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CASANARE

Historia: Casanare en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991

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PEDRO NEL

En la ciudad de Bogotá, el 5 de febrero de 1991, a las 11 de la mañana se instaló la Asamblea Nacional Constituyente, compuesta por 70 Delegatarios que habían sido elegidos el 9 de diciembre de 1990.

Sus integrantes juraron cumplir la Constitución Política, que para la época correspondía a la expedida en 1886. En las primeras sesiones declararon la Asamblea en forma autónoma, soberana, libre e independiente, la cual cesó en sus funciones el 4 de julio de 1991. Sus deliberaciones se desarrollaron en sesiones de cinco comisiones y plenarias, más la comisión codificadora. Fue presidida por los copresidentes Horacio Serpa Uribe, Álvaro Gómez Hurtado y Antonio José Navarro Wolff. (Delegatarios véase Gaceta No.127).

Bajo la presidencia de Juan Gómez Martínez y la vicepresidencia de Lorenzo Muelas Hurtado de la Comisión Segunda de Ordenamiento Territorial de la Asamblea Nacional Constituyente, se suscitó la discusión sobre el derecho a la igualdad de los territorios que para esa época conformaban la organización política territorial según la Constitución de 1886, que correspondía a departamentos, intendencias nacionales y comisarías Especiales. Esa voluntad constituyente buscaba la igualdad jurídica para todos los territorios de Colombia; lo que requería el trámite para la departamentalización de los llamados territorios nacionales y así lograr su autonomía y descentralización administrativa.

La iniciativa constituyente creaba nuevos departamentos, al erigirse como tales a los territorios de las intendencias nacionales de Arauca, Casanare, Putumayo, el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina; y las comisarías especiales de Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada; voluntad constituyente que finalmente fue plasmada en el artículo 309 de la nueva Constitución Política.

Según el ARTÍCULO TRANSITORIO 16, la primera elección popular de gobernadores se realizó el 27 de octubre de 1991, con posesión de los nuevos mandatarios el 2 de enero de 1992. El primer gobernador elegido popularmente en Casanare fue el abogado Oscar Leonidas Wilchez Carreño. Al cumplirse 30 años de expedición de la Constitución, éste cargo lo ejerce
el ingeniero Salomón Sanabria Chacón, en el periodo constitucional 2020 – 2023.

La igualdad territorial se vio limitada según el ARTÍCULO TRANSITORIO 17, al establecerse que la primera elección popular de gobernadores en los departamentos de Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada, se haría a más tardar en 1997; no obstante, se estableció que la ley podía fijar una fecha anterior. Al respecto, se expidió la Ley 45 de 1993 que autorizó la realización de elecciones en el mes de octubre de ese año, eligiéndose los primeros gobernadores por elección popular para esos territorios.

INTEGRANTES COMISIÓN SEGUNDA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL:

Presidente: JUAN GOMEZ MARTINEZ
Vicepresidente: LORENZO MUELAS HURTADO
JAIME CASTRO
EDUARDO ESPINOSA FACIO-LINCE
ORLANDO ENRIQUE FALS BORDA
JUAN B. FERNÁNDEZ RENOWITZKY
CARLOS FERNANDO GIRALDO ANGEL
JUAN GÓMEZ MARTÍNEZ
LORENZO MUELAS HURTADO
HECTOR PINEDA SALAZAR
AUGUSTO RAMIREZ CARDONA
CORNELIO REYES REYES
CARLOS HOLMES TRUJILLO GARCIA
EDUARDO VERANO DE LA ROSA
GUSTAVO ZAFRA ROLDAN

TRÁMITE EN LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE PARA LA DEPARTAMENTALIZACIÓN DE LAS INTENDENCIAS NACIONALES Y COMISARIAS ESPECIALES

(…) “Ponencia General LOS DEPARTAMENTOS – Preparada por el Constituyente: GUSTAVO ZAFRA ROLDÁN” (Ponente). Publicado: Gaceta Constitucional No.42 del 10 de abril de 1991, Página 10.  (…)

“1.2. Intendencia de Casanare

Situada también en la parte nororiental de la Orinoquía, limita con la Intendencia de Arauca, los departamentos de Boyacá y Meta y la Comisaría del Vichada. Tiene una extensión de 44.460 Km. Y en el censo de 1985 aparece con 147.000 habitantes.

