor a responder por ellas. Esta regulación favorece al sector constructores.
- CÁMARA DE COMERCIO. El proyecto 511, pretende sacar del manejo del gobierno regional, la certificación de la representación legal, de las copropiedades y entregarla a la CAMARA DE COMERCIO, entidad que no conoce la dinámica de la propiedad horizontal, además que los tramite que realiza tienen costos, manejaría una base de datos de asuntos que desconoce, con peritos, entre otros.
- PARTICIPACION CIUDADANA. El proyecto 511, pretende trasladar la participación ciudadana generada de la creación de la MESA NACIONAL DE PROPIEDAD HORIZONTAL, por el Ministerio del Interior, e implementar unos consejos locales, que desdibujan el trabajo que se ha realizado en las regiones desde hace 8 años.
- USOS DEL SUELO. La propiedad horizontal en Colombia, se debe regir conforme lo estable el uso urbanístico, el proyecto de Ley afecta los intereses colectivos toda vez que a nivel urbanístico se debe regir los usos del suelo por lo que está establecido en el ordenamiento legal y no entregar esta potestad a la asamblea general de copropietarios.
- USOS TURISTICO. El proyecto 511, pretende que por medio de la asamblea general de copropietarios se autorice el uso turístico en la Propiedad Horizontal, aun cuando el reglamento de propiedad horizontal y el uso del suelo no lo permita, afectando los derechos de quienes adquieren un inmueble sometido bajo el régimen de propiedad horizontal de manera exclusiva a uso residencial. La ley debe respetar el uso del suelo establecido según la norma.
- El proyecto de ley 511, genera unas regulaciones para implementar el modelo de niveles en propiedad horizontal, generando responsabilidad de sostenibilidad del esquema, pero no reconoce el derecho de copropiedad sobre las areas comunes de todo el esquema, como quien dice, estoy obligado a sostener (pagar) pero no tengo derecho sobre lo que sostengo. Esta normativa favorece claramente al sector de Constructores quienes en los reglamentos se exoneran de pago de cuotas de administración en contravía de la Ley 675 de 2001.
OMISIONES EN EL PROYECTO DE LEY 511:
El proyecto de ley 511, adolesce de las siguientes regulaciones:
No hace Incorporación de personas jurídicas sometidas al régimen de propiedad horizontal, tales como: Parques industriales, zonas francas, terminales de transporte, grandes centros comerciales.
No regula el tiempo en que el propietario inicial, debe hacer entrega de los conjuntos integrados por etapas, lo cual permite que se prolongue en el tiempo la construccion manteniendo la comunidad de adquirentes de inmuebles, en inseguridad juridica, generando publicidad engañosa, en detrimento del consumidor inmobiliario.
No incorpora regulaciones estrictas para la construccion de inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, tampoco señala los criterios obligatorios para la elaboración del reglamento de sometimiento al régimen que en su inicio realiza el propietario inicial y que generalmente contiene regulaciones de exoneración de pagos de cuotas de administracion, realización de reformas por demas arbitrarias, sin que los propietarios puedan intervenir.
No genera obligación de puesta en marcha las regulaciones de propiedad horizontal, lo que implica que un constructor puede someter un inmueble a propiedad horizontal, imponiendo las regulaciones a quien compre inmuebles (pago de cuotas de administracion, cumplir con la obligaciones que señale), pero por decisión del constructor no vende el 51% de coeficientes, lo que implica mantener esa persona juridica en administracion provisional de manera indefinida, vulnerando los derechos de quienes compraron los inmuebles.
Fuente: Mesa Nacional de Propiedad Horizontal
CASANARE
Expolicía condenado a más de 16 años de cárcel por abusar sexualmente a una menor en Pore
La apelación presentada por la Fiscalía General de la Nación permitió que el Tribunal Superior de Yopal revocara el fallo absolutorio de primera instancia al exintegrante de la Policía Nacional, Didier Augusto Cabrera Díaz, por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado y lo condenó a la pena de 16 años y 8 meses de prisión.
La Fiscalía demostró que para enero de 2015, el sargento Cabrera Díaz fungía como subcomandante de la Estación de Policía de Pore, quien estableció contacto con una niña, de 13 años.
A los pocos días este hombre la invitó a salir, la llevó a una cabaña a las afueras del municipio y la accedió carnalmente. Semanas después de lo ocurrido, se conoció que la víctima estaba embarazada.
Este hombre fue condenado a la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el mismo tiempo de la pena principal. Además, el Tribunal le negó la suspensión condicional de la pena y la prisión domiciliaria.
Contra esta decisión procede el recurso de casación.
CASANARE
Posesionada nueva Agente Interventora de Capresoca EPS por la Supersalud
El Superintendente Nacional de Salud designó nuevos agentes interventores en las EPS con medida de intervención, entre ellas Capresoca.
La Superintendencia Nacional de Salud busca con esta decisión ser más eficaces, de cara a los requerimientos y demandas de los usuarios y darle cumplimiento a los componentes fundamentales del Plan Nacional de Desarrollo.
Nueva Agente Interventora de Capresoca
En Capesoca EPS fue designada Bety Cecilia Anaya Nieto, Administradora de Empresas, con Especialización en Auditoría en Salud y Maestría en Gerencia Estratégica, con experiencia de 24 años en el cumplimiento de labores del nivel directivo o asesor de entidades del sector salud y/o funciones similares a las del cargo de interventor.
La profesional fue posesionada virtualmente este viernes 14 de noviembre y a está ejerciendo sus funciones, garantizando la continuidad en la prestación del servicio, sin interrupciones ni afectación a los usuarios del Sistema de Salud.
CASANARE
A la cárcel invidente señalado de abusar sexualmente a un niño en Yopal
Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra un hombre invidente, señalado de agredir sexualmente a un vecino de 4 años, en Yopal.
Un fiscal de la Seccional Casanare le imputó el delito de actos sexuales con menor de 14 años. El procesado no aceptó el cargo.
Según la Fiscalía, los hechos ocurrieron en una vivienda del barrio Villa David la tarde del pasado 8 de noviembre, cuando el presunto agresor de 47 años, fue sorprendido por la madre de la víctima, mientras estaba desnudo y acostado con el niño en un chinchorro.
La comunidad informó de inmediato a la policía, quien capturó en flagrancia a este hombre.


