CASANARE
Hasta el 20 de enero ampliaron plazo de inscripción para Casanare Joven 2025
La Secretaría de Educación de Casanare a través de la Resolución 4058 del 19 de diciembre de 2024 abrió una nueva convocatoria para la estrategia ‘Casanare Joven’ 2025, correspondiente al primer semestre.
Las inscripciones están abiertas para que los jóvenes del departamento de Casanare formen parte del programa ‘Casanare Joven’ 2025 y realicen sus prácticas laborales en la Gobernación de Casanare.
Requisitos para los estudiantes interesados:
A. Haber nacido o demostrar residencia de al menos 5 años en cualquier municipio del departamento de Casanare.
B. Tener un máximo de 28 años de edad.
C. Ser estudiante activo de cualquier programa de pregrado en formación profesional, tecnológica o técnica profesional en las modalidades presencial, virtual o a distancia, o estar cursando el ciclo de formación complementaria.
D. Contar con la postulación o autorización de la institución educativa en la que cursan sus estudios para realizar sus prácticas laborales en el sector público.
E. Documentos Requeridos para Participar en la Convocatoria: El estudiante interesado en realizar las prácticas deberá entregar físicamente o adjuntar al momento de su inscripción los siguientes documentos en formato PDF:
1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del aspirante.
2. Hoja de vida del aspirante.
3. Certificación expedida por la institución educativa donde se autoriza al estudiante para realizar la práctica, en caso de ser seleccionado como beneficiario del Programa “Casanare Joven – primer semestre 2025”, indicando, además:
– Nombre del programa al que está vinculado el estudiante.
– Semestre, trimestre o etapa que cursa el estudiante.
– Opciones de grado o práctica que maneja la universidad o institución, según su reglamento.
– Dirección de correo electrónico, número telefónico de la institución educativa y del funcionario de contacto para efectos de las comunicaciones pertinentes.
4. Certificado del promedio de notas acumulado en la carrera, debidamente expedido por la institución educativa.
5. En caso de no ser nacido en el departamento de Casanare, el estudiante debe demostrar al menos cinco (5) años de residencia en el departamento. El aspirante podrá presentar alguno de los siguientes documentos:
– Certificado de residencia expedido por el alcalde municipal y/o secretario de Gobierno o quien haga sus veces en el municipio de origen.
– Certificación expedida por el rector del establecimiento educativo donde el estudiante haya cursado todo el bachillerato en algún municipio de Casanare.
Este programa permite a los estudiantes de universidades e instituciones educativas realizar prácticas laborales con un incentivo económico en los establecimientos educativos oficiales y otras dependencias de la Gobernación de Casanare.
Las inscripciones para la convocatoria del primer semestre de 2025 se realizarán de manera VIRTUAL a través del correo electrónico casanarejoven@sedcasanare.gov.co
La Secretaría de Educación, a través de la Dirección Técnica de Cobertura, llevará a cabo la revisión de la documentación presentada por los aspirantes, verificando el cumplimiento de los requisitos y los documentos soporte.
Los resultados seleccionados se publicarán después del 20 de enero de 2025 a través de la página web de la Gobernación de Casanare: www.casanare.gov.co
Fuente: Gobernación de Casanare
CASANARE
Diputados Mancipe y Henry Pérez “se dijeron cositas” por elección del nuevo Contralor de Casanare
El presidente de la Asamblea de Casanare, Henry Pérez Hernández, respondió a los cuestionamientos del anterior presidente de la corporación, Juan Fernando Mancipe, sobre los avances en el proceso de elección del Contralor Departamental, señalando que al asumir la presidencia se identificaron inconsistencias que ponían en riesgo la seguridad jurídica de la convocatoria.
El cabildante explicó que, tras la revisión, la Mesa Directiva decidió revocar la convocatoria, aunque el contrato suscrito con la Universidad Distrital por Mancipe durante su presidencia se mantiene vigente. No obstante, indicó que, en su calidad de supervisor, solicitó a la institución una terminación anticipada bilateral debido a las situaciones detectadas que podrían comprometer la legalidad del proceso.
Piden intervención de la Procuraduría
El presidente de la Asamblea también informó que, actuando con diligencia, se radicó ante la Procuraduría General de la Nación una solicitud de conciliación extrajudicial, trámite necesario al tratarse de entidades públicas. Asimismo, advirtió que se evalúan posibles acciones por presuntas irregularidades como prevaricato, celebración de contratos sin el lleno de requisitos y eventual adulteración de firmas.
Pérez Hernández aseguró que la corporación ha actuado conforme al debido proceso y confía en que las autoridades competentes resuelvan la situación en los tiempos establecidos. Añadió que, una vez superados los trámites legales, se podrá avanzar en una nueva convocatoria que permita garantizar la elección del Contralor Departamental con plena seguridad jurídica.
Mancipe se defiende
CASANARE
Yopal asegura $15.000 millones tras fallo a favor en disputa con Asobancaria, por tarifa del ICA para los bancos
La Alcaldía de Yopal ha logrado un importante triunfo jurídico en su prolongada disputa con Asobancaria por el cobro del impuesto de industria y comercio (ICA).
Esta decisión, ratificada por la Corte Constitucional, reafirma la facultad del municipio para aplicar una tarifa del 20 x 1.000 a las entidades financieras que operan en la ciudad.
El fallo no solo garantiza ingresos anuales cercanos a los 15.000 millones de pesos, que serán vitales para financiar inversiones en infraestructura vial, vivienda y educación, sino que también establece un precedente jurídico de alcance nacional. Otras capitales del país podrán ahora referenciarse en esta decisión, fortaleciendo su autonomía fiscal.
La Administración Municipal destacó el arduo trabajo de su equipo legal, subrayando la defensa de los intereses de Yopal frente a una de las organizaciones más poderosas del país. En adelante, las entidades financieras deberán acatar las disposiciones del Estatuto de Rentas vigente.
El caso se originó cuando Asobancaria demandó el artículo 18 del Acuerdo 022 de 2021, argumentando que la tarifa máxima debía ser del 14 x 1.000. Sin embargo, las autoridades judiciales reconocieron la autonomía tributaria de Yopal para fijar tarifas dentro del rango permitido por la ley, que para ciudades capitales puede llegar hasta el 30 x 1.000 si se justifica ante el Concejo Municipal.
CASANARE
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