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Capresoca recuerda las fechas oportunas para pago de su seguridad social
El pago de la seguridad social fue definido teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del Nit o documento de identificación del aportante.
Según el decreto 780 de 2016 en su artículo 3.2.2.1, los plazos que se tienen para pagar los aportes a seguridad social y aportes parafiscales cuando haya lugar a ellos, son los siguientes:
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Día hábil |
Últimos dígitos |
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2 |
00 al 07 |
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3 |
08 al 14 |
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4 |
15 al 21 |
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5 |
22 al 28 |
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6 |
29 al 35 |
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7 |
36 al 42 |
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8 |
43 al 49 |
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9 |
50 al 56 |
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10 |
57 al 63 |
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11 |
64 al 69 |
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12 |
70 al 75 |
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13 |
76 al 81 |
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14 |
82 al 87 |
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15 |
88 al 93 |
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16 |
94 al 99 |
Si el aportante es una persona jurídica se toman los dos últimos dígitos de su Nit sin considerar el dígito de verificación, y si es una persona natural se toman los dos últimos dígitos de su cédula de ciudadanía.
El pago se puede realizar como máximo el día en que vence el plazo, pudiéndose hacer antes, que de hecho es lo recomendable.
Consecuencias de no pagar sus aportes en el tiempo estipulado
Si los pagos se hacen luego de vencido el plazo, el aportante debe pagar intereses moratorios, y los empleadores que hagan los pagos extemporáneamente, deben responder por la totalidad de los intereses moratorios sin que pueda trasladarlos a los trabajadores.
Además, para el pago de incapacidades de origen común, licencias de maternidad y paternidad, el aportante debe haber pagado en el plazo estipulado, de acuerdo a los dos últimos dígitos de su documento, de lo contrario no podrá realizar el recobro de dichas prestaciones económicas.
Fuente: Capresoca
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Estos son los nuevos plazos para descuentos en pago del Impuesto Predial en Yopal
En plenaria del Concejo Municipal fue aprobado el Proyecto de Acuerdo No. 005, una medida que amplía los plazos para que los contribuyentes de Yopal accedan a descuentos por pronto pago del impuesto predial, así como a la opción de pago por cuotas sin intereses.
La decisión representa un alivio para los ciudadanos, quienes ahora contarán con más tiempo para ponerse al día con sus obligaciones tributarias y aprovechar los incentivos económicos dispuestos por la alcaldía de Yopal, en cabeza del mandatario Marco Tulio Ruíz.
De acuerdo con lo aprobado, los predios no sujetos a los límites de la ley 44 de 1990 tendrán un descuento del 30% si realizan el pago antes del 31 de mayo de 2026 (este beneficio es aplicable únicamente para quienes cancelaron la vigencia 2025 en octubre del año anterior). posteriormente, podrán acceder a un 20% de descuento antes del 31 de julio y un 10% antes del 30 de septiembre de 2026.
Por su parte, los predios sujetos a los límites legales contarán con un 15% de descuento si pagan antes del 31 de mayo, un 10% antes del 31 de julio y un 5% si cancelan antes del 30 de septiembre del 2026. Además, el acuerdo contempla la ampliación de los plazos para el pago por cuotas sin intereses, una alternativa que busca facilitar el cumplimiento de esta obligación, especialmente para quienes requieren distribuir el valor del impuesto en varios periodos.
Desde la Administración Municipal se destacó que esta medida no solo brinda mayor flexibilidad a los contribuyentes, sino que también contribuye a fortalecer la cultura de pago y el recaudo de recursos que se destinan a la inversión social y al desarrollo de la ciudad.


