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CASANARE

Historia: Casanare en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991

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PEDRO NEL

En la ciudad de Bogotá, el 5 de febrero de 1991, a las 11 de la mañana se instaló la Asamblea Nacional Constituyente, compuesta por 70 Delegatarios que habían sido elegidos el 9 de diciembre de 1990.

Sus integrantes juraron cumplir la Constitución Política, que para la época correspondía a la expedida en 1886. En las primeras sesiones declararon la Asamblea en forma autónoma, soberana, libre e independiente, la cual cesó en sus funciones el 4 de julio de 1991. Sus deliberaciones se desarrollaron en sesiones de cinco comisiones y plenarias, más la comisión codificadora. Fue presidida por los copresidentes Horacio Serpa Uribe, Álvaro Gómez Hurtado y Antonio José Navarro Wolff. (Delegatarios véase Gaceta No.127).

Bajo la presidencia de Juan Gómez Martínez y la vicepresidencia de Lorenzo Muelas Hurtado de la Comisión Segunda de Ordenamiento Territorial de la Asamblea Nacional Constituyente, se suscitó la discusión sobre el derecho a la igualdad de los territorios que para esa época conformaban la organización política territorial según la Constitución de 1886, que correspondía a departamentos, intendencias nacionales y comisarías Especiales. Esa voluntad constituyente buscaba la igualdad jurídica para todos los territorios de Colombia; lo que requería el trámite para la departamentalización de los llamados territorios nacionales y así lograr su autonomía y descentralización administrativa.

La iniciativa constituyente creaba nuevos departamentos, al erigirse como tales a los territorios de las intendencias nacionales de Arauca, Casanare, Putumayo, el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina; y las comisarías especiales de Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada; voluntad constituyente que finalmente fue plasmada en el artículo 309 de la nueva Constitución Política.

Según el ARTÍCULO TRANSITORIO 16, la primera elección popular de gobernadores se realizó el 27 de octubre de 1991, con posesión de los nuevos mandatarios el 2 de enero de 1992. El primer gobernador elegido popularmente en Casanare fue el abogado Oscar Leonidas Wilchez Carreño. Al cumplirse 30 años de expedición de la Constitución, éste cargo lo ejerce
el ingeniero Salomón Sanabria Chacón, en el periodo constitucional 2020 – 2023.

La igualdad territorial se vio limitada según el ARTÍCULO TRANSITORIO 17, al establecerse que la primera elección popular de gobernadores en los departamentos de Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada, se haría a más tardar en 1997; no obstante, se estableció que la ley podía fijar una fecha anterior. Al respecto, se expidió la Ley 45 de 1993 que autorizó la realización de elecciones en el mes de octubre de ese año, eligiéndose los primeros gobernadores por elección popular para esos territorios.

INTEGRANTES COMISIÓN SEGUNDA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL:

Presidente: JUAN GOMEZ MARTINEZ
Vicepresidente: LORENZO MUELAS HURTADO
JAIME CASTRO
EDUARDO ESPINOSA FACIO-LINCE
ORLANDO ENRIQUE FALS BORDA
JUAN B. FERNÁNDEZ RENOWITZKY
CARLOS FERNANDO GIRALDO ANGEL
JUAN GÓMEZ MARTÍNEZ
LORENZO MUELAS HURTADO
HECTOR PINEDA SALAZAR
AUGUSTO RAMIREZ CARDONA
CORNELIO REYES REYES
CARLOS HOLMES TRUJILLO GARCIA
EDUARDO VERANO DE LA ROSA
GUSTAVO ZAFRA ROLDAN

TRÁMITE EN LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE PARA LA DEPARTAMENTALIZACIÓN DE LAS INTENDENCIAS NACIONALES Y COMISARIAS ESPECIALES

(…) “Ponencia General LOS DEPARTAMENTOS – Preparada por el Constituyente: GUSTAVO ZAFRA ROLDÁN” (Ponente). Publicado: Gaceta Constitucional No.42 del 10 de abril de 1991, Página 10.  (…)

“1.2. Intendencia de Casanare

Situada también en la parte nororiental de la Orinoquía, limita con la Intendencia de Arauca, los departamentos de Boyacá y Meta y la Comisaría del Vichada. Tiene una extensión de 44.460 Km. Y en el censo de 1985 aparece con 147.000 habitantes.

