CASANARE
Beneficios tributarios para quienes trasladen matrículas de vehículos a Casanare
Beneficios tributarios está otorgando la Secretaría de Hacienda Departamental a los propietarios de vehículos que trasladen la cuenta de la matrícula a cualquiera de los tres organismos de tránsito habilitados en Casanare, conforme con las disposiciones contenidas en la Ordenanza 019 de 2020.
Quienes trasladen la cuenta de la matrícula de su vehículo a Casanare, a partir del 01 de enero de 2021, se harán acreedores a un descuento del 60% en el valor del impuesto, durante el primer año posterior al traslado.
Durante el segundo año posterior al traslado, el porcentaje de descuento será del 40% y para el tercer año, ese valor corresponderá al 20%.
Adicionalmente, quienes realicen la matrícula inicial de vehículos ante los organismos de tránsito que operan en Casanare, tendrán derecho, por única vez, a un descuento equivalente al 40% del impuesto correspondiente al periodo gravable siguiente al año de matrícula.
Los organismos de tránsito disponibles en Casanare para surtir esta diligencia, corresponden a las Secretarías de Tránsito de Yopal y Villanueva, y la Dirección Departamental de Tránsito y Transporte, con sede en el municipio de Aguazul.
“Es notorio evidenciar que, en un alto porcentaje, los vehículos que transitan por el departamento cuentan con placas de otros territorios, por lo que se invita a los propietarios a realizar el traslado para aportar al fortalecimiento de la dinamización de la economía en Casanare”, expresó Yonny Silva Rivera, director de Rentas Departamental.
¿Cuándo pagar el impuesto sobre vehículos, vigencia 2021?
En atención al calendario tributario establecido para cancelar el impuesto sobre vehículos automotores de la presente vigencia fiscal, se ha dispuesto que los contribuyentes que cancelen esta obligación entre el 01 de marzo hasta el 31 de mayo 2021, se harán acreedores a un descuento por pronto pago del 10% sobre el valor total de la obligación.
De otro lado, quienes cancelen entre el 01 de junio hasta el 30 de julio, ese porcentaje de descuento está establecido en el 5%.
Para el caso de los propietarios de vehículos que cancelen entre el 01 de agosto al 30 de septiembre, tendrán que pagar el valor total del impuesto, sin ningún tipo de descuento. Y quienes paguen la obligación con posterioridad al 30 de septiembre, deberán cancelar sanción por extemporaneidad más intereses de mora.
Con el ánimo de facilitar este trámite a los contribuyentes, la Gobernación de Casanare ha dispuesto que la liquidación del impuesto y el pago se pueda realizar en línea, ingresando a la página www.casanare.gov.co, en el enlace https://vehiculos.casanare.gov.co/impuesto-vehiculos, sin tener que salir de casa y de manera rápida y sencilla.
Mayor información: Dirección de Rentas Departamental, teléfono 6336339 extensión 1341; correo electrónico vehículos@casanare.gov.co.
Fuente: Gobernación de Casanare
CASANARE
Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales
La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.
Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.
La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.
Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.
Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.
CASANARE
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