CASANARE
Consejo de Estado ratifica incumplimiento de BP en proyecto petrolero de Aguazul
El Consejo de Estado negó la demanda que pretendía dejar sin efecto las actuaciones del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, que dio por incumplidos varios compromisos ambientales a cargo de la petrolera BP, en un proyecto de exploración de hidrocarburos en Aguazul.
Estos compromisos fueron asumidos luego por Ecopetrol, a quien se le cedió la licencia ambiental del mencionado proyecto por parte del Ministerio, lo que obligaba a la estatal a asumir todos los derechos y deberes derivados de tal autorización.
Ecopetrol interpuso una demanda, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, con la intención de que se reconociera que la obligación patrimonial para proteger las fuentes hídricas afectadas ya había sido cumplida por parte de la BP, la cual fue negada por el Consejo de Estado.
¿Qué incumplió BP?
A juicio del Minambiente, BP no había cumplido su obligación legal de proteger y conservar sus fuentes hídricas, derivada de su intervención en el proyecto de construcción y operación del área de pozos múltiples denominada Cupiagua U, que lo obligaba a destinar el 1 % de la inversión al pago de los gastos de protección y renovación de los recursos acuíferos de la zona de impacto de la iniciativa.
Para Ecopetrol, BP sí cumplió este compromiso legal, lo que implica que se debía reconocer que las inversiones, en un monto superior al 1%, sí se efectuaron. Por esa razón, solicitó que se declararan nulos algunos apartes de los actos administrativos, que derivaron en la autorización que dio el Ministerio para que la licencia ambiental que recibió BP para el desarrollo del proyecto de exploración fuera asumida por Ecopetrol.
Según Ecopetrol, se aplicó equivocadamente la ley que obliga a que quienes adelanten proyectos en zonas de impacto para fuentes hidrográficas inviertan el 1% en la recuperación y preservación de la respectiva cuenca.
La estatal aseguró que cualquier tipo de inversión en este sentido debía ser reconocida, independientemente de si estas acciones estaban o no contempladas en el plan de manejo ambiental. Además, aseguró que, para calcular el monto a partir del cual se podía dar por satisfecha esta obligación, no se podía incluir la suma de ciertos costos del proyecto, que no hacen parte de la inversión con base en la tasa fijada por uso de agua, que es lo que exige la obligación legal. “(…) La inversión se asocia únicamente a los emolumentos destinados a obtener un provecho económico y no está relacionada con los gastos para la extracción del hidrocarburo de la tierra”, precisó.
En primera y segunda instancia negaron la demanda
En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones de la demanda, considerando que la decisión del Ministerio se ajusta a derecho. Según la corporación judicial, la decisión no fue falsamente motivada, porque se basó en lo que demostraban las pruebas.
Inconforme con la determinación, Ecopetrol interpuso recurso de apelación, pretendiendo que el Consejo de Estado estableciera que, en lo que atañe al deber de invertir el 1 % del proyecto en los compromisos ambientales ya señalados, se declarara que ya habían sido cumplidos de manera satisfactoria.
El Consejo de Estado ratificó la decisión del Tribunal de negar las pretensiones de la demanda, por considerar que ninguno de los argumentos expresados en el recurso demuestran que el caso hubiera sido juzgado de manera equivocada.
Fuente: Consejo de Estado
CASANARE
Diputados Mancipe y Henry Pérez “se dijeron cositas” por elección del nuevo Contralor de Casanare
El presidente de la Asamblea de Casanare, Henry Pérez Hernández, respondió a los cuestionamientos del anterior presidente de la corporación, Juan Fernando Mancipe, sobre los avances en el proceso de elección del Contralor Departamental, señalando que al asumir la presidencia se identificaron inconsistencias que ponían en riesgo la seguridad jurídica de la convocatoria.
El cabildante explicó que, tras la revisión, la Mesa Directiva decidió revocar la convocatoria, aunque el contrato suscrito con la Universidad Distrital por Mancipe durante su presidencia se mantiene vigente. No obstante, indicó que, en su calidad de supervisor, solicitó a la institución una terminación anticipada bilateral debido a las situaciones detectadas que podrían comprometer la legalidad del proceso.
Piden intervención de la Procuraduría
El presidente de la Asamblea también informó que, actuando con diligencia, se radicó ante la Procuraduría General de la Nación una solicitud de conciliación extrajudicial, trámite necesario al tratarse de entidades públicas. Asimismo, advirtió que se evalúan posibles acciones por presuntas irregularidades como prevaricato, celebración de contratos sin el lleno de requisitos y eventual adulteración de firmas.
Pérez Hernández aseguró que la corporación ha actuado conforme al debido proceso y confía en que las autoridades competentes resuelvan la situación en los tiempos establecidos. Añadió que, una vez superados los trámites legales, se podrá avanzar en una nueva convocatoria que permita garantizar la elección del Contralor Departamental con plena seguridad jurídica.
Mancipe se defiende
CASANARE
Yopal asegura $15.000 millones tras fallo a favor en disputa con Asobancaria, por tarifa del ICA para los bancos
La Alcaldía de Yopal ha logrado un importante triunfo jurídico en su prolongada disputa con Asobancaria por el cobro del impuesto de industria y comercio (ICA).
Esta decisión, ratificada por la Corte Constitucional, reafirma la facultad del municipio para aplicar una tarifa del 20 x 1.000 a las entidades financieras que operan en la ciudad.
El fallo no solo garantiza ingresos anuales cercanos a los 15.000 millones de pesos, que serán vitales para financiar inversiones en infraestructura vial, vivienda y educación, sino que también establece un precedente jurídico de alcance nacional. Otras capitales del país podrán ahora referenciarse en esta decisión, fortaleciendo su autonomía fiscal.
La Administración Municipal destacó el arduo trabajo de su equipo legal, subrayando la defensa de los intereses de Yopal frente a una de las organizaciones más poderosas del país. En adelante, las entidades financieras deberán acatar las disposiciones del Estatuto de Rentas vigente.
El caso se originó cuando Asobancaria demandó el artículo 18 del Acuerdo 022 de 2021, argumentando que la tarifa máxima debía ser del 14 x 1.000. Sin embargo, las autoridades judiciales reconocieron la autonomía tributaria de Yopal para fijar tarifas dentro del rango permitido por la ley, que para ciudades capitales puede llegar hasta el 30 x 1.000 si se justifica ante el Concejo Municipal.
CASANARE
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