Cuenta con 19 municipios, 14 corregimientos y 58 inspecciones de policía. Produce petróleo y es sede de una importante industria ganadera y agrícola. Dentro de esta última actividad produce arroz, maíz, plátano, café, yuca, palma africana, cacao, maderas y frutas. Fue creada como Comisaría en 1911, dependiendo del Departamento de Boyacá y en 1973, mediante Proyecto de Ley de que tuve el agrado de ser ponente, se le dio categoría de Intendencia.” (Ponencia presentada por el delegatario Cornelio Reyes – Gaceta 42).

“Informe Ponencia para Primer Debate de Plenaria – Del Ordenamiento Territorial – Constituyente: GUSTAVO ZAFRA ROLDÁN”. Publicado: Gaceta Constitucional No.80 del 23 de mayo de 1991, Página 11. (…)

“Artículo 32.- Erígense en departamento las intendencias de Arauca, Putumayo y Casanare y las comisarías del Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada. Dentro de los noventa días siguientes al inicio de dicha vigencia. El Gobierno dictará las normas necesarias para el desarrollo de estos departamentos.”

“ARTICULADO DE LAS CINCO COMISIONES.” (RELATORIA) Comisión II. Ordenamiento Territorial del Estado. Autonomía Regional y Local.” Publicado: Gaceta Constitucional No.83 del 27 de mayo de 1991, Artículo 32. Página 13. (resaltas extra gaceta).

(…) ARTÍCULO 32 – artículo 6 de la C.N. 1886.

El Texto: “Erígense en departamentos las intendencias de Arauca, Casanare y Putumayo y las comisarías de Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada. Dentro de los 90 días siguientes a la fecha de vigencia de esta Constitución el Gobierno dictará las normas necesarias para la organización y el funcionamiento de estos departamentos.” (…)

RELATORIA. “Artículos de la Constitución Política de Colombia Aprobados en Primer Debate.” Publicado: Gaceta Constitucional No.109 del 27 de junio de 1991, DEPARTAMENTALIZACIÓN DE LAS INTENDENCIAS Y COMISARIAS. Página 33.

Texto: “ART. DEPARTAMENTALIZACIÓN DE LAS INTENDENCIAS Y COMISARIAS.
Erígense en departamento las intendencias de Arauca, Casanare y Putumayo y las comisarías del Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada. Dentro de los noventa (90) días siguientes al inicio de dicha vigencia. El Gobierno dictará las normas necesarias para el desarrollo de estos departamentos.

También liquidará las entidades que hoy administran las intendencias y comisarías y traspasará sus bienes y recursos a los nuevos departamentos (aprobado 22 de junio 1991).”

Relatoría – “Codificación del Articulado de la Constitución de Colombia para Segundo Debate”: Publicado: Gaceta Constitucional No.113 del 5 de julio de 1991, Artículo 326. Página 23.

Texto: “ARTICULO 326.- Erígense en departamento las intendencias de Arauca, Casanare, Putumayo, el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y las comisarías del Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada. Los bienes y derechos que a cualquier título pertenecían a las intendencias y comisarias continuarán siendo de propiedad de los
respectivos departamentos.”

Texto final: Publicado: Gaceta Constitucional No.114 del 7 de julio de 1991, Artículo 309. Página 21. En esta gaceta de la Asamblea Nacional Constituyente se publica las fotos de todos  los Constituyentes, y con signos de admiración la expresión literal de ¡Cumplimos! Con pie de página de “Constitución 1991” con texto aprobado definitivo.