Cuenta con 19 municipios, 14 corregimientos y 58 inspecciones de policía. Produce petróleo y es sede de una importante industria ganadera y agrícola. Dentro de esta última actividad produce arroz, maíz, plátano, café, yuca, palma africana, cacao, maderas y frutas. Fue creada como Comisaría en 1911, dependiendo del Departamento de Boyacá y en 1973, mediante Proyecto de Ley de que tuve el agrado de ser ponente, se le dio categoría de Intendencia.” (Ponencia presentada por el delegatario Cornelio Reyes – Gaceta 42).

“Informe Ponencia para Primer Debate de Plenaria – Del Ordenamiento Territorial – Constituyente: GUSTAVO ZAFRA ROLDÁN”. Publicado: Gaceta Constitucional No.80 del 23 de mayo de 1991, Página 11. (…)

“Artículo 32.- Erígense en departamento las intendencias de Arauca, Putumayo y Casanare y las comisarías del Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada. Dentro de los noventa días siguientes al inicio de dicha vigencia. El Gobierno dictará las normas necesarias para el desarrollo de estos departamentos.”

“ARTICULADO DE LAS CINCO COMISIONES.” (RELATORIA) Comisión II. Ordenamiento Territorial del Estado. Autonomía Regional y Local.” Publicado: Gaceta Constitucional No.83 del 27 de mayo de 1991, Artículo 32. Página 13. (resaltas extra gaceta).

(…) ARTÍCULO 32 – artículo 6 de la C.N. 1886.

El Texto: “Erígense en departamentos las intendencias de Arauca, Casanare y Putumayo y las comisarías de Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada. Dentro de los 90 días siguientes a la fecha de vigencia de esta Constitución el Gobierno dictará las normas necesarias para la organización y el funcionamiento de estos departamentos.” (…)

RELATORIA. “Artículos de la Constitución Política de Colombia Aprobados en Primer Debate.” Publicado: Gaceta Constitucional No.109 del 27 de junio de 1991, DEPARTAMENTALIZACIÓN DE LAS INTENDENCIAS Y COMISARIAS. Página 33.

Texto: “ART. DEPARTAMENTALIZACIÓN DE LAS INTENDENCIAS Y COMISARIAS.
Erígense en departamento las intendencias de Arauca, Casanare y Putumayo y las comisarías del Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada. Dentro de los noventa (90) días siguientes al inicio de dicha vigencia. El Gobierno dictará las normas necesarias para el desarrollo de estos departamentos.

También liquidará las entidades que hoy administran las intendencias y comisarías y traspasará sus bienes y recursos a los nuevos departamentos (aprobado 22 de junio 1991).”

Relatoría – “Codificación del Articulado de la Constitución de Colombia para Segundo Debate”: Publicado: Gaceta Constitucional No.113 del 5 de julio de 1991, Artículo 326. Página 23.

Texto: “ARTICULO 326.- Erígense en departamento las intendencias de Arauca, Casanare, Putumayo, el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y las comisarías del Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada. Los bienes y derechos que a cualquier título pertenecían a las intendencias y comisarias continuarán siendo de propiedad de los
respectivos departamentos.”

Texto final: Publicado: Gaceta Constitucional No.114 del 7 de julio de 1991, Artículo 309. Página 21. En esta gaceta de la Asamblea Nacional Constituyente se publica las fotos de todos  los Constituyentes, y con signos de admiración la expresión literal de ¡Cumplimos! Con pie de página de “Constitución 1991” con texto aprobado definitivo.

