CASANARE
Confirman pérdida de investidura de la diputada Lady Patricia Bohórquez
La Sección Primera del Consejo de Estado, con ponencia del Magistrado Roberto Augusto Serrato Valdés, confirmó el fallo emitido por el Tribunal Administrativo de Casanare el pasado 13 de marzo de 2020, mediante el cual se decretó la pérdida de investidura de la Diputada y actual Presidenta de la Asamblea Departamental de Casanare, Lady Patricia Bohórquez Cuevas.
La demanda inicial está sustentada, en que la diputada Bohórquez Cuevas participó el 07 de enero de 2020, en la elección de una Contralora Departamental (e), cuando debió declararse impedida pues tenía dos investigaciones o procesos de responsabilidad fiscal en su contra en ese organismo de control. En su momento y previo a la elección, los diputados Carlos Fredy Mejía y Zoraida Barreto le advirtieron a Lady Patricia Bohórquez de la existencia de un posible conflicto de intereses por las investigaciones en su contra, a lo que respondió señalando desconocer la existencia de las mismas.
El 21 de enero del mismo año, al momento de elegir Contralor Departamental en propíedad, Lady Patricia Bohórquez Cuevas fue recusada por uno de los participantes en la elección, recusación que ella no aceptó.
Se señaló dentro de la investigación, que la Contralora (e) le mintió al Tribnal Administrativo de Casanare, al señalar que no existían procesos de responsabilidad fiscal en contra de la diputada Lady Patricia Bohórquez, configurándose una falsedad ideológica.
En virtud de la existencia de un proceso de responsabilidad fiscal en su contra, el 16 de enero de 2020 Lady Patricia Bohórquez pagó la suma de $4.675.276 para que cesara la acción fiscal en su contra.
No se declaró impedida
Señaló el Tribunal Administrativo de Casanare en su fallo, que la diputada Lady Patricia Bohórquez para la fecha de designación de la Contralora (e) “tenía un interés directo, personal y de caracter económico, cuya segunda instancia o en consulta debía ser resuelta por la Contralora designada”.
“… lo apenas obvio era declararse impedida, pero no lo hizo, es decir, realizó un acto contrario al interés general, pues una persona no púede intervenir en la selección de sus propíos jueces fiscalles”, reza el fallo de primera instancia emitido por el Tribunal Administrativo de Casanare y confirmado por el Consejo de Estado.
En su momento, el Tribunal Administrativo de Casanare ordenó compulsar copias a la Procuraduría y la Fiscalía para que se investigara la actuación de la Contralora (e) Carmen Lucía Bernal Niño, quien certificó que no existían investigaciones fiscales contra la Diputada Lady Patricia Bohórquez Cuevas, pero luego certificó que sí exsitía una investigación contra la cabildante, pero que la misma no había sido notificada. En las dos certificaciones se omitió por parte de la funcionaria, certificar la existencia de un proceso fiscal contra Bohórquez Cuevas, el cual había sido notificado a la procesada el 31 de octubre de 2017.
Lea también: Demandan a la diputada Lady Patricia Bohórquez “Toña” por pérdida de investidura
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales
La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.
Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.
La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.
Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.
Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.
CASANARE
Discusión en una tienda terminó en homicidio en Tauramena, homicida está identificado
CASANARE
Condenado a más de 30 años de cárcel por feminicidio de su compañera sentimental en Yopal
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