CASANARE
Cámara de Comercio aplicará encuesta de Seguridad Empresarial en Casanare
La Cámara de Comercio de Casanare con el ánimo de consolidar información veraz acerca de la victimización denunciada y no denunciada, así como la percepción de seguridad en los 19 municipios, aplicará una Encuesta de Seguridad Empresarial en Casanare.
Esta encuesta busca identificar y caracterizar problemáticas de seguridad que afectaron a empresarios y comerciantes durante el segundo semestre de 2020, la cual será socializada con autoridades competentes y servirá de insumo para la toma de decisiones con el fin fortalecer la seguridad en el departamento.
Colaboradores de la entidad gremial realizarán la encuesta vía telefónica del 25 al 29 de enero 2021.
Cabe mencionar que los encuestadores no indagan sobre información personal, por lo que ante cualquier duda e inquietud sobre el proceso, por favor contácte a través de la línea telefónica (8) 6345955 o al celular 320 854 7766.
Fuente: Cámara de Comercio de Casanare
CASANARE
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CASANARE
En Casanare, designados más de 7.500 jurados de votación para elecciones presidenciales
La Registraduría Nacional del Estado Civil informa que en el departamento de Casanare fueron designados un total de 7.548 jurados de votación para las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo, de los cuales 6.108 son principales y 1.440 son remanentes.
Los sorteos de los jurados de votación, que fueron previamente postulados por entidades públicas, empresas privadas, instituciones educativas y agrupaciones políticas, contaron con el acompañamiento de representantes de los entes de control, las organizaciones políticas, la Fuerza Pública, las autoridades locales, entre otras entidades.
Los ciudadanos pueden consultar si fueron designados como jurados de votación en la aplicación ‘aVotar’, la cual se puede descargar de manera gratuita en Google Play y App Store, y en la página web de la Registraduría Nacional, www.registraduria.gov.co, haciendo clic en el botón ‘Consulta jurado de votación’.
Además, allí se informará el lugar, la fecha y la hora de la capacitación. Es importante reiterar que prestar el servicio de jurado de votación es de carácter obligatorio y que quienes sin justa causa no asistan a desempeñar sus funciones o las abandonen podrán ser destituidos del cargo que desempeñan, en caso de ser servidores públicos, y quienes no lo sean deberán pagar una multa de hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado, el cual podrá hacerse efectivo dentro de los 45 días hábiles siguientes a la votación.


