CASANARE
Compradores del proyecto Torres de Palmarito en Yopal conciliaron con la Constructora
A través de un Comunicado a la Opinión Pública, la Constructora Palmarito S.A.S, responsable del proyecto “Torres de Palmarito” en Yopal, donde varias familias invirtieron su dinero para adquirir apartamentos y que luego de tres años por múltiples factores no se logró concretar, dio a conocer que concilió con los demandantes que obraban dentro de una Acción de Grupo, y logró solucionar todas las situaciones derivadas del fallido proyecto.
Según la Constructora, para lograr la conciliación se constituyó un Comité integrado por los apoderados de los demandantes y su apoderada, el cual construyó la propuesta de conciliación que fue presentada al Juzgado Tercero Civil del Circuito de Yopal, quien finalmente la aceptó.
El texto del Comunicado a la Opinión Pública dado a conocer por la Constructora Palmarito S.A.S es el siguiente:
COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA
Constructora Palmarito S.A.S, responsable del proyecto de Apartamentos Torres de Palmarito, se permite informar a la opinión pública:
1-. Que, mediante acta suscrita ante el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Yopal, de fecha octubre 16 de 2018, conciliaron los demandantes que obraban dentro de la Acción de Grupo No. 2016-00540.
2-. La propuesta de conciliación fue construida por un Comité integrado por los apoderados de los demandantes y la apoderada de la Constructora Palmarito S.A.S.
3-. Para suscribir la conciliación ante el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Yopal, Constructora Palmarito S.A.S aportó todos los requisitos y soportes requeridos por la señora Juez como son:
- Licencia de Urbanización y Construcción 102-54-904 del 5 agosto 2015
- Plan Parcial
- Fiducia vigente con apertura desde el año 2014
- Estados Financieros
- Avalúo comercial del terreno elaborado por la Lonja Inmobiliaria de Casanare en vigencia 2018
4-. El acuerdo de conciliación incluyo al 100% de las personas vinculadas al proyecto, cobijando así al total de los demandantes y no demandantes.
5-. Constructora Palmarito reconoció a los integrantes del proyecto la suma de $775.203.392 como indemnización colectiva, gastos de escrituración y honorarios de apoderados.
6-. El pago total de sus obligaciones y la indemnización fueron cancelados en su totalidad mediante dación en pago del terreno identificado con Matricula Inmobiliaria 470-29882 y Avaluado por las partes en $4.913.240.000.
7-. De conformidad con el inciso 4° del artículo 61 de la Ley 472 de 1998, el acuerdo logrado entre las partes se asimila a una sentencia, haciendo tránsito a cosa juzgada.
8-. La protocolización de las Escrituras Públicas a cada uno de los integrantes del grupo y a los apoderados de la parte demandante fue realizada ante la Notaría Segunda del Círculo de Yopal, tal lo acordado en la conciliación.
9-. En virtud del acuerdo de conciliación, el Juzgado 3° Civil del Circuito de Yopal ordenó levantar las medidas cautelares existentes en el proceso, y libró los oficios correspondientes, ordenando también el archivo de los expedientes.
10-. Constructora Palmarito S.A.S invita a las personas que se consideren con derecho a reclamar algún pago o acreencia, hacerlo saber al correo electrónico constructorapalmaritosas@gmail.com celular 350 780 3743.
Dado en Yopal a los veintinueve (29) días del mes de Junio de dos mil diecinueve (2019).
JULIA YOVANA MARTHA
Representante de los Accionistas


Fuente: Comunicado Constructora Palmarito S.A.S
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Estos son los nuevos plazos para descuentos en pago del Impuesto Predial en Yopal
En plenaria del Concejo Municipal fue aprobado el Proyecto de Acuerdo No. 005, una medida que amplía los plazos para que los contribuyentes de Yopal accedan a descuentos por pronto pago del impuesto predial, así como a la opción de pago por cuotas sin intereses.
La decisión representa un alivio para los ciudadanos, quienes ahora contarán con más tiempo para ponerse al día con sus obligaciones tributarias y aprovechar los incentivos económicos dispuestos por la alcaldía de Yopal, en cabeza del mandatario Marco Tulio Ruíz.
De acuerdo con lo aprobado, los predios no sujetos a los límites de la ley 44 de 1990 tendrán un descuento del 30% si realizan el pago antes del 31 de mayo de 2026 (este beneficio es aplicable únicamente para quienes cancelaron la vigencia 2025 en octubre del año anterior). posteriormente, podrán acceder a un 20% de descuento antes del 31 de julio y un 10% antes del 30 de septiembre de 2026.
Por su parte, los predios sujetos a los límites legales contarán con un 15% de descuento si pagan antes del 31 de mayo, un 10% antes del 31 de julio y un 5% si cancelan antes del 30 de septiembre del 2026. Además, el acuerdo contempla la ampliación de los plazos para el pago por cuotas sin intereses, una alternativa que busca facilitar el cumplimiento de esta obligación, especialmente para quienes requieren distribuir el valor del impuesto en varios periodos.
Desde la Administración Municipal se destacó que esta medida no solo brinda mayor flexibilidad a los contribuyentes, sino que también contribuye a fortalecer la cultura de pago y el recaudo de recursos que se destinan a la inversión social y al desarrollo de la ciudad.


