META
En firme sanción a exasesora del Meta, por irregularidades en gestión para suministro de agua potable
El Consejo de Estado negó las pretensiones de una demanda que interpuso una exjefe de la Oficina Jurídica de la Unidad Administrativa Especial para Proyectos de Contratación del Departamento del Meta.
La exfuncionaria fue destituida e inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas durante 10 años, debido a que el organismo de control la halló responsable de faltas disciplinarias en un convenio administrativo entre el departamento y la Empresa de Servicios Públicos del Meta (Edesa) S.A. E.S.P.
Contexto del fallo
En la demanda se señaló que la funcionaria suscribió un contrato para que Edesa administrara y gerenciara proyectos para el suministro de agua potable y saneamiento básico, financiados con los recursos que, para ese fin, dispuso el departamento. Por considerar que en este proceso contractual se violó el principio de selección objetiva, la Procuraduría abrió una investigación disciplinaria, que condujo a la sanción de la accionante en el 2008. De ahí que interpusiera una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, con el fin de que la determinación desapareciera del ordenamiento jurídico y se le restablecieran los derechos económicos que, a su juicio, dejó que percibir tras la determinación.
A juicio de la exfuncionaria, la entidad demandada se centró en cuestionar el tipo de contratación que se adelantó, pero sin llegar a desvirtuar que se cumpliera el objeto y sin demostrar que se causara un daño al erario. Además, sostuvo que el ente de control asumió que ella ejercía funciones que, en realidad, eran ajenas a su cargo, como la de la selección del contratista, análisis de costos o precios del mercado.
Insistió en que la Procuraduría le endilgó el violar el principio de selección objetiva, por no realizar análisis de costos, una función que no le correspondía, pero que no le reprochó falencias en el aspecto jurídico, lo que, a su juicio, denotaba las falencias técnicas del proceso que llevó a su destitución.
Consejo de Estado niega las pretensiones
El Consejo de Estado negó las pretensiones de la demanda. Sostuvo que la sancionada no aplicó la regla general, que obligaba a adelantar licitación pública, y que tampoco tuvo en cuenta la falta de capacidad financiera que tenía Edesa para cumplir su deber contractual.
Así las cosas, dice la alta corte, el deber de la exfuncionaria era asesorar adecuadamente al departamento, advirtiéndole que los convenios interadministrativos objeto de este proceso iban en detrimento de su gestión contractual. Además, fue la exfuncionaria la que suscribió estos convenios, que desconocieron los principios de contratación estatal, lo que, a su vez, evidencia la ilicitud de la conducta que dio lugar a la sanción y el incumplimiento de los deberes propios del cargo que desempeñaba la demandante.
Fuente: Consejo de Estado
META
Procuraduría le pone la lupa a la elección del Personero Municipal de Puerto López
La Procuraduría General de la Nación formuló cargos a los miembros de la Mesa Directiva del Concejo Municipal de Puerto López (Meta), Carlos Ernesto Mogollón Martínez, José Titto Loaiza Viña y Carlos Orlando Heredia Leal, por presuntas irregularidades en la contratación del concurso de méritos para elegir al personero municipal 2024-2028.
El ente de control busca establecer si los funcionarios eligieron a la Corporación Fondo de Apoyo y Gestión de Negocios (Corfaneg), una empresa que, al parecer, no contaba con experiencia ni objeto social para adelantar procesos de selección de personal, como exige el Decreto 1083 de 2015 que dispone la obligación de contratar entidades especializadas.
La Procuraduría calificó, provisionalmente, la conducta de los funcionarios como grave a título de dolo, al tiempo que resaltó la obligación de los cabildantes de proteger el interés colectivo y cumplir con la normativa vigente.
La Entidad puntualizó que los investigados podrán ejercer su derecho a la defensa conforme al régimen disciplinario colombiano.
META
A la cárcel por feminicidio de madre e hija en Puerto Gaitán por una deuda
Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías envió a la cárcel a Junior Alexander Niño Pérez por su presunta responsabilidad en el asesinato de dos mujeres, en hechos ocurridos el pasado 5 y 6 de abril, en área rural de Puerto Gaitán (Meta). Un fiscal seccional le imputó el delito de feminicidio agravado, el cargo no fue aceptado por el procesado.
El hombre, de 23 años, aprovechando la relación de confianza generada con Leidy Johana Giraldo y su hija Anny Yiseth Lozano Giraldo, que vivían en una casa de su propiedad desde hacía un año, al parecer, las asfixió causándoles la muerte, por una deuda.
La madre habría sido asesinada al interior de la finca donde residían, en la vereda Alto Manacías, el 5 de abril, mientras que su hija de 17 años la mañana del 6 de abril, al parecer, fue atacada cuando se encontraba en un afluente del caño El Ingeniero.
Luego de la muerte de las dos mujeres, los cuerpos habrían sido ocultados por el procesado, en zona despoblada y alejada del casco urbano del municipio.
Los cuerpos fueron encontrados seis días después, el 12 de abril, por las autoridades del sector. Niño Pérez fue capturado por uniformados de la Policía en vía pública del centro de Melgar (Tolima).
Lea también: Conmoción en Puerto Gaitán por feminicidio de madre e hija, capturan un sospechoso
META
Con demanda reclaman más de 45.000 hectáreas de los pueblos Sáliva y Piapoco, en Meta y Vichada
Con el propósito de restablecer los derechos étnico-territoriales de las personas que integran el Resguardo Indígena Corozal Tapaojo, la Unidad de Restitución de Tierras (URT) presentó una demanda ante el Juzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Villavicencio.
Dicho resguardo está conformado por 354 familias (1.336 personas) pertenecientes a los pueblos originarios Sáliva y Piapoco, y que habitan un territorio ancestral de 45.430 hectáreas más 4.731 m², ubicado entre los municipios de Puerto Gaitán (Meta) y Santa Rosalía (Vichada). Son víctimas del conflicto armado al haber sufrido confinamiento, desplazamiento y abandono forzado, entre otras afectaciones.
Entre las principales pretensiones de la demanda se destacan: el reconocimiento de los pueblos Sáliva y Piapoco como víctimas; la garantía del goce efectivo de sus derechos territoriales colectivos; la ampliación del Resguardo Indígena Corozal Tapaojo y la implementación del Plan Integral de Reparación Colectiva.
Además, la demanda contempla la protección de los derechos culturales, ambientales y de salud, así como la implementación del Sistema de Educación Indígena Propio (SEIP).
“Con esta actuación, reafirmamos nuestro compromiso con los pueblos indígenas del Meta y Vichada. La restitución de sus territorios no solo es una medida de justicia, sino una apuesta por la preservación cultural y la paz en los Llanos Orientales”, destacó Robert Gabriel Barreto, director territorial de la Unidad de Restitución de Tierras en Meta.
Así, la URT le cumple con dignidad a las comunidades ancestrales, a la vez que avanza en su compromiso con la protección y la reparación de las víctimas y la construcción de una paz duradera en el país.
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