CASANARE
Cinco municipios de Casanare en zona de epidemia por dengue

En el más reciente reporte entregado del Sistema de Vigilancia Epidemiológica – SIVIGILA de la Secretaría de Salud de Casanare, se evidencia que los municipios de Pore, Yopal, Tauramena, Sabanalarga y Villanueva se encuentran en zona de epidemia, mientras Paz de Ariporo se encuentra en zona de alarma por dengue.
Consuelo Urrego, referente del programa de Enfermedades Transmitidas por Vectores, informó que hasta la semana epidemiológica No. 41 se han notificado un total de 3.751 casos de dengue, con distribución en 18 de los 19 municipios de Casanare, de los cuales 1.642 (44%) corresponden a dengue con signos de alarma y 2.109 (56%) a dengue sin signos de alarma. En cuanto al total de casos de dengue grave, a la fecha se han notificado en el departamento, 44 pacientes, luego que en la semana epidemiológica No. 41, se notificara un nuevo caso en el municipio de Villanueva. Siguiendo con este informe, durante la última semana, en Casanare fueron notificados 25 nuevos casos por esta enfermedad, razón por la que las autoridades de salud instan a la comunidad a mantener las medidas de prevención en sus viviendas, como el lavado y cepillado semanal de tanques de agua, eliminación de depósitos de criaderos, los cuales se convierten en escenarios apropiados para la incubación del mosquito Aedes aegipty. Por último, el Ministerio de Salud y Protección Social, indica que los departamentos y distritos en situación de brote por dengue son: Amazonas, Arauca, Atlántico, Barranquilla, Bolívar, Cartagena, Casanare, Cauca, Cesar, Chocó, Córdoba, Guaviare, La Guajira, Magdalena, Nariño, Santa Marta, Sucre y Vichada.Fuente: Gobernación de Casanare
CASANARE
Patinadora de 9 años muere en trágico accidente en la Marginal del Llano, en Yopal
CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano
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