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Corte Constitucional puso fin al monopolio de aguardiente en Colombia
La Sala Plena de la Corte Constitucional resolvió el martes 4 de febrero de 2025 el caso que había generado un intenso debate sobre la libertad económica y los derechos de los consumidores en el país.
El alto tribunal determinó que los ciudadanos tendrán la libertad de elegir el aguardiente que deseen consumir, sin restricciones impuestas por los departamentos.
La decisión, que elimina las barreras para la entrada de marcas de aguardiente en cualquier parte del territorio nacional, marca un precedente en la regulación del comercio de licores en Colombia.
En diciembre de 2022 se registró un empate con una votación de 4-4 entre los magistrados de la Corte, fue finalmente resuelto gracias a la intervención del conjuez Humberto Sierra Porto, un abogado constitucionalista.
En esta ocasión,la Sala Plena determinó que los ciudadanos tendrán la libertad de elegir el aguardiente que deseen consumir, sin restricciones impuestas por los departamentos. Esta decisión pone fin a la aplicación del artículo 28 de la Ley 1816 de 2016, que permitía a las licoreras departamentales bloquear la entrada de productos de otras regiones o países por hasta seis años.
Ahora los colombianos podrán disfrutar de una mayor variedad de opciones en el mercado de licores, mientras que las licoreras departamentales deberán adaptarse a un entorno más competitivo.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


