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Conozca los servicios virtuales que está prestando Capresoca

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Capresoca EPS dispuso de varios canales de información no presenciales, para que los usuarios puedan acceder de manera virtual a cada uno de los servicios que brinda la entidad, como medida transitoria enmarcada en las directrices impartidas desde el Gobierno Nacional, por cuenta de la emergencia sanitaria que ha generado el coronavirus COVID-19.

En relación a esta situación y ante la necesidad de mantener canales de comunicación directos, oportunos y confiables con los usuarios, para que puedan solicitar sus servicios y dar trámite a sus inquietudes y peticiones, se habilitaron las siguientes líneas de contacto y direcciones de correo electrónico, según cada caso en particular que requieran los afiliados:

Para afiliación:

Correo electrónico: aseguramiento.covid19@gmail.com

Celular: 3106805416 – 3138857334

Número de Emergencia Call Center:

Únicamente si presenta síntomas respiratorios o ha estado contacto con una persona sospechosa o confirmada de tener COVID-19

Correo electrónico: covid19cpseps@gmail.com

Celular: 3106966666.

Entrega de Correspondencia:

Correo electrónico: gerencia2@capresoca-casanare.gov.co

Para tramitar incapacidades:

Correo electrónico: movilidad@capresoca-casanare.gov.co

Celular: 3138857334

Entrega de medicamentos a domicilio:

Si tiene diabetes, hipertensión o es mayor de 60 años solicite la entrega de medicamentos al siguiente correo electrónico:

 medicamentos.capresoca@gmail.com

Orientación en Salud Mental

Correo electrónico: saludmentalcapresoca@gmail.com

Puerta Abierta IPS: 320 2727669

Instituto de Fracturas: 310 8763633

 Autorizaciones en todos los municipios:

Para cualquier tipo de autorización de servicios, se habilitó una dirección de correo electrónico por municipio, a la que pueden escribir los usuarios, sin olvidar adjuntar orden médica y copia de historia clínica, para que funcionarios de Capresoca tramiten su autorización y envíen la respuesta al canal del cual enviaron la solicitud.

La relación de correos electrónicos es la siguiente:

Municipio

Correo Electrónico

Yopal

capresoca.covid19@gmail.com

Aguazul

capresoca.aguazul@capresoca-casanare.gov.co

Chámeza

capresoca.chameza@capresoca-casanare.gov.co

Hato Corozal

capresoca.hatocorozal@capresoca-casanare.gov.co

La Salina

capresoca.salina@capresoca-casanare.gov.co

Maní

capresoca.mani@capresoca-casanare.gov.co

Monterrey

capresoca.monterrey@capresoca-casanare.gov.co

Nunchía

capresoca.nunchia@capresoca-casanare.gov.co

Orocué

capresoca.orocue@capresoca-casanare.gov.co

Paz de Ariporo

capresoca.lapaz@capresoca-casanare.gov.co

Pore

capresoca.pore@capresoca-casanare.gov.co

Recetor

capresoca.recetor@capresoca-casanare.gov.co

Sabanalarga

capresoca.sabana@capresoca-casanare.gov.co

Sácama

capresoca.sacama@capresoca-casanare.gov.co

San Luis de Palenque

capresoca.sanluis@capresoca-casanare.gov.co

Támara

capresoca.tamara@capresoca-casanare.gov.co

Tauramena

capresoca.tauramena@capresoca-casanare.gov.co

Trinidad

capresoca.trinidad@capresoca-casanare.gov.co

Villanueva

capresoca.villanueva@capresoca-casanare.gov.co

Yopal

capresoca.covid19@gmail.com

Portabilidad

portabilidad@capresoca-casanare.gov.co

Para Teleconsulta en todos los municipios:

La teleconsulta, es una valoración médica que se hace a través de una llamada telefónica, donde el usuario llama al respectivo número de su municipio y el médico lo atiende, dando prioridad a los adultos mayores de 60 años y mujeres embarazadas. La atención se ofrece para cualquier usuario que requiera una atención médica.

 Líneas de contacto:

IPS

Municipio

Población

Celular

RED SALUD CASANARE

Salina

General

3212373305

Sácama

General

3212370592

Hato Corozal

General

3232377172

Paz de Ariporo

General

3115228617 – 3232842840

Pore

General

3124617671

Támara

General

3132919717

Nunchía

General

3105849482

Trinidad

General

3114473596

San Luis de Palenque

General

3203697249

Orocué

General

3132918394

Monterrey

General

3214007610

Villanueva

General

3224735649 – 3107760049

Sabanalarga

General

3212374297

Maní

General

3142964136

Recetor

General

3212370966

Chámeza

General

3212669203

COOMEDICAN

Paz de Ariporo

General

3107617088-3205616528- 3205616546-3122761464-3219908470

Támara

General

3205616538

Pore

General

3205616543

Hato Corozal

General

3205616536

HOSPITAL JUAN HERNANDO URREGO

Aguazul

General

3123391416-3123357411- 3233904107 – 3233901564.

