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El ICBF comenzará la distribución masiva de Bienestarina enriquecida con sacha inchi

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Con el objetivo de alcanzar una mayor soberanía alimentaria, tal y como lo establece el Plan Nacional de Desarrollo, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) tiene listo el plan de distribución masiva de Bienestarina Más Nuestra, producto fabricado desde este año con productos nacionales de alto valor nutricional, como lo son la yuca y el sacha inchi.

‘El maní del Inca’ o sacha inchi (Plukenetia volubilis) es una planta oleaginosa trepadora perteneciente a la familia Euphorbiaceae, usada como fuente de alimento por las tribus de la Amazonía desde tiempos ancestrales, y muy apreciada por contenido nutricional.

En una primera fase, en diciembre de 2023, se realizó la compra de 120 kilos de almendra de sacha inchi, que fueron utilizados para realizar las primeras pruebas de producción, las cuales duraron hasta febrero.

Posteriormente, entre marzo y mayo, se ejecutaron los ensayos de estabilidad necesarios para obtener el registro sanitario expedido por el Invima. Superadas las etapas de pruebas y registro, en mayo se entregó la primera producción en la localidad de Usme en Bogotá.

Desde julio pasado se inició la compra masiva de la almendra de sacha inchi, para dar continuidad a la producción a gran escala de Bienestarina Más Nuestra.

Ingredion Colombia S.A., contratista encargado del desarrollo de los nuevos alimentos de alto valor nutricional, producción y distribución de Bienestarina, realizó en julio la compra de 1.200 kilogramos del derivado de la planta amazónica a la Cooperativa Multiactiva de Agronegocios del Putumayo (Coomultiagrop).

El ICBF anunció que en septiembre, octubre y noviembre se comprarán mensualmente, también, 12 toneladas.

Se tiene proyectada la entrega próxima de Bienestarina con yuca y sacha, así: en Amazonas (5.062,5 kilos); Caquetá (16.605 Kg); Guainía (1.845 Kg); Guaviare (5.152,5 Kg), Putumayo (14.602,5 Kg), Vaupés (2.025 Kg) y Sucre – Centro Zonal La Mojana (4.027,5 Kg).

A cada beneficiario se le hace entrega de una bolsa de 900 gramos de Bienestarina Más Nuestra, la cual puede ser consumida en porciones de 15 gramos por día, a fin de complementar la recomendación de energía y nutrientes necesarios.

Para la directora general del ICBF, Astrid Cáceres, “en el Gobierno del Cambio es satisfactorio entregar este alimento de alto valor nutricional con insumos nacionales, que además del fortalecimiento nutricional de las niñas y niños, incide en la reactivación económica agrícola y social de los pequeños productores, favoreciendo las economías locales y los circuitos cortos de comercialización y, particularmente, en la soberanía alimentaria como componente del derecho humano a la alimentación”.

La Bienestarina Más Nuestra también contiene una mezcla de otras materias primas como harina de trigo, soya y leche en polvo, que aportan, igualmente, al crecimiento y desarrollo de las niñas y niños.

‘El maní del Inca’ y el apoyo al campesinado

El sacha inchi aporta ácidos grasos esenciales como el Omega 3, 6 y 9, los cuales contribuyen al desarrollo del cerebro, incidiendo en el fortalecimiento de procesos neuronales. Así mismo, son una fuente privilegiada de energía.

De acuerdo con el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), su consumo representa, además, una alternativa para combatir la deforestación, pues favorece la conservación del suelo y del medio ambiente.

A través de la cooperativa Coomultiagrop se compra el producto a 700 campesinos del Putumayo de los municipios de Orito, Villa Garzón, Valle del Gamuez, Puerto Caicedo y Puesto Asís, quienes fueron identificados a través de programas liderados por la Oficina de Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito (UNODC), para la sustitución de cultivos.

Fuente: Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

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Consejo de Estado: Por exclusividad de la Fuerza Pública, Policía Nacional debe vigilar la seguridad en los estadios

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Previo levantamiento de la reserva legal por parte del Ministerio del Interior, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado dio a conocer un concepto en el que indicó que los artículos 52 y 62 de la Ley 1801 de 2016 (Código de Seguridad y Convivencia Ciudadana) no se encuentran vigentes. Ello en virtud de la Sentencia C-223 de 2017 que declaró su inexequibilidad con efectos diferidos a partir del 20 de junio de 2019.

La Sala señaló que mediante el Decreto 1007 de 2012 (compilado en el Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015) se creó en Colombia el Estatuto de Aficionado al Fútbol que dispuso la creación de un Plan Decenal para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y permitió la articulación del respectivo alcalde, el presidente del club o clubes profesionales de la localidad con la Policía Nacional en el conocimiento e implementación de los protocolos de seguridad en los estadios.

Asimismo, sostuvo que según la Sentencia C-128 de 2018, en materia de seguridad en actividades que involucran aglomeraciones de público complejas, como es el caso de los partidos del fútbol profesional, las competencias de la Policía Nacional y de las empresas de seguridad privada y/o de logística, fueron definidas de la siguiente manera:

• De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política y en la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana, la Policía Nacional, en atención al principio de exclusividad de la fuerza pública, tiene como fin principal la prevención de aquellas conductas que constituyen amenazas de afectación del orden público o impiden la convivencia entre las personas, en los términos de los artículos 2 y 218 de la Constitución Política.

