NACIONALES
Circular conjunta garantiza salud y comercio en segundo Día Sin IVA de 2021
Con el fin de garantizar la salud de los colombianos, que participarán en el segundo Día Sin IVA de 2021, y la reactivación segura del país, los ministerios del Interior, Salud y Comercio expidieron la circular conjunta, que establece las medidas de prevención y contención para evitar aglomeraciones y contagios del covid 19.
Las medidas
La circular conjunta establece la obligatoriedad de las autoridades locales para que “adopten medidas estrictas, con el fin de garantizar que las personas que convergen a los establecimientos de comercio considerados de grandes superficies eviten las aglomeraciones y propaguen el coronavirus”.
Uno de los elementos clave es que no se va a requerir el carné de vacunación para quienes acudan a los comercios, en la medida en que el Decreto 1408 de 2021 determinó que esta exigencia se hace, desde el 16 de noviembre pasado, para “eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva y, bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio, así como escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos y ferias”.
Con base en lo anterior, la circular conjunta aclara que “esta medida no contempla las actividades comerciales diferentes a las taxativamente señaladas anteriormente y contenidas en el artículo 2º del citado decreto que se desarrollen con estricto cumplimiento de los protocolos de bioseguridad al interior de los centros comerciales”.
Recomendaciones para el comercio
En la circular conjunta se recomienda que, para evitar los desplazamientos, la presencialidad y las aglomeraciones, se promueva el comercio digital de los productos autorizados legalmente para la jornada del Día sin IVA.
De la misma manera, que se impartan las instrucciones para que los productos que sean adquiridos por el comercio digital sean entregados dentro de las dos semanas siguientes a la jornada, que se cuentan a partir del momento de la compra.
Otra de las recomendaciones que se hace al comercio es la extensión de los horarios de atención al público “con el mismo cometido de evitar desplazamientos y posibles aglomeraciones”.
Medidas de salud
En todo el país, las autoridades locales deben garantizar el cumplimiento de las medidas establecidas por el Ministerio de Salud en la Resolución 777 de 2021, para garantizar la protección de los ciudadanos.
En este sentido, se establece:
– Disponer de los elementos que permitan el lavado e higiene de las manos.
– Garantizar el distanciamiento físico de, al menos, un metro de las personas al interior del establecimiento.
– Exigir el uso del tapabocas.
– Mantener ventilación adecuada al interior de los establecimientos.
– Realizar las jornadas al aire libre, en los casos que sea posible.
– Evitar las aglomeraciones en los establecimientos y velar porque no se exceda el aforo permitido, esto incluye las entradas y el espacio público.
– Limpiar y desinfectar los pisos, paredes, puertas, ventanas, divisiones, muebles, sillas, ascensores, y todos aquellos elementos y espacios con los cuales las personas tienen contacto constante y directo dentro de cada uno de los establecimientos.
– Recolectar residuos y garantizar su almacenamiento.
– Divulgar las medidas de bioseguridad por los medios de amplia difusión.
Adicionalmente, los establecimientos deberán informar y capacitar a los trabajadores y poner a su disposición las guías del Ministerio de Salud, en todo lo relacionado con la prevención del covid 19, con el fin de que sean también multiplicadores de la información a usuarios y consumidores.
Fuente: Ministerios de Salud y Comercio
NACIONALES
Ecopetrol libera cerca de 60 millones de barriles diarios de gas natural para garantizar suministro nacional
El Grupo Ecopetrol continúa adoptado decisiones estratégicas que garanticen el suministro de gas natural en todo el país.
A la asignación adicional de 2,7 Gbtu (millones de barriles diarios) de gas natural para garantizar el suministro de gas natural vehicular en Casanare y Meta, se suma un nuevo anuncio de comercialización del energético.
A partir del 1º de diciembre de 2025 la compañía ofrecerá para la venta entre 46 y 60 Gbtud de sus campos del Piedemonte Llanero. Estas cantidades equivalen aproximadamente al 20% de la demanda residencial, comercial y de gas natural vehicular del país.
La empresa estatal informó que este gas adicional estará disponible desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026, y se ofrecerá en dos modalidades definidas en la regulación vigente:
– En firme, que garantiza el suministro continuo durante el periodo contratado.
– Con interrupciones, que permite suspender el suministro en caso de limitaciones, según las reglas establecidas.
De acuerdo con Ecopetrol, en la modalidad ‘En firme’ se ofrecerán cantidades que van desde 23 hasta 35 Gbtud para los meses de marzo a mayo de 2026, y serán comercializadas durante el trimestre de negociación que inicia en diciembre de 2025.
