CASANARE
Avanza rehabilitación de calles de La Bendición en Yopal
Desde hace varias semanas el equipo de maquinaria pesada de Gestión del Riesgo de Desastres de la Gobernación de Casanare, trabaja en la rehabilitación de 8 km de las vías más deterioradas de la ciudadela La Bendición en el municipio de Yopal.
Se ha mejorado notablemente la transitabilidad, mediante el suministro de material, conformación, cuneteo y compactación, en este trabajo concertado con la comunidad, el cual ya avanza en un 90%.
Los 8 km de intervención se adelantan en las vías más transitadas y más deterioradas del extenso barrio donde habitan unas cuatro mil familias vulnerables.
Estas vías estaban muy afectadas por las lluvias y las aguas grises, a falta del alcantarillado en el sector que aún no cuenta con su legalización.
Fuente: Gobernación de Casanare
CASANARE
Alcaldía de Yopal entregó 22 kilómetros de vías rurales rehabilitadas en La Porfía y La Arenosa
CASANARE
En Casanare, designados más de 7.500 jurados de votación para elecciones presidenciales
La Registraduría Nacional del Estado Civil informa que en el departamento de Casanare fueron designados un total de 7.548 jurados de votación para las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo, de los cuales 6.108 son principales y 1.440 son remanentes.
Los sorteos de los jurados de votación, que fueron previamente postulados por entidades públicas, empresas privadas, instituciones educativas y agrupaciones políticas, contaron con el acompañamiento de representantes de los entes de control, las organizaciones políticas, la Fuerza Pública, las autoridades locales, entre otras entidades.
Los ciudadanos pueden consultar si fueron designados como jurados de votación en la aplicación ‘aVotar’, la cual se puede descargar de manera gratuita en Google Play y App Store, y en la página web de la Registraduría Nacional, www.registraduria.gov.co, haciendo clic en el botón ‘Consulta jurado de votación’.
Además, allí se informará el lugar, la fecha y la hora de la capacitación. Es importante reiterar que prestar el servicio de jurado de votación es de carácter obligatorio y que quienes sin justa causa no asistan a desempeñar sus funciones o las abandonen podrán ser destituidos del cargo que desempeñan, en caso de ser servidores públicos, y quienes no lo sean deberán pagar una multa de hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado, el cual podrá hacerse efectivo dentro de los 45 días hábiles siguientes a la votación.


