CASANARE
Ex secretaria de educación de Casanare sufre nuevo revés judicial
La ex secretaria de educación de Casanare Lilia María Vega Sanabria interpuso el pasado 28 de junio de 2019 una demanda de nulidad y restablecimiento de Derecho en contra de la Contraloría General de la República con el fin que se declararan nulos los actos administrativos proferidos dentro de un proceso de responsabilidad fiscal que se adelantan en su contra.
Vega Sanabría ya había sido inhabilitada por otro ente de control como consta en esta noticia: Procuraduría destituyó e inhabilitó a Lilia María Vega ex secretaria de educación
La actora manifestó en su demanda que a su juicio, no es posible cerrar el debate probatorio debido a que aun se encuentra pendiente un recurso de apelación interpuesto sobre la negativa de pruebas que se dio en su caso; por lo tanto se debe declarar a su favor la nulidad del auto hasta tanto no le sea resuelta la apelación.
El 08 de Julio el Consejo de Estado resolvió rechazar por improcedente el recurso de apelación instaurado por Vega Sanabria, negándole así el tramite de decreto y práctica de la prueba y haciendo efectivo el cambio de trámite por el de reposición. Esto debido a que en una audiencia la magistrada de turno resolvió la parte probatoria, lo que confirma que a la ex funcionaria no se le omitió la oportunidad de solicitar, decretar o practicar una prueba.
Con este nuevo revés judicial la ex funcionaria deberá seguir el conducto regular del proceso que se adelanta por el convenio de cooperación 001 del 14 de mayo de 2012, que busca determinar si los contratos adjudicados por el departamento no pagaron gastos de legalización.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales
La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.
Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.
La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.
Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.
Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.
CASANARE
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