CASANARE
Declararán calamidad pública para atender problemática de Torres del Silencio en Yopal
Se realizó en Yopal una nueva mesa de trabajo para evaluar las medidas que se pretenden implementar en el proyecto de vivienda Torres del Silencio, el cual se ha caracterizado por presentar múltiples falencias principalmente en su componente de infraestructura.
El objetivo principal de la Administración Municipal para este proyecto es poder declarar la calamidad pública, con el objetivo de hacer uso de este mecanismo en el desarrollo de iniciativas que permitan salvaguardar la vida de los habitantes, teniendo en cuenta que el estado actual de la infraestructura representa un riesgo enorme en la integridad de quienes actualmente allí residen.
La Secretaria de Obras de Yopal, Martha Mojica, solicitó consolidar un cronograma aterrizado para la ejecución de cada una de las iniciativas, para que no se dé cabida a contratiempos, toda vez que se está tratando con una problemática que compromete la vida y seguridad de miles de yopaleños.
Por su parte, la Arquitecta Danitza Toca, Directora de la Oficina de Vivienda Departamental aseguró que la Gobernación de Casanare está trabajando rápidamente para solicitar el desaplazamiento de recursos que garanticen el cumplimiento del plan de acción, que incluye actividades como un estudio de patología y vulnerabilidad de la infraestructura en cada una de las torres.
Este estudio será la base principal, ya que determinará la necesidad de demoler o reforzar estructuralmente algunas de las torres, para que las personas que fueron beneficiarias del proyecto puedan residir en un escenario más seguro. Adicionalmente, se plantea realizar una caracterización para poder determinar qué beneficiarios se encuentran realmente habitando el proyecto y quiénes no.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


