CASANARE
¿Cómo va la Restitución de Tierras en Casanare?
Durante una reunión del Comité de Justicia Transcional se presentaron las cifras de Restitución de Tierras en Casanare. Según el informe expuesto, en diecisiete de los diecinueve municipios, es decir el 95,7% del departamento, la Unidad de Restitución de Tierras realiza tareas, con el aval de la Fuerza Pública.
A la presentación asistieron representantes de las Alcaldías, la Gobernación del departamento e instituciones del Estado. Las autoridades de Casanare adoptaron formalmente la ruta de cumplimiento de las sentencias proferidas por Jueces y Magistrados de restitución.
“Celebramos que exista esa sinergia entre los municipios y autoridades en pro de la reparación integral a las víctimas del despojo y abandono forzado de tierras; esto permitirá que los campesinos víctimas de la violencia mejoren sus condiciones de vida”, afirmó Viviana Beltrán, directora de la URT en Casanare.
La funcionaria indicó que, a la fecha, ha sido fallada una sentencia de restitución con orden de compensación en Casanare, que corresponde al municipio de Sabanalarga; no obstante, aseguró que han sido presentadas 47 demandas ante los Jueces, por lo cual las autoridades deben prepararse para coordinar el cumplimiento de los fallos judiciales.
Del total de las solicitudes recibidas por la Unidad, 140 son de Tauramena; 131, de Maní; 122, de Orocué; 117, de Aguazul; 102, de Monterrey; 96, de Yopal; 92, de Hato Corozal; 91, de Pore; 82, de Trinidad; 71, de Paz de Ariporo; 73, de San Luis de Palenque; 72, de Nunchía; 39, de Villanueva; 38, de Sabanalarga; 34, de Támara; 17, de Chámeza; 12, de Recetor; 10, de Sácama; y 4, de La Salina.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


