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Consejo de Estado ratifica incumplimiento de BP en proyecto petrolero de Aguazul

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mazo juez

El Consejo de Estado negó la demanda que pretendía dejar sin efecto las actuaciones del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, que dio por incumplidos varios compromisos ambientales a cargo de la petrolera BP, en un proyecto de exploración de hidrocarburos en Aguazul.

Estos compromisos fueron asumidos luego por Ecopetrol, a quien se le cedió la licencia ambiental del mencionado proyecto por parte del Ministerio, lo que obligaba a la estatal a asumir todos los derechos y deberes derivados de tal autorización.

Ecopetrol interpuso una demanda, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, con la intención de que se reconociera que la obligación patrimonial para proteger las fuentes hídricas afectadas ya había sido cumplida por parte de la BP, la cual fue negada por el Consejo de Estado.

¿Qué incumplió BP?

A juicio del Minambiente, BP no había cumplido su obligación legal de proteger y conservar sus fuentes hídricas, derivada de su intervención en el proyecto de construcción y operación del área de pozos múltiples denominada Cupiagua U, que lo obligaba a destinar el 1 % de la inversión al pago de los gastos de protección y renovación de los recursos acuíferos de la zona de impacto de la iniciativa.

Para Ecopetrol, BP sí cumplió este compromiso legal, lo que implica que se debía reconocer que las inversiones, en un monto superior al 1%, sí se efectuaron. Por esa razón, solicitó que se declararan nulos algunos apartes de los actos administrativos, que derivaron en la autorización que dio el Ministerio para que la licencia ambiental que recibió BP para el desarrollo del proyecto de exploración fuera asumida por Ecopetrol.

Según Ecopetrol, se aplicó equivocadamente la ley que obliga a que quienes adelanten proyectos en zonas de impacto para fuentes hidrográficas inviertan el 1% en la recuperación y preservación de la respectiva cuenca.

La estatal aseguró que cualquier tipo de inversión en este sentido debía ser reconocida, independientemente de si estas acciones estaban o no contempladas en el plan de manejo ambiental. Además, aseguró que, para calcular el monto a partir del cual se podía dar por satisfecha esta obligación, no se podía incluir la suma de ciertos costos del proyecto, que no hacen parte de la inversión con base en la tasa fijada por uso de agua, que es lo que exige la obligación legal. “(…) La inversión se asocia únicamente a los emolumentos destinados a obtener un provecho económico y no está relacionada con los gastos para la extracción del hidrocarburo de la tierra”, precisó.

En primera y segunda instancia negaron la demanda

En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones de la demanda, considerando que  la decisión del Ministerio se ajusta a derecho. Según la corporación judicial, la decisión no fue falsamente motivada, porque se basó en lo que demostraban las pruebas.

Inconforme con la determinación, Ecopetrol interpuso recurso de apelación, pretendiendo que el Consejo de Estado estableciera que, en lo que atañe al deber de invertir el 1 % del proyecto en los compromisos ambientales ya señalados, se declarara que ya habían sido cumplidos de manera satisfactoria.

El Consejo de Estado ratificó la decisión del Tribunal de negar las pretensiones de la demanda, por considerar que ninguno de los argumentos expresados en el recurso demuestran que el caso hubiera sido juzgado de manera equivocada.

Fuente: Consejo de Estado

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Alerta en Yopal: estafadores usan falsos pagos digitales para engañar a comerciantes

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En Yopal, un comerciante denunció haber sido víctima de una sofisticada modalidad de estafa digital que estaría afectando a varios establecimientos comerciales. Se trata de un grupo de aproximadamente 15 jóvenes, entre ellos varios estudiantes universitarios, quienes utilizan aplicaciones clonadas conocidas como “Nequi Glitch” o “Nequi Daisy” para simular pagos que nunca se hacen efectivos, generando pérdidas económicas a negocios locales.

El caso fue revelado por Mateo Tarquino, propietario del club deportivo “Taco de Oro”, quien aseguró que en tan solo una semana su establecimiento fue defraudado por una suma cercana a los $2 millones de pesos. La irregularidad fue detectada tras un arqueo de caja y revisión de inventarios que no coincidían con los ingresos registrados, lo que llevó a identificar múltiples comprobantes falsificados.

¿Cómo estafan a los comerciantes?

Según la denuncia, el modus operandi consiste en mostrar en tiempo real un supuesto pago desde una aplicación fraudulenta que replica con precisión los comprobantes originales, incluyendo datos como número de teléfono y nombre del destinatario. Esto engaña al personal del establecimiento, que valida visualmente la transacción sin verificar el ingreso real del dinero.