Vacunación

3103218297

Gestantes

3123391416 – 3123357411

EMISALUD

Maní

General

3209455729- 3114957625

HOSPITAL LOCAL DE YOPAL

Yopal-Hospital Local de Yopal

Hipertensos y Diabéticos

3157538301

Gestantes

3203902115

General

O386345980

Yopal- Juan Luis Londoño

Gestantes, hipertensos y Diabéticos

3144070222

Tilodirán, Morichal y Punto Nuevo

General

3206678111

El Morro

General

3123569406

La Chaparrera

General

3203224290

HOSPITAL LOCAL DE TAURAMENA

Tauramena

Hipertensos y Diabéticos

3102099570

Gestantes

3125468425

 Se invita a todos los usuarios a implementar las medidas de prevención que recomiendan las autoridades sanitarias y, en caso de requerir de algún servicio de Capresoca EPS, tramitarlo de manera virtual acorde con los correos y números de celular antes descritos, que se han habilitado para atender sus requerimientos.

Fuente: Capresoca

 

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En Yopal, adulto mayor asesinó a su expareja tras discusión por intención de vender vivienda

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Un nuevo caso de violencia intrafamiliar terminó en tragedia la mañana de este viernes 15 de mayo de 2026 en Yopal, cuando fue asesinada María Ofelia Mendoza Martínez, de 66 años, a manos de su excompañero sentimental en medio de una discusión dentro de su vivienda, en la carrera 12 con calle 42, barrio El Fical.

De acuerdo con la información oficial, la víctima, quien era modista y pertenecía a la Junta de Acción Comunal del sector, recibió una herida en el tórax con arma cortopunzante, lesión que le causó la muerte en la puerta del lugar de los hechos, hasta donde alcanzó a caminar en busca de ayuda. El ataque se habría producido tras una disputa relacionada con la intención del agresor de vender la casa en la que ambos habían residido.

El responsable fue identificado como Pedro Pablo Gualdrón Beltrán, de 73 años, quien luego de agredir a la mujer se autolesionó en el abdomen. La rápida reacción de la patrulla policial permitió su captura en flagrancia, luego de que uniformados acudieran al sitio alertados por voces de auxilio.

Como antecedente relevante, se conoció que la víctima había denunciado en 2009 a su agresor por violencia intrafamiliar, lo que vuelve a poner en evidencia la persistencia de este tipo de conflictos y su trágico desenlace cuando no se logran contener a tiempo. Las autoridades avanzan en el proceso judicial contra el capturado.

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En Villanueva, Juez declaró nulo Acuerdo Municipal que permitía legalizar asentamientos humanos

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El Juzgado Primero Administrativo de Yopal declaró en primera instancia la nulidad del Acuerdo Municipal 015 del 31 de agosto de 2025, expedido por el Concejo Municipal de Villanueva, mediante el cual se delegaban facultades al alcalde para la legalización y regularización urbanística de asentamientos humanos de origen informal.

La decisión judicial se fundamenta en irregularidades en el trámite del proyecto de acuerdo. Dentro del proceso se encontró que este proyecto de acuerdo era de iniciativa exclusiva del Alcalde para su presentación ante el cabildo, pero el mismo fue presentado por el concejal Juan Carlos Caldas Ramírez, lo cual vició el proceso.

El despacho concluyó que el acuerdo fue tramitado sin cumplir el requisito según el cual este tipo de iniciativas, que implican delegación de funciones del concejo, deben ser presentadas exclusivamente por el alcalde. Esta omisión fue considerada un vicio sustancial en la formación del acto administrativo. Al emitir concepto dentro del proceso, la Procuraduría estuvo de acuerdo en solicitar, de igual manera, la nulidad del mencionado Acuerdo Municipal.

En consecuencia, el juzgado determinó que el Acuerdo 015 de 2025 incurrió en infracción de las normas en que debía fundarse, lo que llevó a declarar su nulidad. La demanda fue presentada por el ciudadano Elkin Almonacid Herrera, quien alega que la ejecución del acuerdo podría generar no solo daños patrimoniales al municipio sino riesgos ambientales, sanitarios, y ecológicos dada la eventual legalización de loteos ilegales sin servicios públicos.

El Concejo Municipal por su parte, rechazó las afirmaciones del demandante sobre supuestas intenciones ilícitas, favorecimientos políticos o encubrimiento de urbanización ilegal, señalando que tal afirmación carece de pruebas y constituyen apreciaciones subjetivas.

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Enerca le salió al paso a denuncias de presuntas irregularidades laborales de uno de sus contratistas

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La empresa de Energía y Gas de Casanare ENERCA, se pronunció frente a las denuncias que circulan en redes sociales y medios digitales sobre presuntas irregularidades laborales que denuncian personas vinculadas con un contratista de la entidad. Según explicó la entidad, los hechos señalados corresponden a actuaciones relacionadas con el Consorcio GE Gestión Energética de Casanare, encargado de ejecutar actividades comerciales enfocadas en la recuperación de pérdidas no técnicas de energía.

Ante la controversia, la empresa informó que actuó de manera inmediata solicitando al contratista un informe detallado que permita esclarecer cada uno de los casos denunciados, así como las acciones realizadas en cumplimiento de sus obligaciones contractuales. La respuesta busca determinar respuesta a las denuncias que se han venido conociendo.

ENERCA reiteró su compromiso con la transparencia, el respeto por los derechos de los usuarios y la integridad de los trabajadores, asegurando que todos los procesos, tanto directos como tercerizados, deben ajustarse a la normatividad vigente en la prestación del servicio de energía.

Finalmente, la entidad hizo un llamado a la ciudadanía para que utilice los canales oficiales de atención y denuncia, con el fin de reportar cualquier irregularidad. Esto, indicó, permitirá adelantar revisiones objetivas y garantizar que las situaciones sean atendidas con responsabilidad institucional.

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