CASANARE
En próximos días Consejo Nacional Electoral definirá suerte de Salomón Sanabria
En manos del Consejo Nacional Electoral quedó la decisión de revocar o no la inscripción del candidato a la Gobernación de Casanare por el Partido Centro Democrático, Salomón Sanabria, tras cumplirse esta tarde la audiencia pública convocada por el máximo organismo electoral, para dirimir esta demanda.

El abogado demandante, Gonzalo Ramos Rojas, sustentó su demanda ante el Magistrado, en los argumentos que ha venido dando a conocer a la opinión pública, donde sostiene que si el Centro Democrático modificó sus estatutos a través de la Resolución No. 024 de 2017, donde se extiende la inhabilidad para cargos de elección popular hasta el segundo grado de afinidad, el candidato Salomón Sanabria estaría incurso en una inhabilidad estatutaria.
A su turno, el Magistrado indagó con el abogado defensor sobre la existencia o no de la mencionada Resolución y si estaba vigente, ante lo cual el profesional del Derecho confirmó que efectivamente el documento está vigente, y que fue concebido para las elecciones a Congreso de la República de 2017.
“El Partido comete un error, al no delimitarla en el tiempo, y ese es el craso error que nos ha reunido aquí… no existe Resolución alguna que la haya revocado”, reconoció el abogado defensor del Partido Centro Democrático ante el Magistrado del Consejo Nacional Electoral.
Así las cosas, se fijará en próximos días la fecha para audiencia definitiva de fallo, en este caso que concita el interés de gran cantidad de personas en el departamento de Casanare.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Capturados por homicidios presentados en Villanueva, pretendían adueñarse del microtráfico
CASANARE
Yopal blinda la seguridad: sin barras visitantes y con estrictos controles para partido de alto riesgo
CASANARE
Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