El comerciante advirtió que los presuntos responsables ya han sido identificados mediante cámaras de seguridad y no descartó acciones legales ante la Fiscalía. Asimismo, hizo un llamado a los comerciantes a verificar directamente en la aplicación oficial los pagos recibidos o utilizar herramientas de validación como el escaneo de códigos QR, con el fin de evitar este tipo de fraudes.

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Anulan actos de la moción de censura de Cateryne Porras en el Concejo de Aguazul, por violar el debido proceso

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El proceso se originó en noviembre de 2021, cuando el Concejo Municipal de Aguazul promovió una moción de censura contra Cateryne Porras Martínez, entonces secretaria de Gobierno, tras un control político sobre la gestión de su despacho. En su momento, Porras presentó impedimentos y recusaciones contra nueve de los trece concejales, alegando que el trámite vulneró garantías procesales y el reglamento interno del Concejo.

El fallo, de primera instancia, concluye que el proceso adelantado por el Concejo Municipal estuvo marcado por irregularidades que vulneraron garantías fundamentales, especialmente el debido proceso y el derecho a la defensa de la funcionaria.

Según la sentencia, la funcionaria tuvo menos de cinco días para responder el cuestionario exigido por ley; a pesar de ello, nueve concejales promovieron una moción de censura que posteriormente fue aprobada, lo que derivó en su retiro del cargo mediante decreto municipal.

El elemento determinante del fallo fue el alegato de Porras Martínez contra varios concejales sobre posibles conflictos de interés, las que debían ser resueltas por la Procuraduría; pero ocurrió lo contrario, el Concejo:

• Asumió una competencia que no le correspondía, resolviendo directamente la recusación.
• Permitió que concejales recusados participaran en decisiones sobre su propio caso.
• Tomó decisiones a través de instancias internas sin facultad legal para ello.

Finalmente, la sentencia ordena remitir copias del expediente a la Procuraduría para que evalúe si procede la investigación disciplinaria contra los concejales que participaron en esta decisión irregular.

Una defensa que terminó respaldada por la justicia

El caso de Cateryne Porras se convierte en un precedente relevante para la política regional y el uso de la figura de moción de censura, que, si bien es una herramienta legítima como parte del control político, no puede ejercerse por fuera de la ley, ni sacrificando garantías fundamentales.

Con este fallo la justicia reconoce que la actuación de la funcionaria no fue evaluada bajo condiciones justas, y que su salida del cargo estuvo basada en un procedimiento viciado.

Más allá del resultado individual, la sentencia envía un mensaje a los integrantes de las corporaciones: deben actuar con rigor jurídico, especialmente cuando sus decisiones afectan derechos fundamentales de los ciudadanos, más allá de su rol como funcionarios.

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Aumento del salario mínimo y costos operativos ponen en aprietos a Bomberos de Yopal en 2026

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Bomberos Yopal sede

El Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Yopal enfrenta un panorama financiero complejo para 2026, marcado principalmente por el incremento del salario mínimo y nuevas exigencias laborales. Así lo dio a conocer el comandante, teniente Rafael Rojas, quien advirtió que estos factores representan hoy la mayor preocupación económica para la institución.

De acuerdo con Rojas, más de la mitad del personal —alrededor de 30 de los 60 bomberos— devenga el salario mínimo, lo que obliga a asumir un incremento cercano al 23% en sus ingresos. Esta situación impacta directamente las finanzas del organismo, que ha tenido que ajustar su presupuesto y buscar alternativas para sostener la operación.

A esto se suma la reducción de la jornada laboral semanal, que este año quedará en 42 horas, en cumplimiento de las disposiciones del Ministerio de Trabajo. Esta medida obligó a la institución a vincular más personal durante el último año para garantizar la prestación del servicio las 24 horas del día, incrementando aún más los costos de funcionamiento.

El comandante también explicó que en 2026 aumentaron los recargos nocturnos —que ahora inician desde las 7:00 de la noche—, así como los pagos por trabajo dominical y festivo, que alcanzan el 90%. Además, deben asumir un régimen especial de pensiones con un 10% adicional, junto con otros gastos obligatorios como exámenes médicos, dotación y elementos de protección personal.

En este último aspecto, Rojas fue enfático en señalar que los costos son considerablemente altos. Equipar completamente a un bombero puede costar cerca de 45 millones de pesos, incluyendo trajes especializados y equipos de respiración que cumplen normas internacionales. A esto se suma el mantenimiento del parque automotor, con vehículos que ya superan los 10 y hasta 15 años de servicio, lo que incrementa la necesidad de repuestos y revisiones constantes.

Frente a este panorama, el Cuerpo de Bomberos ha implementado estrategias para generar recursos propios, como la recarga de extintores y la realización de capacitaciones. Sin embargo, el comandante reiteró que el reto sigue siendo grande y que la sostenibilidad del servicio depende de una adecuada gestión financiera y del apoyo institucional para seguir garantizando la atención de emergencias en Yopal.

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