CASANARE
Declaran nula la elección de José Humberto Barrios como Presidente del Concejo de Yopal
En decisión de primera instancia, el Tribunal Administrativo de Casanare declaró nula la elección del Presidente del Concejo de Yopal para el periodo 2020, José Humberto Barrios Chaparro.
La demanda interpuesta por el también concejal José Luis Avendaño, señala que Barrios Chaparro estaría inhabilitado para ser elegido Presidente del Concejo de Yopal para el periodo 2020, como ocurrió el pasado 02 de enero del presente, por haber sido parte de la anterior Mesa Directiva de la Corporación, en calidad de Primer Vicepresidente, violando el artículo 28 de la Ley 136 de 1994.
Señala el Tribunal en su decisión, que “El artículo 28 de la Ley 136 de 1994 no tiene vacío normativo alguno como lo aseveran el demandado JOSÉ HUMBERTO BARRIOS CHAPARRO y el CONCEJO MUNICIPAL DE YOPAL, contrario a ello, es clara en establecer que ningún concejal podrá ser reelegido en dos períodos consecutivos en la respectiva mesa directiva. Por lo tanto, el aquí demandado no podía ser reelegido para conformar la mesa directiva como presidente para el periodo del año 2020”.
Adicionalmente, el Tribunal Administrativo de Casanare ordenó compulsar copias a la Procuraduría General de la Nación sobre la elección de José Humberto Barrios como Presidente del Concejo de Yopal para el periodo 2020, para que lo investigue disciplinariamente tanto a él como a sus electores.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.



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