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EAAAY dice que Personería de Yopal desinforma, por sanciones por alto consumo de agua
La Empresa de Acueducto , Alcantarillado y Aseo de Yopal EAAAY le salió al paso a la Personería Municipal, por las sanciones aplicadas a los usuarios que han realizado un consumo desmedido de agua, en aplicación de la Resolución CRA 877 DE 2019.
Según la EAAAY, la interpretación que ha realizado la Personería de Yopal adolece de una correcta y objetiva lectura de la realidad normativa, generando desinformación y confusión entre los usuarios.
Explica la EAAAY, que la medida es de obligatorio cumplimiento, salvo análisis técnicos de las fuentes de abastecimiento, en este caso el río Cravo Sur, que no hay riesgo de desabastecimiento emitido por la autoridad ambiental de la región, para este caso Corporinoquia, entidad a la que se ha solicitado en tres oportunidades sin que se haya obtenido respuesta alguna.
Así las cosas, la sanción o desincentivo aplica, para el caso de Yopal, sólo a los usuarios residenciales que superen los 32 metros cúbicos de consumo facturado, y busca promover la adopción de acciones de prevención y consumo responsable del agua al interior de los hogares.
Remata la EAAAY diciendo, que está presta y dispuesta a atender los requerimientos que los usuarios y suscriptores puedan tener sobre el particular, y su actuación será en el marco de la ley y regulación de los servicios públicos.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casnare
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Estos son los nuevos plazos para descuentos en pago del Impuesto Predial en Yopal
En plenaria del Concejo Municipal fue aprobado el Proyecto de Acuerdo No. 005, una medida que amplía los plazos para que los contribuyentes de Yopal accedan a descuentos por pronto pago del impuesto predial, así como a la opción de pago por cuotas sin intereses.
La decisión representa un alivio para los ciudadanos, quienes ahora contarán con más tiempo para ponerse al día con sus obligaciones tributarias y aprovechar los incentivos económicos dispuestos por la alcaldía de Yopal, en cabeza del mandatario Marco Tulio Ruíz.
De acuerdo con lo aprobado, los predios no sujetos a los límites de la ley 44 de 1990 tendrán un descuento del 30% si realizan el pago antes del 31 de mayo de 2026 (este beneficio es aplicable únicamente para quienes cancelaron la vigencia 2025 en octubre del año anterior). posteriormente, podrán acceder a un 20% de descuento antes del 31 de julio y un 10% antes del 30 de septiembre de 2026.
Por su parte, los predios sujetos a los límites legales contarán con un 15% de descuento si pagan antes del 31 de mayo, un 10% antes del 31 de julio y un 5% si cancelan antes del 30 de septiembre del 2026. Además, el acuerdo contempla la ampliación de los plazos para el pago por cuotas sin intereses, una alternativa que busca facilitar el cumplimiento de esta obligación, especialmente para quienes requieren distribuir el valor del impuesto en varios periodos.
Desde la Administración Municipal se destacó que esta medida no solo brinda mayor flexibilidad a los contribuyentes, sino que también contribuye a fortalecer la cultura de pago y el recaudo de recursos que se destinan a la inversión social y al desarrollo de la ciudad.


