CASANARE
GeoPark rechaza acusaciones sobre presuntas amenazas y persecución en Tauramena

GeoPark rechaza contundentemente cualquier tipo de acusación e insinuación realizada por el señor Alex Gil, en las que sugiere que la Compañía ha adelantado acciones para afectar su integridad personal.
La Compañía valora, respeta y comparte la labor que ejerce el señor Gil con el cuidado y preservación de los recursos naturales. Sin embargo, rechaza contundentemente cualquier señalamiento, insinuación o acusación que la vincule con amenazas contra defensores y líderes sociales. GeoPark es una compañía respetuosa de los derechos humanos de todas las personas y comunidades vecinas a sus operaciones, por lo que estas acusaciones van en contravía de los valores de respeto, diálogo y confianza que rigen la actuación de la empresa.
La Compañía puso en conocimiento de las instituciones esta situación para que adelanten las acciones que estimen pertinentes, y también ha intentado establecer canales de diálogo con el señor Gil para atender sus inquietudes en presencia de las autoridades locales y entidades garantes de derechos humanos. Sin embargo, estos esfuerzos han sido infructuosos.
GeoPark reafirma su disposición al diálogo y al relacionamiento transparente con las comunidades vecinas a sus operaciones. Para ello, recuerda la existencia del programa “Cuéntame”, que a través del correo electrónico llanos34atentos@geo-park.com y los puntos de atención presenciales en Villanueva (Calle 17 #10-48, Barrio El Morichal) y Tauramena (Calle 9 #11-74, Barrio Mastranto), gestiona las preocupaciones y peticiones de todos sus grupos de interés.
Fuente: Comunicaciones GeoPark
CASANARE
Patinadora de 9 años muere en trágico accidente en la Marginal del Llano, en Yopal
CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano
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