• Las empresas de vigilancia y seguridad privada pueden actuar en el ámbito en que ofrezcan sus servicios, bajo los límites establecidos por el legislador, con el fin de «disminuir y prevenir las amenazas que afecten o puedan afectar la vida, la integridad personal o el tranquilo ejercicio de legítimos derechos sobre los bienes de las personas que reciben su protección», de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 del Decreto Ley 356 de 1994, sin que ello involucre en modo alguno el ejercicio de actividades de conservación del orden público, la seguridad ciudadana ni la convivencia pacífica.

Por último, la Sala agregó que el artículo 9° de la Ley 1270 de 2009, mediante la cual se creó la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, asignó a la Policía Nacional la función de prevenir la aparición de hechos de violencia en los estadios de fútbol y en sus alrededores, en el marco del mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas.

Tras años de tensiones entre la Dimayor y el Gobierno, el alto tribunal dejó claro que las empresas privadas no pueden sustituir a la fuerza pública en el control del orden en eventos masivos como partidos o conciertos.

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Estos son los acuerdos logrados sobre catastro multipropósito que permitieron levantar el paro nacional

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Tras intensas jornadas de diálogo en Bogotá, el Gobierno Nacional y organizaciones sociales y territoriales alcanzaron un acuerdo en la Mesa Nacional de Concertación sobre el catastro multipropósito, lo que permitió el levantamiento del paro nacional que venía afectando la movilidad con bloqueos en distintas regiones del país.

Uno de los puntos centrales del acuerdo establece ajustes a la normativa catastral vigente. A través de la modificación de la Resolución 2057 de 2025, se autorizó a las direcciones territoriales del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) a revisar y ajustar, mediante actos administrativos, los porcentajes de incremento en los avalúos, garantizando criterios técnicos, coherencia en la información y aplicación uniforme en las zonas intervenidas.

Además, se definió la implementación de un procedimiento especial para corregir rezagos en la actualización de valores catastrales en zonas rurales, el cual incluirá análisis técnicos en comités sectoriales con participación de entidades nacionales, autoridades locales y representantes comunitarios. Estas revisiones quedarán consignadas en actas y servirán como base para eventuales modificaciones en los avalúos.

Como parte de los compromisos, el Gobierno anunció la realización de mesas regionales entre el 15 de abril y el 30 de mayo de 2026, en las que se recogerán inquietudes ciudadanas, se identificarán inconsistencias y se revisarán casos críticos relacionados con la aplicación del catastro multipropósito.

De igual forma, se acordó la creación de una Mesa Técnica Nacional, liderada por la Alta Consejería para las Regiones y con el Departamento Nacional de Planeación como Secretaría Técnica. Este espacio contará con delegados de organizaciones sociales y entidades del orden nacional, y tendrá como objetivo analizar el pliego de peticiones y formular recomendaciones para mejorar la implementación de la política catastral en el país.

El acuerdo también deja claro que no habrá suspensión general de los procesos de actualización catastral, los cuales continuarán conforme al marco legal vigente. Sin embargo, se buscarán ajustes que permitan una aplicación más equitativa, sin afectar la seguridad jurídica ni los derechos adquiridos.

Finalmente, la Defensoría del Pueblo acompañará el seguimiento al cumplimiento de los compromisos pactados. Con estos avances, las partes dieron por superada la jornada de protesta, restableciendo la normalidad en las vías del país y abriendo un nuevo espacio de concertación para atender las preocupaciones ciudadanas frente al catastro multipropósito.

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Uber anuncia su expansión a toda Colombia, en Yopal ya está operando

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Uber anunció que la app estará disponible en los 32 departamentos de Colombia y amplía su cobertura de 22 a 1100 ciudades y municipios por todo el territorio nacional. Las opciones disponibles para quienes quieran moverse al toque de un botón o generar ganancias adicionales a través de la app en todas las regiones de Colombia serán Uber Taxi, Uber Economy y Uber Moto.

La expansión nacional de la app llega con el estándar de seguridad de Uber, que cuenta con más de 40 herramientas y funciones de seguridad a disposición de los usuarios, conductores de taxi y arrendadores de vehículos particulares.

“Uber ya no es una solución urbana, sino una plataforma nacional. Estar disponibles en más de 1.100 municipios implica contribuir al crecimiento de las economías locales, generar nuevas oportunidades de ganancia para los colombianos y ampliar el acceso a la tecnología y a las opciones de movilidad en cada región. Llevaremos el estándar de Uber que hoy existe en las grandes capitales a cada rincón del territorio nacional”, señaló Ángela Mendoza, Gerente General de Uber para la región Andina.

El anuncio de la expansión de Uber se hizo durante la presentación de un estudio de la firma Ipsos sobre los hábitos de movilidad y la percepción de las aplicaciones en distintas regiones del país. Entre los principales hallazgos:

En ciudades donde la presencia de Uber está consolidada

Para los colombianos, las apps forman parte del día a día y Uber contribuye a mejorar la calidad de vida en las ciudades.

71% usa las apps en su día a día.

78% considera las apps como la opción de movilidad más segura (sólo superada por el vehículo propio).

88% cree que las apps son una alternativa de movilidad confiable.

8 de cada 10 indicaron que las apps mejoraron su experiencia de movilidad en su ciudad.

En ciudades donde Uber estará disponible a partir de 2026

La movilidad sigue siendo un reto y las apps son una oportunidad de mejora.

52% de los encuestados considera que hoy es difícil moverse por sus ciudades.

88% cree que la llegada de Uber resolvería vacíos en seguridad, tiempos y calidad del servicio.

6 de cada 10 no están satisfechos con la oferta de transporte público actual.

9 de cada 10 creen que la llegada de la app de Uber mejoraría su calidad de vida.

2 de cada 3 pagarían más por la movilidad para tener mayor seguridad.

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