CASANARE
En Aguazul se escondía máximo cabecilla del tenebroso Tren de Aragua, la Policía lo perseguía desde Bogotá

En Aguazul, la Policía Nacional adelantó operativo contra el grupo delincuencial transnacional ‘Tren de Aragua’, donde se logró la captura de Salomón Fernández Torres, alias ‘El Salomón’.
El Director de la Policía Nacional, General William René Salamanca, señaló que el capturado al parecer era comisionado por el máximo jefe de esa organización criminal, el prófugo alias ‘Niño Guerrero’, para liderar este grupo delincuencial en Bogotá y Soacha.
De acuerdo con la Policía Nacional, ‘El Salomón’ es responsable de los delitos de tráfico de estupefacientes, homicidios, extorsiones, secuestros y desapariciones forzadas. En Bogotá, el cabecilla centraba su accionar criminal fundamentalmente en las localidades de Kennedy, Bosa, Chapinero, Ciudad Bolívar y Rafael Uribe Uribe, con réditos mensuales que oscilaban entre 2.000 y 3.000 millones de pesos.
Además la investigación revela que para presionar el pago de cuotas extorsivas ordenaba disparar y arrojar artefactos explosivos contra establecimientos e incluso atentar contra la integridad de sus propietarios; de igual manera se logró comprobar su participación en al menos cinco homicidios, acaecidos entre abril y junio de este año.
‘El Salomón’ había huido el pasado 30 de mayo de la capital de la República, tras redada en la que cayeron 27 de sus hombres.
Entre los cabecillas de zona capturados se encontraban alias ‘Ratón’, ‘Caracas’, ‘Viejo Daniel’, ‘Yefferson’, ‘Mini Pepsi’, ‘Osmer’, ‘Masacre’, ‘Orlando’, Manuel’, ‘Flay’, ‘Maicol’, ‘Yonaiker’, ‘Sanvicente’, ‘Oriana’, ‘Walner’ y ‘Zancudo’.
Fuente: Policía Nacional
CASANARE
Patinadora de 9 años muere en trágico accidente en la Marginal del Llano, en Yopal
CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano
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