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Consejo de Estado suspendió provisionalmente elección de nueva Directora de Corporinoquia
La Sección Quinta del Consejo de Estado suspendió cautelarmente, la elección de Doris Bernal Cárdenas como nueva Directora General de Corporinoquia, por la presunta existencia de múltiples irregularidades en el proceso de designación de la funcionaria, por parte del Consejo Directivo de Corporinoquia.
Gonzalo Ramos Rojas, autor de una de las dos demandas que se radicaron ante el Consejo de Estado por esta elección, indicó que según la decisión tomada por la Consejera ponente, Lucy Jeannette Bermúdez Bremúdez, durante el proceso de elección se desconoció el trámite previamente estipulado en los Estatutos de Corporinoquia, pues 11 miembros del Consejo Directivo estaban recusados, y sin embargo, se hizo la elección.
“Habrían serias irregularidades…. en el sentido que si hay unas recusaciones contra miembros del Consejo Directivo se les debe dar trámite, aquí el gobernador Josué Alirio Barrera y otros integrantes del Consejo Directivo estaban recusados y sin embargo dejaron que se diera la elección”, explicó el profesional del Derecho.
Respecto de la decisión de suspender provisionalmente la elección de la nueva Directora de Corporinoquia, tomada por la Sección Quinta del Consejo de Estado. esto manifestó el abogado Gonzalo Ramos Rojas, autor de una de las dos demandas que sobre el particular corren en el alto tribunal:
ACTUALIDADSección Quinta del Consejo de Estado decretó cautelarmente suspender la elección de Doris Bernal Cárdenas como nueva Directora de Corporinoquia. Al respecto se refiere el abogado Gonzalo Ramos Rojas, autor de una de las 2 demandas que cursan por este hecho en el alto Tribunal.
Posted by El Diario Del Llano on Wednesday, December 18, 2019
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