Texto: “ARTICULO 309. Erígense en departamento las intendencias de Arauca, Casanare, Putumayo, el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y las comisarías del Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada. Los bienes y derechos que a cualquier título pertenecían a las intendencias y comisarias continuarán siendo de propiedad de los
respectivos departamentos.”

“Compilación hecha por la Relatoría como trabajo final, teniendo en cuenta el texto Constitucional publicado en la Gaceta No.114, el adendo (fe de erratas) publicado en la Gaceta No.116 y las Aclaraciones de la Secretaría General de la Asamblea Nacional Constituyente de 6 de septiembre de 1991, Gaceta No.125.”
Publicado: Gaceta Constitucional No.127 del 10 de octubre de 1991, Artículo 309. Página 23.

Texto: “ARTICULO 309. Erígense en departamento las intendencias de Arauca, Casanare, Putumayo, el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y las comisarías del Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada. Los bienes y derechos que a cualquier título pertenecían a las intendencias y comisarias continuarán siendo de propiedad de los
respectivos departamentos.”

En esta Gaceta No.127 del jueves 10 de octubre de 1991, se publica el texto de la “Constitución Política de Colombia 1991”, y la mención de gobierno así: CESAR GAVIRIA TRUJILLO Presidente de la República. HUMBERTO DE LA CALLE LOMBANA, Ministro de Gobierno y MANUEL JOSE CEPEDA Consejero para Asuntos Constitucionales.

PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE 1991

CONSTITUCIÓN

Bajo la Presidencia Tripartita conformada por los doctores Horacio Serpa Uribe, Álvaro Gómez Hurtado y Antonio José Navarro Wolff, el 4 de julio de 1991, se promulgó la nueva Constitución Política de Colombia, firmada por el Presidente de la República Cesar Gaviria Trujillo.

Preparó: PEDRO NEL PINZÓN GÜIZA – Abo. Esp. Derecho Constitucional

CASANARE

Más de 270 niños participaron en el Primer Festival Infantil de la Canción Llanera, organizado por Ecopetrol

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Ecopetrol, a través de su programa ‘Sembrando Joropo’, celebró el Primer Festival Infantil de la Canción Llanera ‘Canta Claro’, en Yopal, Casanare, con la participación de más de 270 niños y jóvenes de ocho instituciones educativas rurales de la región.

Al evento, que tuvo como propósito fomentar la cultura de la región, asistieron compositores nacionales que crearon repertorios especiales para los niños. Los jóvenes talentos, con edades entre 7 y 18 años, cautivaron al público con la interpretación de 15 canciones seleccionadas previamente.

“El festival responde a la necesidad de crear un repertorio de música llanera para niños. Esta inquietud motivó a Ecopetrol y a la Fundación a promover la creación de canciones con letras enfocadas en educar y transmitir valores culturales”, destacó Sandra Saavedra, directora de La Fundación, operador del programa Sembrando Joropo.

El evento celebró la música y resaltó las raíces compartidas entre los compositores y sus familias, quienes invitaron a sus hijos, nietos y sobrinos a interpretar sus piezas musicales. Participantes provenientes de comunidades rurales de Yopal, Aguazul, Tauramena, Paz de Ariporo y Orocué interpretaron piezas inspiradas en el amor por el llano, el cuidado de los animales, la naturaleza, así como en las costumbres y tradiciones locales.

Premiaciones

Las obras ganadoras en la categoría de mejor composición fueron: “Los sapos fiesteros” de William Barrera Rivero (primer lugar), “Mi caballito de palo” de Jorge Caleb Delgadillo (segundo lugar) y “OE” de Libia Beatriz Parales (tercer lugar). Barrera comentó que su canción narra una historia festiva con un fraseo rítmico que resalta la tradición musical del llano.