Texto: “ARTICULO 309. Erígense en departamento las intendencias de Arauca, Casanare, Putumayo, el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y las comisarías del Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada. Los bienes y derechos que a cualquier título pertenecían a las intendencias y comisarias continuarán siendo de propiedad de los
respectivos departamentos.”

“Compilación hecha por la Relatoría como trabajo final, teniendo en cuenta el texto Constitucional publicado en la Gaceta No.114, el adendo (fe de erratas) publicado en la Gaceta No.116 y las Aclaraciones de la Secretaría General de la Asamblea Nacional Constituyente de 6 de septiembre de 1991, Gaceta No.125.”
Publicado: Gaceta Constitucional No.127 del 10 de octubre de 1991, Artículo 309. Página 23.

Texto: “ARTICULO 309. Erígense en departamento las intendencias de Arauca, Casanare, Putumayo, el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y las comisarías del Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada. Los bienes y derechos que a cualquier título pertenecían a las intendencias y comisarias continuarán siendo de propiedad de los
respectivos departamentos.”

En esta Gaceta No.127 del jueves 10 de octubre de 1991, se publica el texto de la “Constitución Política de Colombia 1991”, y la mención de gobierno así: CESAR GAVIRIA TRUJILLO Presidente de la República. HUMBERTO DE LA CALLE LOMBANA, Ministro de Gobierno y MANUEL JOSE CEPEDA Consejero para Asuntos Constitucionales.

PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE 1991

CONSTITUCIÓN

Bajo la Presidencia Tripartita conformada por los doctores Horacio Serpa Uribe, Álvaro Gómez Hurtado y Antonio José Navarro Wolff, el 4 de julio de 1991, se promulgó la nueva Constitución Política de Colombia, firmada por el Presidente de la República Cesar Gaviria Trujillo.

Preparó: PEDRO NEL PINZÓN GÜIZA – Abo. Esp. Derecho Constitucional

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Mujer perdió la vida en accidente de tránsito en inmediaciones de la Comuna 2 en Yopal

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Una mujer perdió la vida en la mañana de este jueves en un trágico accidente de tránsito registrado en el cruce de la calle 30 con carrera 33, en la ciudad de Yopal. La víctima fue identificada como Andrea Lilian Montaña Montaña, de 39 años, natural del municipio de Chámeza, quien se movilizaba en una motocicleta Yamaha de placa PDA 16E cuando colisionó contra un vehículo KIA Sportage de placas PIP207.

El impacto fue tan fuerte que la mujer perdió la vida en el lugar de los hechos. Al sitio acudieron unidades de tránsito y personal de criminalística, quienes realizaron el levantamiento del cuerpo y comenzaron la recolección de información para establecer cómo ocurrió este siniestro vial.

Preliminarmente se conoció que la víctima fatal se desplazaba por la carrera 33 en sentido norte sur, mientras que el vehículo particular lo hacía por la calle 30 en sentido hacia la vía Mate´pantano. En el mencionado cruce se produjo la violenta colisión contra el costado izquierdo de la camioneta. El impacto quedó reflejado contra las dos puertas del automotor.

Detrás de esta tragedia queda una historia que golpea profundamente a una familia. Andrea era madre soltera y deja dos hijos, quienes hoy deben enfrentar la dolorosa ausencia de su ser querido, una realidad que viven muchas familias cuando la vida se apaga de forma repentina en las vías.

Las autoridades adelantan las respectivas investigaciones para esclarecer las circunstancias del accidente, mientras este hecho vuelve a poner sobre la mesa el drama humano que dejan los siniestros viales: hogares marcados por el duelo, proyectos de vida truncados y familias que deben aprender a seguir adelante con una silla vacía en casa.

