CASANARE
Servidores públicos de Casanare, 31 de julio vence el plazo para declarar Bienes y Rentas
Función Pública recuerda a los servidores de las entidades y organismos del orden territorial de Casanare, que deben realizar la declaración de bienes y rentas de la vigencia 2017, para lo cual tienen plazo hasta el 31 de julio, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 484 de 2017.
La actualización de la declaración de bienes y rentas y de la actividad económica será efectuada a través del Sistema de Información y Gestión de Empleo Público-SIGEP; en caso de que el organismo o entidad no esté vinculado a este Sistema, el servidor deberá presentar de forma física la declaración de bienes y rentas a la unidad de personal o la que haga sus veces.
Una vez las entidades y organismos públicos se vinculen al Sistema de Información y Gestión de Empleo Público – SIGEP la actualización de la información de la declaración de bienes y rentas se efectuará a través de este Sistema.
Cabe resaltar que el corte de cuentas para la declaración de bienes y rentas al momento de ingreso al servicio y de actualización será el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al de su presentación.
Francisco Camargo Salas, director de Empleo Público, señaló que esta responsabilidad de todos los servidores públicos “responde a la normatividad vigente y en particular a la circular 017 de 2017, expedida por la Procuraduría General de la Nación”, e invitó a todos los servidores públicos a que “diligencien la declaración con antelación”.
Fuente: Prensa Función Pública
CASANARE
Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales
La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.
Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.
La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.
Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.
Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.
CASANARE
Discusión en una tienda terminó en homicidio en Tauramena, homicida está identificado
CASANARE
Condenado a más de 30 años de cárcel por feminicidio de su compañera sentimental en Yopal
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