CASANARE
¿Se pifió el Alcalde de Yopal con el Decreto que autoriza a la Policía a controlar el tránsito?
En una nueva pifia jurídica habría incurrido la Alcaldía de Yopal, con la expedición del Decreto 340 del 03 de diciembre de 2018, mediante el cual concedió de manera temporal, funciones de autoridad de tránsito y transporte, a los agentes de tránsito de la Policía Nacional, para que la ejerzan en el municipio.
Mediante el mencionado Decreto, se otorgaron facultades a los agentes de Tránsito de la Policía Nacional para que ejerzan el control operativo y sancionatorio, es decir, impongan comparendos, respecto de todos los peatones, usuarios, pasajeros, conductores, motociclistas, ciclistas y vehículos en las vías públicas o privadas de Yopal que estén abiertas al público; lo cual según entendidos en la materia, y una decisión anterior del Tribunal Administrativo de Casanare, es abiertamente inconstitucional.
El abogado Yesid Beltrán Sáenz, experto en Derecho Administrativo, cuestionó a través de su perfil en Facebook la decisión del alcalde René Leonardo Puentes, señalando que tal y como lo ordena la Ley 769 de 2002 -Código Nacional de Tránsito-, el control de las normas de tránsito y la aplicación del Código por parte de los agentes de Tránsito de la Policía Nacional se hará por fuera del perímetro urbano de los Municipios y Distritos. El Decreto emitido por el Alcalde de Yopal estaría por encima de la Ley, lo cual está prohibido. Además, en el año 2017 la exalcaldesa Luz Marina Cardozo emitió una Resolución similar al Decreto que hoy emite el alcalde Leonardo Puentes, la cual fue suspendida por decisión del Tribunal Administrativo de Casanare.

De igual manera, el exconcejal Oromairo Avella recordó a través de su cuenta de Twitter, que la Resolución emitida en su momento por la exalcaldesa Luz Marina Cardozo fue suspendida por el Tribunal Administrativo de Casanare.


El Diario del Llano conoció de última hora, que finalmente los agentes de Tránsito de la Policía Nacional no harán control operativo ni impodrán comparendos, sino que simplemente acompañarán los operativos que adelanten los agentes de tránsito de Yopal.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales
La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.
Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.
La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.
Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.
Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.
CASANARE
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CASANARE
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