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Restos óseos hallados en Yopal correspondían a joven desaparecida desde 2024

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Los restos óseos hallados durante la construcción de obras de alcantarillado en la ciudadela La Bendición, en Yopal, correspondían a Ángela Patricia Salas Ruiz, una joven de 22 años que había sido reportada como desaparecida por sus familiares desde agosto de 2024.

La identificación se logró mediante pruebas de ADN practicadas por el Instituto de Medicina Legal, que permitieron cotejar el material genético con muestras de familiares cercanos.

De acuerdo con la información conocida, el análisis forense permitió establecer que los restos encontrados pertenecen a la joven desaparecida, cerrando así casi dos años de incertidumbre para sus allegados. Sin embargo, hasta el momento las autoridades no han emitido un pronunciamiento oficial confirmando públicamente este resultado, aunque los familiares ya lo hicieron.

Los restos fueron encontrados de manera accidental en abril de 2025, cuando se adelantaban excavaciones para la instalación de tuberías del sistema de alcantarillado en este sector de la capital casanareña. Trabajadores que realizaban la obra detectaron el material óseo, lo que obligó a suspender temporalmente las labores mientras unidades forenses realizaban el levantamiento correspondiente.

Posteriormente, los restos fueron trasladados a Medicina Legal para los análisis científicos que permitieran establecer su identidad. Mientras se espera un comunicado oficial de las autoridades, el caso vuelve a poner sobre la mesa la preocupación por las personas desaparecidas y las circunstancias que rodean este tipo de hechos en la región.

Por este caso, los familiares de la víctima siempre han puesto la lupa sobre un sujeto conocido con el alias de “Vitamina”, quien era la pareja sentimental de Ángela Patricia para la época de su desaparición, de quien se conoció que en estos momentos se encuentra detenido en la Cárcel de La Guafilla por otros delitos.

Lea también: Continúa búsqueda de joven mujer desaparecida en Yopal desde el 25 de agosto

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Recaudo del impuesto vehicular en Casanare se incrementó un 23%

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La Secretaría de Hacienda de Casanare reportó un notable incremento en el recaudo del impuesto vehicular, alcanzando la cifra de 2.600 millones de pesos. Este monto incluye 600 millones provenientes del cobro coactivo, lo que representa un crecimiento del 23% en comparación con el mismo periodo del año anterior, cuando el recaudo se situó en 400 millones de pesos.

Este aumento no solo fortalece las finanzas del departamento, proporcionando más recursos para la inversión pública en infraestructura y servicios, sino que también evidencia la confianza de los contribuyentes en las campañas de beneficios tributarios ofrecidas por la administración. Estos resultados son vitales para impulsar el desarrollo regional.

El impacto de las campañas ha sido significativo en la normalización de deudas, con 1.300 personas acercándose a las oficinas para ponerse al día con sus obligaciones. Adicionalmente, 242 procesos de cobro coactivo han sido cerrados exitosamente tras el pago de las deudas, lo que demuestra la efectividad de las medidas implementadas.

La administración departamental enfatiza que regularizar estas deudas ofrece seguridad jurídica a los ciudadanos. Al saldar sus obligaciones, la Secretaría de Hacienda procede de inmediato al levantamiento de medidas cautelares, previniendo embargos de cuentas bancarias y propiedades, y permitiendo a los propietarios circular y disponer de sus bienes con tranquilidad.

“Estamos logrando una recuperación de cartera histórica que se traduce en bienestar para el departamento y tranquilidad para las familias, quienes hoy pueden circular y disponer de sus bienes sin el temor de procesos legales”, manifestó Diana Nossa, directora de la Oficina de Cobro Coactivo de la Secretaría de Hacienda de Casanare.

A pesar de los resultados positivos, la gobernación advierte que aún existe un número considerable de vehículos con deudas pendientes que, si bien no han entrado en etapa coactiva, están próximos a ser ejecutados. Por ello, se extiende una invitación final a los propietarios en mora para que aprovechen los descuentos vigentes y eviten futuros procesos de cobro que puedan afectar su patrimonio.

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