CASANARE
Atracador de comerciante en Yopal fue enviado a la cárcel

La SIJIN logró la captura de una tercera persona involucrada en el asalto a un local comercial en la Ciudadela La Bendición de Yopal, a quien un juez envió a la cárcel.
El coronel Juan Carlos Restrepo Moscoso, de la Policía Nacional, indicó que el capturado de 26 años de edad y natural de Yopal, fue detenido en el sector de Torres de San Marcos en la capital casanareña.
Al sujeto, identificado como Luis Alexis Pérez, se le sindica por los delitos de tentativa de homicidio y hurto calificado y agravado. Según las autoridades, este sujeto presenta 5 anotaciones como indiciado por hurto calificado y agravado y homicidio.
Los hechos que se le atribuyen al capturado se presentaron el día 25 de octubre del presente año, donde en compañía de otros dos sujetos ingresaron a un Supermercado ubicado en ciudadela la Bendición de Yopal, donde atacaron con arma blanca al propietario del establecimiento y le hurtaron 200 mil pesos en efectivo, emprendiendo la huida en dos motocicletas.
Este caso causó indignación entre la comunidad yopaleña que reclamaba la captura de los responsables, por la sevicia con la que actuaron los delincuentes al momento de atacar al comerciante con arma blanca.
Es importante resaltar que el pasado mes de noviembre fueron capturados alias “Juan Pasteles” de 22 años de edad y alias “Chato o Gordo” de 28 años de edad, quienes también participaron del asalto al establecimiento comercial y se encuentran privados de la libertad.
Por este sujeto se ofrecía recompensa de hasta 5 millones de pesos, la cual no será pagada en su totalidad según expresó el comandante de la Policía Nacional, tras un acuerdo con la persona que suministró la información que permitió la captura.
Fuente: Policía Casanare
CASANARE
Patinadora de 9 años muere en trágico accidente en la Marginal del Llano, en Yopal
CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano
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