En la categoría de interpretación, Johan David Cabaneiro se llevó el primer lugar con “Mi mayor fortuna”, una pieza escrita por su padre Luis Ricardo Cabaneiro Urbano. Isabella Pulido obtuvo el segundo lugar con “Mi más bello aprendizaje”, también compuesta por su padre Carlos Andrés Pulido.

Se otorgó un reconocimiento especial a Gustavo Montaña Riaño por su obra “Gran señora y caballero”, interpretada por su nieta Gabriela.

Estrategia cultural

El jurado, compuesto por destacados artistas y compositores como Alexis Forero Valderrama “Alekos”, diseñador gráfico colombo español; Carlos César Ortegón “Cachi”, investigador y compositor; y Andrés Leal, músico y productor, valoró la calidad artística y el mensaje transmitido en las obras.

“Con esta iniciativa del Plan de Gestión Social Integrado (PGSI) fortalecemos el legado cultural regional, unimos generaciones a través de la música y promovemos el talento infantil en el corazón del llano. Este encuentro no solo celebra el joropo; es una muestra del trabajo conjunto con comunidades y organizaciones locales para conservar nuestro patrimonio cultural”, manifestó Alexander Álvarez, coordinador Social de Ecopetrol en Piedemonte.

Desde el año 2020 el programa ‘Sembrando Joropo’ ha beneficiado a más de 3.700 personas en Yopal, Aguazul y Tauramena, mediante el fortalecimiento de las capacidades artísticas y la promoción del talento infantil de la región.

Fuente: Ecopetrol

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Continúa búsqueda de joven mujer desaparecida en Yopal desde el 25 de agosto

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Familiares y allegados de Ángela Patricia Salas Ruíz, desaparecida desde el 25 de agosto en la ciudad de Yopal, claman a las autoridades para que continúen las acciones que permitan hallarla lo más pronto posible.

En horas de la tarde del 20 de noviembre, lamentablemente resultó infructuosa la búsqueda que realizaron autoridades en una vivienda de la Ciudadela La Bendición de Yopal, quienes mediante diligencia de inspección intentaron corroborar versiones que señalaban que Ángela Patricia, habría sido asesinada por su expareja sentimental y sepultada en el pozo séptico de la residencia.

Las autoridades no encontraron indicios de corroboraran las versiones, por lo que continúan su investigación para tratar de dar con el paradero de la mujer, cuya desaparición mantiene en zozobra a sus familiares, que ruegan a las autoridades mantener la búsqueda de la joven de 22 años.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Traían marihuana y cocaína de Bogotá y vendían a domicilio en Yopal y Aguazul, fueron enviados a la cárcel

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La Fiscalía judicializó a tres hombres, presuntos integrantes del grupo delincuencial Los Mayoristas, dedicado al tráfico local de estupefacientes en los municipios de Yopal y Aguazul (Casanare), bajo la modalidad de entregas a domicilio.

Óscar Giovanni Acosta Fuentes, Carlos Andrés Ramírez y Óscar Duván Lozano Montaña, fueron presentados ante un juez de control de garantías, e imputados como presuntos responsables de cometer los delitos de concierto para delinquir agravado y tráfico, fabricación o porte de estupefacientes. Los procesados no aceptaron los cargos.

De acuerdo con la investigación, se evidenció que los estupefacientes eran transportados desde Bogotá hasta Yopal, donde, al parecer, los almacenaban y dosificaban, para ser distribuidos en Yopal y Aguazul.

Durante  el desarrollo de una diligencia de registro y allanamiento, realizada en un inmueble de Yopal, fueron incautados 7 millones de pesos en efectivo, marihuana, clorhidrato de cocaína, elementos para la dosificación y equipos celulares, con los cuales, presuntamente, hacían los contactos para la venta ilícita.

El juez acogió la solicitud de la Fiscalía y los envió a la cárcel.

Fuente: Fiscalía General de la Nación

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