Y en la modalidad de ‘Interrumpible’ se ofrecerán cantidades desde 22 hasta 49 Gbtud para los meses de diciembre de 2025 a mayo de 2026, y serán comercializadas mensualmente, teniendo en cuenta las condiciones regulatorias vigentes que señalan que para el trimestre de diciembre a febrero sólo se permite la comercialización de gas bajo la modalidad Interrumpible.
“En Ecopetrol seguimos comprometidos en el abastecimiento de gas natural para todos los colombianos. Gracias a esfuerzos recientes de eficiencia, optimización y sustitución energética en varios de nuestros procesos productivos por energía proveniente de fuentes renovables no convencionales, podemos liberar mayores volúmenes para amentar la oferta de gas provenientes de nuestros campos en el Piedemonte Llanero”, declaró Bayron Triana Arias, Vicepresidente Ejecutivo de Energías para la Transición, de Ecopetrol.
Agregó el directivo que este incremento en la oferta refleja el compromiso de la compañía estatal con el país y con la transición energética. “Así avanzamos hacia un futuro con más energía limpia y más seguridad energética para todos los colombianos, y se contribuye al cumplimiento de los objetivos de descarbonización y las metas de transición energética del Grupo Ecopetrol”, aseguró.
NACIONALES
La JEP no aceptó al exjefe jurídico de la Gobernación de Casanare en gobierno de Raúl Flórez
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento presentada por Henry Villarraga Oliveros, exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura, al considerar que no cumplió con el requisito de aportar verdad plena, presentó argumentos exculpatorios y negó la existencia de patrones macrocriminales ampliamente demostrados en su contra.
Según la decisión de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, Villarraga omitió información clave que habría permitido esclarecer su presunto papel en el encubrimiento de graves crímenes del conflicto armado, particularmente en el caso del coronel (r) Robinson González del Río, investigado por ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”.
La JEP recordó que contra Villarraga cursan varios procesos penales y disciplinarios por, presuntamente, ofrecer asesoría ilegal al oficial retirado y comprometerse a influir para que uno de sus procesos fuera trasladado a la Justicia Penal Militar, buscando garantizar impunidad frente a crímenes de guerra y de lesa humanidad.
El tribunal especial concluyó que el exmagistrado incumplió las condiciones básicas exigidas para acceder a los beneficios del sistema transicional, pues su aporte se limitó a justificar sus actuaciones con argumentos jurídicos y a cuestionar el trabajo de la Fiscalía General de la Nación, alegando una supuesta “guerra jurídica” contra miembros de la fuerza pública.
Para la Sala, requerir nuevamente al solicitante para que hiciera un aporte de verdad sustancial representaría un desgaste injustificado del aparato judicial, más aún cuando Villarraga ha tenido múltiples oportunidades para hacerlo en los procesos que se adelantan en su contra.
El expediente fue remitido a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, donde cursa un proceso disciplinario en etapa de acusación y otro penal cuya apertura quedó sin efectos. La JEP, además, rechazó cualquier discurso estigmatizante o desobligante frente a las víctimas, la sociedad y las instituciones del Estado.
NACIONALES
Con proyecto de ley buscan declarar de alto riesgo la profesión de escolta
El Senador José Vicente Carreño Castro radicó el Proyecto de Ley 135 de 2025 que reconoce y establece “a los agentes de protección o escoltas requeridos como una profesión y/u oficio de alto riesgo”, en la medida que este trabajo está en proteger a personas con la posibilidad de sufrir un atentado, por lo que deben prevenir y enfrentar este tipo de eventualidad, lo que de inmediato los convierte también en blanco de los agresores.
Carreño Castro reveló que “al establecer de alto riesgo esta profesión u oficio, los agentes de protección o escoltas quedan cobijados en las ´Pensiones especiales de vejez´, establecido en los Artículos 3 al 10 del Decreto 2090 de 2003, adicionando esta iniciativa legislativa una modificación al Artículo 8 –modificado a la vez por el Artículo 1 del Decreto 2655 de 2014- en el sentido de que este régimen especial de pensión, incluye a los trabajadores vinculados a esta actividad hasta el 31 de diciembre de 2034, y no solo hasta el 31 de diciembre de 2024, como lo establece el mencionado Decreto 2655”.
La iniciativa legislativa –que ahora pasa a la Comisión VII del Senado- le fija al SENA la tarea de estructurar “un pensum académico con ciclos de competencias laborales, técnico, tecnólogo y profesional en seguridad dirigido este personal, para lo cual podrá celebrar convenios con organismos gubernamentales y no gubernamentales”, con el fin de que este ejercicio no solo sea considerado un oficio, sino además como una nueva profesión con todos la validación constitucional y legal, como la plantea el mencionado proyecto de ley.
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